Contenido del Recibo de Nómina

Páginas53-54
Contenido฀del฀Recibo฀de฀Nómina
53
Tips Fiscales
INFORMACIÓN฀PARA฀PATRONES
Contenido฀del฀Recibo฀de฀Nómina
En esta ocasión, vamos a analizar el contenido del reci-
bo de nómina. Como una actividad los patrones expedi-
mos un recibo y los trabajadores lo reciben al momento
de cobrar su sueldo. La pregunta es ¿estamos cum-
pliendo con el contenido mínimo requerido? La mayoría
de las ocasiones, el recibo lo obtenemos de nuestro
sistema de nómina, pero rara vez vericamos si tiene
los datos mínimos indispensables y obligatorios.
1.฀Obligación฀de฀Expedirlo
El ART-132-F-VII de la Ley Federal del Trabajo (LFT),
establece como obligación de los patrones expedir
cada quince días, a solicitud de los trabajadores, una
constancia escrita del número de días trabajados y del
salario percibido.
En una primera interpretación a esta disposición, el pa-
trón no tendría la obligación de expedir un recibo de
nómina, excepto cuando el empleado así lo solicite; sin
embargo, existen otras leyes que debemos cumplir. Tal
que en su ART-31-F-V-PFO-2, establece que para que
el patrón deberá cumplir con la obligación de retención
y entero de impuestos a cargo de terceros y para que
deduzca los pagos por salarios, deberá cumplir con lo
establecido en el ART-118-FS-I, II y VI LISR (efectuar
retenciones, calcular el impuesto anual de sus traba-
jadores y solicitar a éstos constancia de inscripción al
RFC o, en su caso, inscribirlos a dicho registro).
Por otra parte, y continuando con el análisis al el ART-
118 LISR, en su fracción III, obliga a los contribuyentes
(en este caso, a los patrones) a proporcionar a sus tra-
bajadores constancias de remuneraciones cubiertas,
de retenciones efectuadas y del monto del impuesto
local a los ingresos por salarios y en general por la
prestación de un servicio personal subordinado que les
hubieran deducido en el año de calendario de que se
trate. Esta constancia es de carácter anual y se propor-
cionará a más tardar el 31 de enero de cada año.
Por lo anterior, el recibo de nómina se convierte en un
medio de scalización y comprobación del cumplimiento
de la obligación en materia de retención y entero y, por
lo tanto, de deducción de pagos por salarios; además
de que es la base para la elaboración de la constancia
anual de remuneraciones cubiertas y retenciones a que
hacemos referencia.
2.฀Contenido฀Mínimo฀Obligatorio:
El recibo, deberá contener, por lo menos, los siguientes
datos:
2.1.฀Número฀de฀Días฀Trabajados฀y฀Monto฀del฀Salario฀
Percibido
Es obligación de los patrones a expedir cada quince
días a solicitud de los trabajadores, una constancia es-
crita del número de días trabajados y del salario perci-
bido (ART-132-F-VI LFT).
Los patrones están obligados a llevar registros tales
como nóminas y listas de raya en las que se asien-
te invariablemente el número de días trabajados y los
salarios percibidos por sus trabajadores (ART-15-F-II
LSS).
2.2.฀Retenciones฀Efectuadas฀y฀Diferencias฀a฀Favor฀de฀
Subsidio฀para฀el฀Empleo
El ART-8º-F-III-b) del Decreto por el que entre otras
disposiciones se establece el subsidio para el empleo
señala la obligación patronal de conservar los compro-
bantes en los que se demuestre el monto de los ingre-
sos pagados a los contribuyentes, el ISR que, en su
caso, se hubiera retenido y las diferencias que resulten
a favor del contribuyente con motivo del subsidio para
Los registros de nómina y listas de raya deberán con-
tener los conceptos y montos de las deducciones y re-
tenciones efectuadas (ART-9-F-IV del Reglamento de
la Ley del Seguro Social en Materia de Aliación, Cla-
sicación de Empresas, Recaudación y Fiscalización
(RIMSS).
2.3.฀Aportaciones฀al฀Seguro฀de฀RCV
Es una obligación patronal cumplir con las aportacio-
nes al Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y
Vejez (RCV) (ART-15-F-VII LSS); para lo cual el ART-
180 LSS obliga al patrón a informar bimestralmente a
los trabajadores acerca de las aportaciones hechas en
su favor, sin perjuicio de que la información sea entre-
gada a los sindicatos o, en su caso, a cualquier organi-
zación representativa de los trabajadores asegurados
(ART-180 LSS).
2.4.฀Datos฀del฀patrón
El ART-9-F-I RIMSS señala que los registros de nómi-
nas y listas de raya deberán contener los siguientes
datos patronales:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR