Reglamento Interior del Instituto para la Construccion, Equipamiento, Mantenimiento y Rehabilitacion de Escuelas del Estado de Yucatan.

MERIDA, YUC., MARTES 24 DE ABRIL DE 2007. DIARIO OFICIAL PAGINA 3
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
DECRETO NÚMERO 758
CIUDADANO PATRICIO JOSÉ PATRÓN LAVIADA, GOBERNADOR DEL ESTADO DE
YUCATÁN, A SUS HABITANTES HAGO SABER:
QUE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 55,
FRACCIÓN II DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE YUCATÁN Y CON
FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTÍCULOS 16 Y 18 DE LA LEY
ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE YUCATÁN, Y 4
DEL DECRETO NÚMERO 145 QUE CREA EL INSTITUTO PARA LA CONSTRUCCIÓN,
EQUIPAMIENTO, MANTENIMIENTO Y REHABILITACIÓN DE ESCUELAS DEL
ESTADO DE YUCATÁN, HE TENIDO A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
REGLAMENTO INTERIOR DEL INSTITUTO PARA LA CONSTRUCCIÓN,
EQUIPAMIENTO, MANTENIMIENTO Y REHABILITACIÓN DE ESCUELAS DEL
ESTADO DE YUCATÁN
TÍTULO I
DE LA COMPETENCIA Y ORGANIZACIÓN DEL INSTITUTO
ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento tiene como objetivo determinar el funcionamiento
del Instituto para la Construcción, Equipamiento, Mantenimiento y Rehabilitación de
Escuelas del Estado de Yucatán.
ARTÍCULO 2.- Para los efectos del presente reglamento se entenderá por:
1. Decreto: Documento que manifiesta la creación del Instituto para la Construcción,
Equipamiento, Mantenimiento y Rehabilitación de Escuelas del Estado de Yucatán.
2. ICEMAREY: Al Instituto para la Construcción, Equipamiento, Mantenimiento y
Rehabilitación de Escuelas del Estado de Yucatán.
3. Alta Dirección: Cuerpo colegiado presidido por el Director General e integrado por
los Directores de Área y personal de apoyo designado por el Director General.
ARTÍCULO 3.- EL ICEMAREY tiene a su cargo el despacho de los asuntos que
expresamente le encomienda su Decreto, la Ley de Entidades Paraestatales del Estado
de Yucatán, la Ley Estatal de Planeación y demás leyes, así como del Plan Estatal de
Desarrollo, los reglamentos, decretos, acuerdos, convenios e instrucciones de su Junta de
Gobierno.

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