Acuerdo mediante el cual se aprueban y dan a conocer los días inhábiles de la Oficina de Información Pública de la Oficialía Mayor del Distrito Federal, para efectos de los Actos y Procedimientos que se indican competencia de esta Oficina, correspondientes al año 2014 y Enero 2015

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

OFICIALÍA MAYOR

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBAN Y DAN A CONOCER LOS DÍAS INHÁBILES DE LA OFICINA DE INFORMACIÓN PÚBLICA DE LA OFICIALÍA MAYOR DEL DISTRITO FEDERAL, PARA EFECTOS DE LOS ACTOS Y PROCEDIMIENTOS QUE SE INDICAN COMPETENCIA DE ESTA OFICINA, CORRESPONDIENTES AL AÑO 2014 Y ENERO 2015.

MAESTRO EDGAR ARMANDO GONZÁLEZ ROJAS, Oficial Mayor del Distrito Federal, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 15 fracción XIV, 16 fracción IV, 33, primero y segundo párrafos, fracción XXV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; y numeral 31 de los Lineamientos para la Gestión de Solicitudes de Información Pública y de Datos Personales a través del Sistema INFOMEX del Distrito Federal, y

CONSIDERANDO

1.- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, uno de sus objetivos es proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información pública gubernamental, mediante procedimientos sencillos, expeditos y gratuitos.

2.- Que la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal establece en su artículo 7° que en todas aquellas cuestiones relacionadas con el procedimiento no previstas en dicho ordenamiento, se aplicará la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, y en su defecto, el Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. De conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, la Administración Pública del Distrito Federal puede determinar la suspensión de labores señalado los días que deberán ser considerados como inhábiles para efectos del ordenamiento en cita, días en que, por consecuencia, no correrán los términos para las actuaciones gubernamentales de la Administración Pública Local.

3.- Que de acuerdo en lo establecido por el artículo 71 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal, las actuaciones y diligencias se practicarán en días y horas hábiles, considerados como inhábiles los sábados y domingos, el 1 de enero, el primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de febrero, por el aniversario de la promulgación de la constitución política de los estados unidos mexicanos, el tercer lunes de marzo, en conmemoración del 21 de marzo, por el aniversario del Natalicio de Don Benito Juárez García, Presidente de la República y Benemérito de las...

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