Información relativa a la Estructura ocupacional que contiene la integración de los recursos aprobados en el capítulo de Servicios Personales de la Auditoría Superior de la Federación
Fecha de disposición | 28 Febrero 2011 |
Fecha de publicación | 28 Febrero 2011 |
Emisor | AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION |
Sección | SEGUNDA. Poder Legislativo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Auditoría Superior de la Federación.- Cámara de Diputados. INFORMACION RELATIVA A LA ESTRUCTURA OCUPACIONAL QUE CONTIENE LA INTEGRACION DE LOS RECURSOS APROBADOS EN EL CAPITULO DE SERVICIOS PERSONALES DE LA AUDITORIA SUPERIOR DE LA FEDERACION.
Con fundamento en los artículos 79, párrafo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8 fracción IX, 13 y 26 segundo párrafo, del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011; 38, 85, fracción III, 90, fracción I y 97 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, la Auditoría Superior de la Federación publica la información relativa a la integración de las asignaciones presupuestales aprobadas en el capítulo de servicios personales.
Las remuneraciones de los servidores públicos de mando medio, superior y homólogos, de la Auditoría Superior de la Federación, se sujetarán estrictamente a lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011 y en el "Manual que regula las Remuneraciones de los Servidores Públicos de Mando de la Auditoría Superior de la Federación". Las remuneraciones de los servidores públicos operativos incluyendo confianza y base, se sujetan al Tabulador de sueldos autorizados, al Catálogo General de Puestos de la Auditoría Superior de la Federación y al "Reglamento Interior que fija las Condiciones Generales de Trabajo de la Contaduría Mayor de Hacienda", según corresponda. Los prestadores de los servicios profesionales contratados bajo el régimen de honorarios se regularán por los ordenamientos internos para tal efecto y el instrumento contractual correspondiente.
A continuación se presenta la estructura ocupacional que contiene la integración de los recursos aprobados en el capítulo de servicios personales, con la desagregación de su plantilla total, incluidas las plazas de mando, operativas y el contratado bajo el régimen de honorarios, en el que se identifican todos los conceptos de pago y aportaciones de seguridad social, así como la totalidad de las plazas vacantes con que se cuenta.
PARTIDAS | 11301 | 12101 | 13101 | 13201 | 13202 | 15301 | 15401 | 15402 | 15403 | 15901 | 17101 | 17102 | 16101 | 16103 | 16104 | 16105 | 16106 | 16107 | 16108 | 14101 | 14201 | 14401 | 14403 | 14404 | 14406 | 14301 | 14105 | 1430 |
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