Acuerdo por el que se hace del conocimiento del público los días del mes de diciembre de 2002 y enero de 2003, que serán considerados como inhábiles, para efectos de los actos y procedimientos sustanciados en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, incluyendo sus órganos desconcentrados

Fecha de disposición19 Diciembre 2002
Fecha de publicación19 Diciembre 2002
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se hace del conocimiento del público los días del mes de diciembre de 2002 y enero de 2003, que serán considerados como inhábiles, para efectos de los actos y procedimientos sustanciados en la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, incluyendo sus órganos desconcentrados.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

VICTOR LICHTINGER WAISMAN, Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o., 2o. y 32 bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., 4o., 28 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; y 1, 2, 4, 5 fracciones XXIII y XXV, 6, 7, 8, 16, 17, 34, 35, 36, 37 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

CONSIDERANDO

Que la Ley Federal de Procedimiento Administrativo es el ordenamiento que regula los actos, procedimientos y resoluciones de la Administración Pública Federal, incluyendo a sus órganos desconcentrados, en la que se establece que las actuaciones y diligencias deben ser practicadas en días y horas hábiles, señalando como inhábiles los días sábados, domingos, el 1 de enero, 5 de febrero, 21 de marzo, 1 de mayo, 5 de mayo, 1 y 16 de septiembre, 20 de noviembre, 1 de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, y el 25 de diciembre, así como los días en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia respectiva, que se publicará en el Diario Oficial de la Federación.

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 30 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, los trabajadores tendrán derecho a disfrutar de dos periodos anuales de vacaciones de diez días laborables cada uno en las fechas señaladas para tal efecto.

Que mediante oficio número DGRH/510/2259 de fecha 24 de septiembre de 2002, el ciudadano licenciado Mario Alberto Fócil Ortega, Director General de Recursos Humanos de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, señala que el segundo periodo vacacional para el presente ejercicio para el personal que labora en esta Secretaría...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR