Confirma Tepjf Validez

México, D.F., a 14 de noviembre de 2012

No. 188/2012

CONFIRMA TEPJF VALIDEZ DE LA ELECCIÓN DE GOBERNADOR DE JALISCO

[bullet]La Sala Superior ratificó el acuerdo del Consejo General del IFE para la redacción del Libro Blanco del Proceso Electoral Federal 2011-2012

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la declaración de validez de la elección de gobernador de Jalisco y la entrega de la constancia de mayoría a favor de Jorge Aristóteles Sandoval Díaz, candidato postulado por la coalición Compromiso por Jalisco, para el periodo del 1 de marzo de 2013 al 28 de febrero de 2019.

En el proyecto de sentencia, aprobado por unanimidad y elaborado por la ponencia del magistrado presidente José Alejandro Luna Ramos, se señala que en su impugnación el partido Movimiento Ciudadano no controvirtió las razones que sustentan el fallo del Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado de Jalisco, en el sentido de que éste omitió el estudio de constitucionalidad del artículo 13 de la Constitución local.

Así, se estimó infundado el agravio relativo a que el tribunal local no se pronunció sobre el rebase de topes de campaña, ya que dicho órgano sí analizó las supuestas violaciones, y el actor no tenía datos probatorios respecto al monto de las erogaciones pagadas por la coalición Compromiso por México.

El magistrado Luna Ramos explicó que lo que impugnó Movimiento Ciudadano no fue la validez de la elección de gobernador de Jalisco, sino la resolución del juicio de inconformidad, y que para que la Sala Superior pudiera estudiar si efectivamente hubo inequidad en el proceso electoral, era indispensable que el partido combatiera eficazmente los motivos que respaldan la resolución impugnada y que aportara las pruebas necesarias.

"Movimiento Ciudadano se limitó a solicitar que se declarara la nulidad de la elección, porque desde su perspectiva el hecho de no haber recibido financiamiento público y contender con los partidos políticos que sí lo recibieron, afectó el principio de equidad", dijo.

En relación a la supuesta difusión de propaganda denostativa, indicó que el Tribunal Estatal consideró que el contenido del material probatorio no era suficiente para acreditar los hechos denunciados, ya que las notas analizadas no representaban la opinión de la coalición, por lo que no se acreditó la supuesta campaña de desprestigio.

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Por unanimidad el Pleno de la...

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