Decreto por el que se adiciona el diverso que establece las características de las monedas conmemorativas del 500 Aniversario del Encuentro de Dos Culturas   

Fecha de disposición06 Junio 2007
Fecha de publicación06 Junio 2007
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

DECRETO por el que se adiciona el diverso que establece las características de las monedas conmemorativas del 500 Aniversario del Encuentro de Dos Culturas.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A:

SE ADICIONA EL DIVERSO QUE ESTABLECE LAS CARACTERÍSTICAS DE LAS MONEDAS CONMEMORATIVAS DEL 500 ANIVERSARIO DEL ENCUENTRO DE DOS CULTURAS.

ARTÍCULO ÚNICO. Se adiciona el Decreto por el que se establecen las características de las monedas conmemorativas del "500 aniversario del Encuentro de Dos Culturas", publicado en el Diario Oficial de la Federación del 31 de diciembre de 1991, y reformado y adicionado mediante decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 25 de junio de 1993, 22 de mayo de 1996, 6 de enero de 2000 y 14 de mayo de 2004, con un artículo Decimoquinto, para quedar como sigue:

ARTÍCULO DECIMOQUINTO. Se autoriza la emisión de una moneda de plata con valor nominal de 100 pesos, conmemorativa del 500 aniversario del Encuentro de Dos Culturas, de acuerdo con el inciso c) del artículo 2o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos, con las características que a continuación se señalan:

a) Valor Nominal: Cien pesos.

b) Forma: Circular.

c) Diámetro: 110 mm (ciento diez milímetros).

d) Ley: 0.999 (novecientos noventa y nueve milésimos), mínimo de plata pura.

e) Peso: 1000 g. (un mil gramos), equivalente a 32.15 (treinta y dos con quince) onzas troy de plata pura.

f) Contenido: 1000 g. (un mil gramos) de plata pura.

g) Tolerancia en Ley: 0.001 g. (un milésimo) en más o en menos.

h) Tolerancia en Peso: Por unidad: 2.4 g. (dos gramos cuatro decigramos).

i) Canto: Liso.

j) Cuños: Anverso: Al centro, el Escudo Nacional en relieve escultórico, circundado con la leyenda "ESTADOS UNIDOS MEXICANOS". Rodeando a éste y siguiendo el contorno del marco, la reproducción de diferentes Escudos Nacionales utilizados a través de la historia de nuestro país, así como del águila que se encuentra en la parte central de la primera página del Códice Mendocino. El marco liso.

Reverso: En el campo superior, paralelo al marco y siguiendo el contorno del mismo, la leyenda "CALENDARIO AZTECA". En...

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