Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y el mecanismo de asignación para importar a los Estados Unidos Mexicanos, ciertos bienes clasificados en el capítulo 72 del Sistema Armonizado, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo al Artículo 3-08 Bis del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia

Fecha de disposición02 Agosto 2011
Fecha de publicación02 Agosto 2011
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en el Anexo al Artículo 3-08 Bis del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia y los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o, fracción III, 5o., fracción V, 15, fracción II, 16, fracción III, 17, 20, 23 y 24, segundo párrafo, de la Ley de Comercio Exterior; 9o., fracción V, 31, 32, 33 y 35 de su Reglamento; 1 y 5, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia (Tratado), fue aprobado por el Senado de la República el 13 de junio de 1994, cuyo Decreto de promulgación fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 1995;

Que el 11 de junio de 2010 los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, con el propósito de profundizar sus relaciones comerciales y mejorar las condiciones de acceso al mercado para diversos bienes, suscribieron el Protocolo Modificatorio al Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela, firmado en la Ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, el trece de junio de mil novecientos noventa y cuatro (Protocolo), el cual fue aprobado por el Senado de la República el 5 de abril de 2011, según Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de junio de 2011;

Que el Anexo al Artículo 3-08 Bis del Tratado establece que las Partes deberán otorgarse el trato arancelario preferencial establecido en el Programa de Desgravación, para ciertos bienes clasificados en el Capítulo 72 del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías identificados en dicho Anexo, que califiquen como originarios hasta los montos y plazos señalados y cumplan con las disposiciones ahí establecidas, y

Que el mecanismo de asignación de los cupos al amparo de lo establecido en el Tratado y su Protocolo, cuenta con opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior, se expide el siguiente:

Acuerdo

Primero.- Se establecen los cupos para importar, en el periodo del 2 de agosto de cada año al 1 de agosto del siguiente año, a los Estados Unidos Mexicanos los bienes clasificados en el Capítulo 72 del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías listados a continuación, que sean...

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