Resolución del Consejo General del Instituto Federal Electoral sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Estatutos de la Agrupación Política Nacional denominada Universitarios en Acción

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EmisorInstituto Federal Electoral

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG168/2011. RESOLUCION DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL SOBRE LA PROCEDENCIA CONSTITUCIONAL Y LEGAL DE LAS MODIFICACIONES A LOS ESTATUTOS DE LA AGRUPACION POLITICA NACIONAL DENOMINADA "UNIVERSITARIOS EN ACCION".

Antecedentes

  1. El día diecisiete de abril de dos mil dos, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, otorgó el registro como Agrupación Política Nacional a la asociación de ciudadanos denominada "UNIVERSITARIOS POR LA ECOLOGIA, A.C".

  2. El día nueve de agosto de dos mil dos, en sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Federal Electoral, aprobó el cambio de denominación de la Agrupación Política Nacional "UNIVERSITARIOS POR LA ECOLOGIA, A.C" para quedar como "UNIVERSITARIOS EN ACCION", como consecuencia de las modificaciones realizadas a los Estatutos de dicha agrupación.

  3. En virtud del antecedente que precede, la Agrupación Política Nacional "UNIVERSITARIOS EN ACCION", se encuentra en pleno goce de sus derechos y sujeta a las obligaciones establecidas por el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

  4. El día ocho de enero de dos mil once, la Agrupación Política Nacional denominada "UNIVERSITARIOS EN ACCION", celebró su Quinta Asamblea General Extraordinaria, en la cual fue aprobado el cambio de su denominación y realizaron modificaciones a sus Estatutos.

  5. Mediante escrito recibido con fecha dieciocho de enero de dos mil once, la C. Verónica Gutiérrez Bautista, Presidenta de la Agrupación Política Nacional denominada "UNIVERSITARIOS EN ACCION", informó a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos la celebración de la Quinta Asamblea General Extraordinaria, en la que se llevó a cabo el cambio de denominación e hizo entrega de la documentación siguiente:

    1. Acta protocolizada de la Quinta Asamblea General Extraordinaria; y

    2. Convocatoria a la Quinta Asamblea General Extraordinaria.

  6. Mediante oficio número DEPPP/DPPF/0251/2011, de fecha quince de febrero del año en curso, se le solicitó a la agrupación en cuestión, remitieran: las constancias que permitiesen comprobar la difusión de la convocatoria a su Quinta Asamblea, documentación que acreditara la elección de los delegados efectivos para participar en dicha asamblea, la lista de asistencia a la misma, el cuadro comparativo y el texto definitivo de los Estatutos.

  7. Con fecha diez de marzo de este año, la agrupación "UNIVERSITARIOS EN ACCION", a través de su Presidenta, la C. Verónica Gutiérrez Bautista, dio respuesta al requerimiento señalado en el numeral que precede, remitiendo original del Instrumento Notarial número 47471, otorgada ante la fe pública del Notario Público número 84 del Estado de México, el cual contiene parte de la documentación requerida.

  8. Mediante oficio número DEPPP/DPPF/0837/2011, de fecha ocho de abril del año en curso, se solicitó a la agrupación en cita, remitieran la convocatoria y la lista de asistencia a la reunión del Consejo Directivo Nacional, de fecha tres de enero de este año, en la cual fueron designados los treinta y dos delegados efectivos que integraron el quórum a la multicitada Quinta Asamblea.

  9. La C. Verónica Gutiérrez Bautista, Presidenta de la Agrupación Política Nacional denominada "UNIVERSITARIOS EN ACCION", mediante escrito de fecha veinticinco de abril del presente año, dio respuesta a los mencionados requerimientos.

  10. La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos integró el expediente con la documentación presentada por la C. Verónica Gutiérrez Bautista, Presidenta de la Agrupación Política Nacional en cuestión, toda vez que con ella se verificó el estricto cumplimiento al procedimiento estatutario vigente, para realizar el análisis sobre la procedencia constitucional y legal

    de sus modificaciones estatutarias.

  11. En sesión extraordinaria privada del veintitrés de mayo del presente año, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Consejo General del Instituto Federal Electoral, conoció el Proyecto de Resolución sobre la procedencia constitucional y legal de las modificaciones a los Estatutos de la Agrupación Política Nacional denominada "UNIVERSITARIOS EN ACCION".

    Al tenor de los antecedentes que preceden; y

    Considerando

    1. Que de acuerdo con el artículo 41, párrafo segundo, base V, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los numerales 104, párrafo 1 y 105, párrafo 2, ambos del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el Instituto Federal Electoral es un organismo público autónomo cuya función estatal es la organización de las elecciones federales y en la que tiene como principios rectores la certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad.

    2. Que el artículo 118, párrafo 1, inciso h), del Código Electoral determina como atribución del Consejo General: "[...] Vigilar que las actividades de los partidos políticos nacionales y las agrupaciones políticas se desarrollen con apego a este Código y cumplan con las obligaciones a que están sujetos [...]".

    3. Que la agrupación "UNIVERSITARIOS EN ACCION" realizó modificaciones a sus Estatutos, los cuales fueron aprobados por la Quinta Asamblea General Extraordinaria celebrada el día ocho de enero de dos mil once.

    4. Que el día diecinueve de enero de dos mil once, la C. Verónica Gutiérrez Bautista, Presidenta de la Agrupación Política Nacional, "UNIVERSITARIOS EN ACCION", informó sobre la celebración de la Quinta Asamblea General Extraordinaria.

    5. Que conforme a lo dispuesto por el artículo 33, incisos a) y b) de los Estatutos vigentes de "UNIVERSITARIOS EN ACCION", corresponde a la Asamblea General, tanto Ordinaria como Extraordinaria llevar a cabo las modificaciones de sus documentos básicos.

      "ARTICULO 33.- Conocerán las Asambleas Generales Ordinarias o Extraordinarias, sobre los siguientes asuntos.

      a).- Cualquier reforma de los Estatutos y adiciones.

      b).- Cualquier reforma y adiciones a la Declaración de Principios, Programa de Acción de la agrupación política nacional.

      c).- (...)"

    6. Que la agrupación "UNIVERSITARIOS EN ACCION" remitió documentación que, de conformidad con las normas estatutarias vigentes que regulan su vida interna, da fe del cumplimiento a los requisitos necesarios para la instalación de la Asamblea General Extraordinaria. Dichos documentos son los siguientes:

      1. Convocatoria a la Quinta Asamblea General Extraordinaria;

      2. Acta de la Quinta Asamblea General Extraordinaria; y

      3. Lista de Asistencia a la Quinta Asamblea General Extraordinaria.

    7. Que la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos analizó la documentación presentada por la agrupación "UNIVERSITARIOS EN ACCION" con el objeto de determinar que la instalación y el desarrollo de la Quinta Asamblea General Extraordinaria se apegó a la normatividad estatutaria aplicable. Del análisis realizado, se constató el cumplimiento a los artículos 16; 18, incisos c) y h); 27; 31; 33, inciso a); y 34, incisos h) e i) de los Estatutos vigentes de esa Agrupación Política Nacional, en razón de lo siguiente:

      1. La Convocatoria a la Quinta Asamblea General Extraordinaria fue emitida con más de 3 días de antelación a la celebración de la misma, señalando lugar, fecha, hora y asuntos a tratar.

      2. La Asamblea se instaló con la presencia de 30 de los 32 delegados efectivos, elegidos por el Consejo Directivo Nacional, para participar en dicha reunión, cumpliendo con ello lo establecido en el artículo 16, inciso b), de los Estatutos que rigen la vida interna de la agrupación; así como también con lo establecido en la base segunda de la convocatoria.

      3. Las reformas y adiciones a los Estatutos, fueron aprobadas por unanimidad.

    8. Que como resultado del referido estudio, se confirma la validez de la Quinta Asamblea General Extraordinaria de la Agrupación "UNIVERSITARIOS EN ACCION"; por lo que procede el análisis de las reformas realizadas a los Estatutos de la agrupación en comento.

    9. Que la Tesis T-VIII-2005, emitida por la H. Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, establece los criterios mínimos para armonizar la libertad autoorganizativa y el respeto al derecho político-electoral fundamental de asociación, así como de otros derechos fundamentales de los ciudadanos afiliados, miembros o militantes, en el marco del análisis de la constitucionalidad y legalidad de sus normas estatutarias, en los términos siguientes:

      "ESTATUTOS DE LOS PARTIDOS POLITICOS. EL CONTROL DE SU CONSTITUCIONALIDAD Y LEGALIDAD, DEBE ARMONIZAR EL DERECHO DE ASOCIACION DE LOS CIUDADANOS Y LA LIBERTAD DE AUTOORGANIZACION DE LOS INSTITUTOS POLITICOS.-Los partidos políticos son el resultado del ejercicio de la libertad de asociación en materia política, previsto en los artículos 9o., párrafo primero, 35, fracción III, y 41, párrafo segundo, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22 y 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como 16 y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, lo cual conlleva la necesidad de realizar interpretaciones de las disposiciones jurídicas relativas que aseguren o garanticen el puntual respeto de este derecho y su más amplia y acabada expresión, en cuanto que no se haga nugatorio o se menoscabe su ejercicio por un indebido actuar de la autoridad electoral. En congruencia con lo anterior, desde la propia Constitución federal, se dispone que los partidos políticos deben cumplir sus finalidades atendiendo a lo previsto en los programas, principios e ideas que postulan, lo cual, a su vez, evidencia que desde el mismo texto constitucional...

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