Acuerdo por el que se dan a conocer los estudios técnicos de aguas nacionales subterráneas del acuífero Allende-Piedras Negras, clave 0501, Estado de Coahuila

Fecha de disposición06 Julio 2011
Fecha de publicación06 Julio 2011
EmisorSECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. JOSE LUIS LUEGE TAMARGO, Director General de la Comisión Nacional del Agua, Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 Bis fracciones III, XXIII, XXIV y XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, 4, 7 BIS fracción IV, 9 fracciones I, VI, XVII, XXXV, XLI, XLV, XLVI y LIV, 12 fracciones I, VIII, XI y XII, y 38 de la Ley de Aguas Nacionales; 1o., 14 fracciones I y XV, 73 y 77 del Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales; 1, 13 fracciones II, XI, XXVII y XXX del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua, y

CONSIDERANDO

Que uno de los ejes rectores del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, es la "Sustentabilidad Ambiental", misma que se vincula en que será necesario tomar medidas de prevención para mantener el abasto regular en las regiones que actualmente ya lo reciben y que requiere no sólo incrementar la capacidad de distribución de agua, sino también tomar medidas orientadas a lograr el uso eficiente;

Que el Programa Nacional Hídrico 2007-2012, establece que es necesario que nuestro país cuente con planes de ordenamiento territorial que consideren a la disponibilidad de agua como un elemento clave en su desarrollo, lo que entre otros beneficios, contribuirá a preservar las fuentes de abastecimiento de agua actualmente disponibles;

Que el artículo 4 de la Ley de Aguas Nacionales, establece que corresponde al Ejecutivo Federal la autoridad y administración en materia de aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, quien las ejercerá directamente o a través de la Comisión Nacional del Agua;

Que la superficie en que se ubica el acuífero Allende-Piedras Negras, clave 0501, se encuentra en zona no vedada para el alumbramiento de aguas del subsuelo;

Que el 5 de diciembre del 2001, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se establece y da a conocer al público en general la denominación única de los acuíferos reconocidos en el territorio de los Estados Unidos Mexicanos, por la Comisión Nacional del Agua, y la homologación de los nombres de los acuíferos que fueron utilizados para la emisión de los títulos de concesión, asignación o permisos otorgados por este órgano desconcentrado", en el cual se le asigna el nombre oficial de Allende-Piedras Negras, clave 0501;

Que el 28 de agosto de 2009 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos."; en el que se incluye la delimitación del acuífero Allende-Piedras Negras, clave 0501;

Que en el año 2008, se realizó el "Estudio Técnico del Impacto por la explotación de agua subterránea en los acuíferos de Sierra del Burro y Allende-Piedras Negras, Coahuila", lo que permitió determinar la disponibilidad media anual de agua subterránea para el acuífero Allende-Piedras Negras, clave 0501, en 18.675016 millones de m³/año, conforme a la Norma Oficial Mexicana "NOM-011-CONAGUA-2000, Conservación del recurso agua-Que establece las especificaciones y el método para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales", publicada el 17 de abril del 2002 en el Diario Oficial de la Federación, y en la que se establece el método base para determinar la disponibilidad media anual de las aguas nacionales superficiales y de las subterráneas;

Que el 8 de julio de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "ACUERDO por el que se da a conocer el resultado de los estudios de disponibilidad media anual de las aguas subterráneas de 44 acuíferos de los Estados Unidos Mexicanos, mismos que forman parte de las regiones hidrológicas que se indican", en el que se incluye al acuífero Allende-Piedras Negras, clave 0501, obteniéndose una disponibilidad media anual de 18.675016 millones de metros cúbicos anuales;

Que la reciente instalación de una importante industria en la región, permite inferir que la zona de Allende y Piedras Negras se apunta como un importante polo de desarrollo, que exigirá cada vez mayor demanda de agua para cubrir las necesidades básicas de los habitantes e impulsar las actividades económicas en la región. Por lo que ante un posible incremento de los volúmenes de agua extraídos en la zona no vedada, y una creciente demanda de agua, se corre el riesgo de que la extracción de agua rebase la renovación natural del acuífero y que ello genere sobreexplotación del mismo, situación que pondría en peligro el abastecimiento de los habitantes de la zona, y el impacto de las actividades productivas que dependen del agua subterránea y de los manantiales;

Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 38 de la Ley de Aguas Nacionales y en el diverso 73 del Reglamento de dicha Ley, se realizaron los estudios técnicos del acuífero Allende-Piedras Negras, clave 0501, con el objetivo de definir si se presentan algunas de las causales de utilidad e interés público, previstas en dicho precepto para sustentar el establecimiento de un ordenamiento para el control de la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas del subsuelo, y se promovió la participación de los usuarios, a través del Consejo de Cuenca Río Bravo, recibiéndose y atendiéndose sus comentarios, observaciones y propuestas, mismos que se conocieron a través de la consulta pública realizada en la Ciudad de Guadalupe, Nuevo León, el 9 de septiembre de 2010;

Que en virtud de las consideraciones expuestas, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS ESTUDIOS TECNICOS DE AGUAS NACIONALES SUBTERRANEAS DEL ACUIFERO ALLENDE-PIEDRAS NEGRAS, CLAVE 0501, ESTADO DE COAHUILA

ARTICULO UNICO

Se da a conocer el resultado de los estudios técnicos realizados en el acuífero Allende-Piedras Negras, clave 0501, ubicado en el Estado de Coahuila:

ESTUDIO TECNICO

  1. UBICACION Y EXTENSION TERRITORIAL

    El acuífero Allende-Piedras Negras, clave 0501, se localiza en la porción nororiental del Estado de Coahuila, abarca una superficie de 12,961 kilómetros cuadrados, y comprende totalmente a los Municipios de Allende, Piedras Negras y Nava, y parcialmente los Municipios de Zaragoza, Jiménez, Guerrero, Villa Unión, Morelos, Múzquiz, así como algunas porciones del Municipio de Hidalgo, todos ellos del Estado de Coahuila.

    Los límites del acuífero Allende-Piedras Negras, clave 0501, están definidos por los vértices de la poligonal simplificada cuyas coordenadas se presentan a continuación y que corresponden a las incluidas en el "ACUERDO por el que se da a conocer la ubicación geográfica de 371 acuíferos del territorio nacional, se actualiza la disponibilidad media anual de agua subterránea de 282 acuíferos, y se modifica, para su mejor precisión, la descripción geográfica de 202 acuíferos." publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de agosto del 2009.

    ACUIFERO 0501 ALLENDE-PIEDRAS-NEGRAS

    VERTICE LONGITUD OESTE LATITUD NORTE OBSERVACIONES
    GRADOS MINUTOS SEGUNDOS GRADOS MINUTOS SEGUNDOS
    1 99 59 59.97 28 0 36.0
    2 100 15 3.9 27 55 37.2
    3 100 25 33.8 27 54 56.0
    4 100 39 17.3 27 56 33.4
    5 100 46 48.5 27 59 1.3
    6 101 5 6.7 28 14 19.7
    7 101 10 58.8 28 13 57.2
    8 101 37 15.9 28 22 14.6
    9 101 39 18.9 28 29 59.3
    10 101 46 19.6 28 34 47.9
    11 101 47 49.9 28 36 32.9
    12 101 52 35.7
    ...

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