Dictamen Técnico referente a la Entrega-Recepción de las obras de urbanización del Condominio de tipo popular denominado “Pedro Bermúdez”, ubicado en calle Monte Cristo No. 169, Fraccionamiento La Loma, Delegación Municipal Félix Osores Sotomayor de esta ciudad.

13 de noviembre de 2009 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 12831
“Se aprueba incorporar una partida al Presupuesto de Egresos y en los subsecuentes, equivalente al 2.54
% de los ingresos propios aprobados en la Ley de Ingresos del ejercicio fiscal correspondiente, a efecto
de que los integrantes del H. Ayuntamiento puedan disponer, ejercer y responsabilizarse de la suficiencia
presupuestaria otorgada para el sostenimiento de las actividades administrativas y de gestión que les
correspondan, bajo los conceptos de asesorías, honorarios, apoyos, donativos, viáticos, capacitación,
gastos de representación, mantenimiento vehicular y combustible, en términos de lo dispuesto por el
artículo 35 de la Ley para la Organización Política y Administrativa del Municipio Libre del Estado de
Querétaro, Arteaga.
Los recursos correspondientes serán distribuidos de manera equitativa entre los regidores integrantes del
H. Ayuntamiento, por conducto de los coordinadores de grupo o fracción correspondientes, los cuales
serán entregados de manera anticipada en parcialidades mensuales, debiendo los regidores presentar
informes ante la Secretaría del H. Ayuntamiento, por conducto de su coordinador de grupo o fracción en
los plazos que para la entrega de la cuenta pública se establecen en las leyes respectivas, cuyo informe
será considerado como medio para acreditar el ejercicio y manejo de los recursos señalados en el párrafo
anterior.
Los informes a que se refiere el párrafo anterior, correspondientes al cuarto trimestre del 2006, y primer
semestre de 2007, deberán ser presentados ante la Secretaria del H. Ayuntamiento dentro de los quince
días posteriores a la entrada en vigencia del presente acuerdo...”.
5. Que en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha diez de febrero de dos mil nueve, el H. Ayuntamiento de
Querétaro, aprobó la Modificación al Acuerdo aprobado por el Ayuntamiento de Querétaro en Sesión
Ordinaria de Cabildo de Fecha 28 de Octubre de 2003, y que fuera Modificado en Sesión Ordinaria de
Cabildo de Fecha 9 de Octubre de 2007, mismo que consta en el acta de la sesión respectiva, quedando el
punto primero del acuerdo citado en los términos siguientes:
ÚNICO.- Se aprueba la modificación del Acuerdo Relativo a la Adquisición de Herramientas de Trabajo
Para el Mejor Funcionamiento de las Actividades de los Miembros del H. Ayuntamiento, aprobado por el
Ayuntamiento de Querétaro en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha veintiocho de octubre de dos mil
tres, y modificado en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha nueve de octubre de dos mil siete, para
quedar en los términos expresados en el Considerando número 6. del presente Acuerdo.”
6. Que la situación por la cual actualmente atraviesa la economía del país demanda acciones decididas y
firmes, no solo de la sociedad civil, sino de todos los funcionarios públicos. Por ello, se considera de
trascendental importancia disminuir el gasto público no destinado a acciones en beneficio social directo,
como lo son las prerrogativas económicas a que tienen derecho los integrantes del Honorable
Ayuntamiento de Querétaro, las cuales son susceptibles de disminución en beneficio de la sociedad.
7. Que por lo expuesto anteriormente, el Acuerdo Relativo a la Adquisición de Herramientas de Trabajo Para
el Mejor Funcionamiento de las Actividades de los Miembros del H. Ayuntamiento, aprobado por el
Ayuntamiento de Querétaro en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha veintiocho de octubre de dos mil tres,
y que fuera modificado en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha nueve de octubre de 2007, debe quedar de
la siguiente forma:
ÚNICO. Se aprueba incorporar una partida al Presupuesto de Egresos del Ejercicio Fiscal, y en los
ejercicios fiscales de los subsecuentes años, equivalente a 15,020.21953 salarios del mínimo general
vigente para la zona C al que corresponde Querétaro, Qro., mensuales, de los ingresos propios
aprobados en la Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro del ejercicio fiscal correspondiente, a efecto
de que los integrantes del H. Ayuntamiento puedan disponer, ejercer y responsabilizarse de la suficiencia
presupuestaria otorgada para el sostenimiento de las actividades administrativas y de gestión que les
correspondan, bajo los conceptos de asesorías, honorarios, apoyos, donativos, viáticos, capacitación,
gastos de representación, mantenimiento vehicular y combustible, en términos de lo dispuesto por el
artículo 35 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.

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