Acuerdo por el que se autoriza al Presidente Municipal, al Síndico, al Secretario de Desarrollo Sustentable, al Secretario de Obras Públicas Municipales y al Secretario de Finanzas para que conjuntamente en nombre del Municipio de Querétaro, celebren un Convenio de Colaboración con el Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Querétaro, A.C.

Pág. 9556 PERIÓDICO OFICIAL 13 de septiembre de 2013
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADA HARLETTE RODRÍGUEZ MENÍNDEZ, SECRETARIA DEL AYUNTAMIENTO, EN EJERCICIO DE LA
FACULTAD CONFERIDA POR LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL
ESTADO DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE
QUERÉTARO,
C E R T I F I C O
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 3 de septiembre de 2013, el Honorable Ayuntamiento de
Querétaro aprobó, por unanimidad de votos de los integrantes presentes, en el punto 4.5., apartado 4.5.10 del orden
del día el Acuerdo por el que se autoriza al Presidente Municipal, al Síndico, al Secretario de Desarrollo Sustentable,
al Secretario de Obras Públicas Municipales y al Secretario de Finanzas para que conjuntamente en nombre del
Municipio de Querétaro, celebren un Convenio de Colaboración con el Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de
Querétaro, A.C., el que textualmente señala:
“CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS; 35 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 3, 30
FRACCIONES II INCISOS D Y F, XVIII, 31 FRACCIÓN VIII, 33, 38 FRACCIÓN VIII Y 88, DE LA LEY ORGÁNICA
MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 73 Y 73 BIS DEL CÓDIGO MUNICIPAL, 4 FRACCIÓN VI DEL
REGLAMENTO INTERIO DE LA SECRETARIA DE FINANZAS, Y 34 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL
AYUNTAMIENTO DE QUERÉTARO; Y
C O N S I D E R A N D O
1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, los Municipios poseen personalidad jurídica y patrimonio propio y los Ayuntamientos se encuentran
facultados para aprobar las disposiciones que organicen la Administración Pública Municipal, que regulen las
materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia.
2. En términos de lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, la
representación legal de los municipios corresponde al Ayuntamiento, quien la ejercerá a través del Síndico o
delegándola a favor de terceros mediante acuerdo expreso. Por tanto, el Ayuntamiento es competente para
designar la persona o personas que puedan celebrar actos jurídicos en su nombre.
3. Los Ayuntamientos podrán celebrar convenios con otros municipios, con el Estado y con los particulares, a fin
de coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las
funciones que les correspondan, o para cualquier otro aspecto del índole administrativo, que requiera de auxilio
técnico u operativo, conforme lo establece la fracción XVIII del artículo 30 de la Ley Orgánica Municipal del
Estado de Querétaro.
4. Mediante oficio signado por el Secretario de Desarrollo Sustentable, Doctor Ramón Abonce Meza, recibido en
la Secretaría del Ayuntamiento el 27 de agosto de 2013, remite el proyecto de Convenio de Colaboración a
celebrarse entre el Colegio de Ingenieros Civiles y el Municipio de Querétaro, solicitando se lleven a cabo los
trámites correspondientes a fin de lograr la celebración de dicho instrumento, formándose, para tal efecto, en la
Secretaría del Ayuntamiento, el expediente número CDUE/292/DPC/2013.
5. El convenio de referencia, tiene como objeto la colaboración entre el Colegio citado y el Municipio con el fin de
garantizar que a los profesionistas que designe el Colegio como Directores Responsables de Obra y
Corresponsables dentro del territorio del Municipio de Querétaro, se encuentren actualizados permanentemente
de conocimientos técnicos y se obliguen al estricto cumplimiento de lo establecido por el Reglamento de
Construcción del Municipio de Querétaro y el Código Urbano del Estado de Querétaro; y el mismo se sujeta a
las estrategias contenidas en el Plan Municipal de Desarrollo 2012-2015, Eje 5 denominado “Buen Gobierno”,
que está basado en la construcción de un gobierno de calidad total, respondiendo de forma eficaz y oportuna a
las necesidades del ciudadano, transformando con ello sus condiciones de vida.

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