Acuerdo para exhortar al Titular del Poder Ejecutivo para que por medio del Instituto de Estudios Constitucionales o la instancia que corresponda remita a la mayor brevedad posible a esta Legislatura del Estado el resultado de los trabajos de la Mesa de Reforma del Estado.

TOMO CXL Santiago de Querétaro, Qro., 27 de abril de 2007 No. 27
PODER LEGISLATIVO
LA QUINCUAGÉSIMA QUINTA LEGISLATURA
DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO
DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN
LOS ARTICULOS 40 Y 41 FRACCION XXXV DE
LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO
LIBRE Y SOBERANO DE QUERÉTARO ARTEA-
GA, Y
CONSIDERANDO
1.- Que la agenda legislativa que demanda el
colectivo social es sin duda amplia, no hay tiempo
para dilaciones, es necesario iniciar de inmediato
los trabajos, sin precipitaciones irresponsables,
pero sin tardanzas dolosas. Un tema de trascen-
dencia es la Reforma del Estado, cuyos trabajos se
iniciaron mediante la presión social desde el Poder
Ejecutivo, donde participaron los Poderes Públicos
Estatales con la notable ausencia del Legislativo,
los Organismos Autónomos, los Ayuntamientos, los
Partidos Políticos y un motivante número de orga-
nismos sociales de todo tipo e incluso personas en
lo individual.
2.- Que por Reforma del Estado se entiende
Revolución Pactada; es el paso de un viejo régimen
a uno nuevo, diferente y mejor. Es un momento
fundacional y necesariamente tiene que pasar por
una triple dimensión: la económica que tiene como
propósito lograr una justa distribución de la riqueza
que posee y produce la entidad; la social que signi-
fica el carácter proteccionista del Estado a favor de
las personas cultural, social o económicamente
débiles o vulnerables y la política que tiene como
objetivo avanzar en la transición democrática. Una
reforma en este sentido tiene que ser de utilidad
para la ciudadanía, los Poderes Públicos Estatales
y los Partidos Políticos; es la construcción de con-
sensos a partir de una agenda de discusión, de
análisis y de acuerdos, con la inclusión de Poderes
Públicos, organizaciones civiles de todo tipo, Parti-
dos Políticos y opinión pública. Los medios de co-
municación juegan un papel preponderante en este
proceso. Una Reforma del Estado en el sentido
planteado abarca integralmente a la sociedad mis-
ma, por más utópico que parezca. Las propuestas
presentadas durante más de dos años, se deben
encontrar ya procesadas en el Instituto de Estudios
Constitucionales dependiente del Poder Ejecutivo
del Estado y deben ser enviadas a esta soberanía
para su procesamiento normativo.
3.- Que la primera expresión es la reforma
constitucional, pero como decía Rousseau: "la inte-
ligencia superior que es el legislador es la encarga-
da de hacer la ley, pero es el pueblo el que debe
directamente ratificarla, pues nunca puede asegu-
rarse que una voluntad particular esta de acuerdo
con la general, sino después de haberla sometido al
sufragio libre del pueblo".
4.- Que luego es la edificación de un anda-
miaje jurídico y de instituciones que permiten crista-
lizar los ideales de lo que ahora llaman los teóricos
el Estado Constitucional de Derecho, Democrático y
Social; hablamos de un Estado como conquista
cultural, que establezca la sujeción de los ciudada-
nos y de los poderes públicos a la Constitución y al
resto del ordenamiento jurídico, con lo cual el Esta-
do es un Estado legal de derecho y esencialmente
un Estado Constitucional de Derecho, en el que se
amplían las vías de participación ciudadana en los
procesos de toma de decisiones.
5.- Que se trata de la democracia ciudadana
constituida por el principio del pluralismo, pero tam-
bién de impulsar la acción estatal para crear las
condiciones para la satisfacción de necesidades
vitales, en que las complejas condiciones de la
sociedad de nuestro tiempo, no pueden ser satisfe-
chas ni por los individuos ni por los grupos.
6.- Que hablamos de una común participación
en valores y en derechos políticos, y de los bienes
materiales, económicos y culturales con que con-
tamos y los que generemos y que permita satisfa-
cer las necesidades más perentorias de quienes
menos tienen.
7.- Que la dimensión social del Estado es una
característica del Estado de nuestro tiempo, que
permite la posibilidad de que las demandas sociales
sean planteadas al Estado por los ciudadanos mis-
mos y sean, en consecuencia, satisfechas como un
derecho y no como un acto de benevolencia. Tiene
a la dignidad humana como premisa, realizada a
partir de la cultura de nuestro pueblo y de los dere-
chos universales de la humanidad, la concepción
actual de Estado Cultural, plantea hacia el futuro la
pretensión de que el nivel cultural alcanzado por el
Estado Constitucional no se pierda, que se conser-
ve y se acrecente.
8.- Que toda Constitución de un Estado cons-
titucional vive en última instancia de la dimensión

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