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CASA EN DISPUTA

  1. Llevo aproximadamente 15 años viviendo en casa de mi mamá; vivo con mi esposa e hijos.

    Sin embargo, la casa está a nombre de mi mamá, pero ella ya falleció hace tiempo.

    Una de mis hermanas me pidió que me saliera de la vivienda, porque dice que le pertenece, pero soy yo el que ha invertido en mejoras y pagos de recibos de la casa.

    ¿Puede sacarme con facilidad del inmueble?

    ¿Qué puedo hacer en este caso?

    CARLOS LARA

  2. Lo primero que hay que verificar es si hay un testamento.

    Si existe, el dueño de la propiedad será quien ella haya establecido como heredero.

    Si no, se debe abrir un juicio intestado donde todos los hijos tienen los mismos derechos.

    En este caso no importa que viva en la casa que era propiedad de su mamá, que seguramente habitó como préstamo de uso gratuito, ni el tiempo que haya estado en la misma.

    Además, nadie puede hacerse justicia por su propia mano sin una orden judicial; su hermana no lo puede sacar de la casa que fue de su madre.

    Le recomendamos que acuda con un notario y que lleve la papelería de la propiedad para que lo asesore para determinar su situación jurídica.

    Fuente: Ernesto Pérez-Charles, titular de la Notaría Pública No. 133

    SIN EMPLEO

  3. Actualmente estoy pagando un financiamiento con el Infonavit, sin embargo hace días perdí mi empleo.

    Mi patrón era el que me descontaba puntualmente de mi salario los pagos.

    No sé qué sucederá con mi crédito si no tengo cómo pagarlo.

    ¿Qué puedo hacer para no perder la casa?

  4. En caso de perder tu empleo, el Infonavit te apoya para que te mantengas al corriente con tus pagos mensuales de tu hipoteca.

    Existe el Fondo de Protección de Pagos, que es para los créditos contratados a partir del año 2009.

    Este fondo está conformado con las aportaciones del 2 por ciento de la mensualidad que se descuenta a los trabajadores de su nómina para el pago del crédito.

    Al haber pagado este seguro, puedes hacer valer tu derecho de usarlo.

    Mediante esta alternativa puedes formalizar una prórroga total o parcial con la Institución.

    Esta última consta de un copago significativo cada mes y el Fondo de Protección de Pagos aporta el complemento.

    Así se cubre el 100 por ciento de la mensualidad y así, durante seis meses, te mantienes al corriente en los pagos de tu crédito.

    Ten en cuenta que este apoyo lo puedes...

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