Acuerdo mediante el cual se hace del conocimiento, los días que serán considerados como inhábiles para la recepción de Trámites, Términos y Gestión de Procedimientos ante la Oficina de Información Pública de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, durante los días que se indican

SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y VIVIENDA

SIMÓN NEUMANN LADENZON, Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, con fundamento en los artículos 12, fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 7° párrafo primero, 15, fracción II, 16 fracción IV y 24 fracción XX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 párrafo primero, 71, 72, 73 y 74 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 2, 7 y 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal; 1, 4 y 32 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; 1 y 55 último párrafo del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que los actos de la Administración Pública del Distrito Federal deben atender a los principios estratégicos de funcionalidad, eficacia, simplificación, agilidad, información, precisión, legalidad y transparencia en la actuación gubernativa, así como en los procedimientos y actos administrativos en general, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 12, fracciones IV y VI del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal;

Que de conformidad con lo establecido por el artículo 46 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal y el artículo 32 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, como ente obligado, debe contar con una Oficina de Información Pública a través de la cual las personas ejerzan su derecho de acceso a la información pública, así como de acceso, rectificación, cancelación u oposición de datos personales;

Que la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal regula genéricamente el actuar de la Administración Pública del Distrito Federal ante los particulares, al establecer la obligación de ejecutar las actuaciones y diligencias de orden administrativo en días y horas hábiles, señalando como días inhábiles, entre otros, los establecidos en el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, así como aquellos en que tengan vacaciones generales las autoridades competentes o aquellos en que se suspendan las labores, los que se harán del conocimiento público mediante acuerdo del titular de la dependencia, entidad o delegación respectiva, que se publicará en la Gaceta Oficial del Distrito Federal;

Que la Administración Pública del...

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