Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal - REF:1125

Fecha de disposición20 Septiembre 2006
Fecha de publicación20 Septiembre 2006
SecciónSEPTIMA. Convocatorias para Concursos de Plazas Vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal

CONVOCATORIA

El Comité de Selección de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37, 69, 75 fracción III y 80 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 23, 25, 29 párrafo segundo, 30, 32, 35, 38, 101, 105 de su Reglamento, y lineamientos primero, noveno y décimo de los que deberán observar las dependencias de la Administración Pública Federal Centralizada y sus Organos Desconcentrados en la operación del Subsistema de Ingreso; así como en la elaboración y aplicación de mecanismos y herramientas de evaluación para los procesos de selección publicados en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2004, emiten la siguiente:

Convocatoria pública y abierta del concurso para ocupar las siguientes plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:

1) Nombre de la plaza: Director de Amparos; Nivel Administrativo: MB3; Número de Vacantes: Una; Percepción Ordinaria: $ 78,148.71 mensual bruto; Adscripción: Consejería Adjunta de Control Constitucional y de lo Contencioso; en la ciudad de México, D.F.; Funciones Principales: 1. Analizar las demandas de amparo que se presenten en contra del Consejero Jurídico o de cualquier otro servidor público adscrito a la Consejería Jurídica, para conocer los argumentos de los demandantes y estar en posibilidades de recabar las pruebas necesarias para acreditar la legalidad de su actuación. 2. Elaborar los proyectos de informe justificado e incidental en los que se exponga la defensa de los actos reclamados a los servidores públicos de la Consejería Jurídica con el fin de demostrar la constitucionalidad de los mismos. 3. Fungir como delegado del Consejero Jurídico y/o de cualquier otro servidor público de la Consejería Jurídica que sea señalado como autoridad responsable en un juicio de amparo, y realizar todos los actos procesales y ejercer todos los derechos que la ley reconozca a los delegados de las partes para obtener una resolución favorable. 4. Acudir a las audiencias de ley para hacer valer los intereses de la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal ante los órganos jurisdiccionales correspondientes. 5. Dar seguimiento periódico al estado actual de los juicios de amparo en trámite ante los órganos jurisdiccionales correspondientes. 6. Remitir a la Procuraduría General de la República los autos de los juicios de amparo que se notifiquen en la Consejería Jurídica, cuyo trámite competa a otra dependencia de la Administración Pública Federal por tratarse de juicios en los que se impugnan actos del Presidente de la República, para propiciar su atención y desahogo oportuno. 7. Revisar y someter a firma del Consejero Adjunto los oficios por los que, en representación del Presidente de la República, se conmine a las autoridades responsables a dar cumplimiento a las sentencias dictadas en juicios de amparo que han causado ejecutoria y se solicite a las mismas que informen la manera en que habrán de cumplirlas; lo anterior con el fin de dar cumplimiento a los requerimientos judiciales hechos en ese sentido. 8. Dar seguimiento a los actos que las autoridades responsables lleven a cabo en respuesta al requerimiento enviado por la Consejería Adjunta; lo anterior con el fin de garantizar que den cumplimiento de la sentencia de amparo. 9. Revisar y...

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