Determinación relativa a la utilidad pública de la ejecución de acciones de mejoramiento urbano y las obras para establecer, construir y conservar un cementerio en el inmueble ubicado en avenida Tláhuac número 3448, colonia Pueblo Culhuacán, Delegación Iztapalapa, con una superficie aproximada de 7,537.50 metros cuadrados, con la finalidad de atender la demanda y necesidades de los vecinos de la zona. (Segunda publicación)

Fecha de disposición28 Julio 2011
Fecha de publicación28 Julio 2011

Al margen un logotipo, que dice: Ciudad de México.- Capital en Movimiento.- Secretaría de Gobierno. JOSE ANGEL AVILA PEREZ, Secretario de Gobierno del Distrito Federal, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 16 fracción IV y 23 fracción XIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, y 67 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público; y con fundamento en los artículos 1, fracciones I, III, XI y XII, 2, 3, 10, 19, 20, 20 bis y 21 de la Ley de Expropiación, 5, fracciones I, VI y VII de la Ley General de Asentamientos Humanos, y 1, 2 y 8 del Reglamento de Cementerios del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

Que la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, en términos del artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, corresponde originalmente a la Nación y que ésta tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público;

Que la organización política administrativa del Distrito Federal atenderá entre otros principios estratégicos, a la planeación y ordenamiento del desarrollo territorial, económico y social de la Ciudad, que considere la óptica integral de la capital con las peculiaridades de las demarcaciones territoriales;

Que de conformidad con la Ley del Desarrollo Urbano del Distrito Federal, la planeación del desarrollo urbano y el ordenamiento territorial del Distrito Federal, tiene por objeto mejorar el nivel y calidad de vida de la población urbana y rural, a través de la planeación del funcionamiento ordenado y regular de los servicios públicos que permitan a los habitantes del Distrito Federal ejercer su derecho a una vida segura, productiva y sana;

Que la planeación del desarrollo urbano y equipamiento del Distrito Federal, se llevan a cabo de conformidad con el Programa General de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial el 31 de diciembre de 2003, así como en atención al Programa Delegacional de Desarrollo Urbano para la Delegación Iztapalapa, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 2 de octubre de 2008;

Que el Distrito Federal tiene patrimonio propio y personalidad jurídica para adquirir y poseer todos los bienes muebles e inmuebles necesarios para la prestación de los servicios públicos a su cargo; y en general, para el desarrollo de sus propias actividades y funciones;

Que de conformidad con la...

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