Acuerdo que establece los lineamientos que contemplan los requisitos de seguridad que deberán reunir las hojas que integren los Libros de Registro y los criterios a seguir por los corredores públicos para efectuar la integración y transmisión de los archivos electrónicos del Libro de Registro

EdiciónMatutina

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 3 fracciones I y IV; 16 de la Ley Federal de Correduría Pública; 42 y 44 del Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública, y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que en términos de la Ley Federal de Correduría Pública, corresponde a la Secretaría de Economía vigilar la actuación de los corredores públicos y asegurar la eficacia del servicio que prestan como fedatarios públicos, cuidando siempre la seguridad jurídica en los actos en que intervengan.

Que mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 8 de junio de 2011 se reformaron, entre otros, el artículo 16 de la Ley Federal de Correduría Pública, con el que se modifican las características del libro de registro y se establece la obligación de integrar y trasmitir el archivo digitalizado del libro de registro a la Secretaría.

Que mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de 26 de noviembre de 2012, se reformaron diversos artículos del Reglamento de la Ley Federal de Correduría Pública, entre ellos los artículos 42 y 44, que prevén la obligación de la Secretaría de emitir criterios para que se realice el envío del archivo electrónico que contenga el libro de registro digitalizado, así como los lineamientos que establecen los requisitos de seguridad que deberán reunir las hojas que integren el Libro de Registro, en virtud de lo anterior, se expide el siguiente:

Acuerdo

Primero.- El objeto del presente acuerdo es establecer los lineamientos que contemplan los requisitos de seguridad que deberán contener las hojas que integren los Libros de Registro y los criterios a seguir por los corredores públicos para efectuar la integración y transmisión de los archivos electrónicos del Libro de Registro.

Segundo.- El tamaño de las hojas foliadas que integren el Libro de Registro deberán ser uniformes y tener 21.6 centímetros de ancho y 34.0 centímetros de largo, conocido comercialmente como tamaño oficio, deberán dejarse los márgenes siguientes para la protección de lo asentado, empastarse y encuadernarse una vez digitalizado; al lado interno 3.5 centímetros y del lado externo 2.5 centímetros, en la parte superior e inferior 2.5 centímetros.

Tercero.- Cada hoja foliada deberá contener como...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR