Consultas y respuestas

Páginas96-96
Consultas฀y฀Respuestas
96
Tips Fiscales
CONSULTAS฀Y฀RESPUESTAS
SOY TRABAJADOR EN UNA FÁBRICA Y QUIERO SA-
BER ¿A QUIÉN PUEDO NOMBRAR COMO BENEFICIA-
RIO PARA EFECTOS DEL SEGURO SOCIAL?
El ART-5-A-F-XII de la Ley del Seguro Social (LSS)
dene que para efectos de dicha ley, se consideran
beneciarios el cónyuge del asegurado o pensionado
y a falta de éste, la concubina o el concubinario en su
caso, así como los ascendientes y descendientes del
asegurado o pensionado señalados en la LSS.
Por otra parte, en el ART-84 LSS se establece que
quedan amparados por el Seguro de Enfermedades y
Maternidad, las siguientes personas:
•฀ El asegurado
•฀ El pensionado por:
•฀ Incapacidad permanente total o parcial
•฀ Invalidez
•฀ Cesantía en edad avanzada y vejez
•฀ Viudez, orfandad o ascendencia
•฀ La esposa del asegurado o, a falta de ésta, la mujer
con quien ha hecho vida marital durante los cinco
años anteriores a la enfermedad, o con la que haya
procreado hijos, siempre que ambos permanezcan
libres de matrimonio. Si el asegurado tiene varias
concubinas ninguna de ellas tendrá derecho a la
protección. Del mismo derecho gozará el esposo
de la asegurada o, a falta de éste el concubinario,
siempre que hubiera dependido económicamente
de asegurada, y reúnan, en su caso, los requisitos
señalados en este punto.
•฀ La esposa del pensionado por incapacidad perma-
nente total o parcial, invalidez o cesantía en edad
avanzada y vejez; a falta de esposa, la concubi-
na con las restricciones ya señaladas en el punto
anterior. Del mismo derecho gozará el esposo de
la pensionada o a falta de éste el concubinario, si
reúne los requisitos establecidos.
•฀ Los hijos menores de dieciséis años del asegurado
y de los pensionados, en los términos consignados
en los puntos anteriores.
•฀ Los hijos del asegurado cuando no puedan man-
tenerse por su propio trabajo debido a una enfer-
medad crónica, defecto físico o psíquico, hasta
en tanto no desaparezca la incapacidad que pa-
decen o hasta la edad de veinticinco años cuando
realicen estudios en planteles del sistema educati-
vo nacional.
•฀ Los hijos mayores de dieciséis años de los pensio-
nados por invalidez, cesantía en edad avanzada y
vejez, que se encuentren disfrutando de asigna-
ciones familiares, así como los de los pensionados
por incapacidad permanente, en los mismos casos
y condiciones establecidos en el ART-136 LSS.
•฀ El padre y la madre del asegurado que vivan en el
hogar de éste.
•฀ El padre y la madre del pensionado en los términos
por incapacidad permanente total o parcial, invali-
dez o cesantía en edad avanzada y vejez, si reúnen
el requisito de convivencia señalado en el punto an-
terior.
SOMOS UNA EMPRESA PERSONA MORAL DEDICA-
DA A LA COMPRA-VENTA DE JUGUETES, QUERE-
MOS PRESENTAR LA SOLICITUD PARA DISMINUIR
LOS PAGOS PROVISIONALES POR LOS MESES RES-
TANTES DEL EJERCICIO 2009, EN LAS OFICINAS
DEL SAT ME INFORMAN QUE NECESITO LLEVAR UN
ESCRITO LIBRE. ¿CÓMO SE DEBE LLENAR DICHO
ESCRITO? ¿CUÁLES SON TODOS LOS REQUISITOS
PARA PODER DISMINUIR LOS PAGOS PROVISIONA-
LES DEL ISR?
En efecto, el escrito libre es un requisito que se incor-
poró con la creación del Anexo 1-A de la Resolución
Miscelánea Fiscal, el cual, como sabemos se reere a
los trámites scales.
Por tanto, para solicitar la disminución de los pagos
provisionales del ISR, ante la ALSC que corresponda
a su domicilio scal, deberá presentar la siguiente do-
cumentación:
Forma fiscal 34 "Solicitud de autorización para dis-
minuir el monto de pagos provisionales.
Escrito libre, que cumpla con lo establecido en el
ART-18-A CFF, y que además indique:
o La PTU pagada en el ejercicio en el
cual se solicita la disminución de pagos
provisionales.
o Pagos efectuados de enero al mes inmediato
anterior por el que solicita la disminución de
pagos y los pagos hasta el mes de diciembre
que resultarían de seguir aplicando el mismo
coef‌iciente de utilidad que se utilizó para
calcular los pagos realmente efectuados.
o Adicionalmente, si se solicita la disminución
de pagos provisionales de uno de los
meses posteriores al mes de Julio, deberá
proporcionar en el escrito libre la información
relativa al numeral 6 de la página 2 del formato
34 (Ingresos acumulables y deducciones
autorizadas) de los meses de julio al mes
inmediato anterior por el que solicita la
disminución de pagos. Por ejemplo, si se
solicita la disminución del mes de octubre
del 2009 se proporcionará la información del
numeral citado anteriormente de los meses
de julio a septiembre del 2009.
Declaración normal y/o complementaria presenta-
da de acuerdo a lo siguiente:
ο Declaración del ejercicio con sello original
del banco, de la cual deriva el coef‌iciente de
utilidad aplicado en los pagos provisionales del
ejercicio por el que se solicita disminución.
Presentar pagos provisionales en alguno de los si-
guientes casos:
o Declaración(es) de pago(s) provisional(es)
con sello original del banco, por los meses
de enero hasta el mes en que se solicita la
disminución (original y copia).
o Si se presentaron a través de Internet o de
banca electrónica, debe indicar el número de
folio.
o Cuando se haya presentado por medios
electrónicos y su pago se haya realizado
en ventanilla bancaria, debe proporcionar
original y copia del acuse de recibo.
Copia certificada y copia del poder notarial.
Original y copia de identificación oficial vigente del
representante legal, pudiendo ser: Credencial para
votar del IFE, pasaporte vigente, cédula profesio-
nal, entre otros.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR