Acuerdo por el que se delega en el Oficial Mayor de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la facultad para autorizar las erogaciones por concepto de gastos de orden social, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, espectáculos culturales o cualquier otro tipo de foro o evento análogo que requieran efectuar las unidades administrativas de la dependencia

Fecha de disposición17 Julio 2008
Fecha de publicación17 Julio 2008
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. JAVIER LOZANO ALARCON, Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16 y 40 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 63 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y 1, 2, 3, 4, 5 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 16 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que corresponde originalmente a los titulares de las secretarías de Estado el trámite y resolución de los asuntos de su competencia, y que para la mejor organización del trabajo podrán delegar en los servidores públicos subalternos, cualquiera de sus facultades, excepto aquellas que por disposición de ley o del reglamento interior respectivo, deban ser ejercidas precisamente por dichos titulares;

Que el artículo 5, fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social señala que la representación, trámite y resolución de los asuntos competencia de la dependencia corresponde originalmente al Secretario, quien para la mejor distribución y desarrollo de sus facultades, podrá: "Conferir sus facultades delegables a servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo, mediante la expedición de acuerdos que deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación";

Que el artículo 63 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, prevé que a los titulares de las dependencias les corresponde autorizar las erogaciones que se realicen por concepto de gastos de orden social, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, espectáculos culturales o cualquier otro tipo de foro o evento análogo, sin que dicha atribución se considere no delegable, y

Que con el propósito de agilizar los procedimientos para otorgar las autorizaciones mencionadas en el considerando anterior, se ha estimado conveniente delegar en el Oficial Mayor del Ramo esa facultad, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO.- Se delega en el Oficial Mayor de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, la facultad para autorizar las erogaciones por concepto de gastos de orden social, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, espectáculos culturales o cualquier otro tipo de foro o evento análogo que requieran efectuar las unidades...

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