Acuerdo por el que se da a conocer la Convocatoria al Concurso de Ascenso de la Rama Diplomático-Consular del Servicio Exterior Mexicano 2004

Fecha de disposición03 Septiembre 2004
Fecha de publicación03 Septiembre 2004
EmisorSECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se da a conocer la Convocatoria al Concurso de Ascenso de la Rama Diplomático-Consular del Servicio Exterior Mexicano 2004.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Relaciones Exteriores.

LUIS ERNESTO DERBEZ BAUTISTA, Secretario de Relaciones Exteriores, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 12, 26 y 28, fracción II de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 37, 37 BIS, 38 y Quinto Transitorio de la Ley del Servicio Exterior Mexicano; 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, y 53 del Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, 1 y 7, fracción XXII del Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores, así como las demás disposiciones aplicables, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, establece como una misión del Poder Ejecutivo Federal, insertar a México en la competencia internacional, equilibrando los beneficios y costos de la globalización, para lo cual es necesario contar con un gobierno inteligente, capaz de utilizar los más avanzados sistemas administrativos y tecnológicos para evitar el dispendio de recursos y promover la eficacia de su función en todos los órdenes, de ahí la necesidad de ser más transparente en los ascensos del personal del Servicio Exterior Mexicano, tanto en la Rama Diplomático-Consular como en la Técnico-Administrativa;

Que en términos de lo dispuesto por el artículo 37 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, la Comisión de Personal organizará concursos de ascenso del personal de carrera de la Rama Diplomático-Consular a los rangos de Segundo Secretario, Primer Secretario, Consejero y Ministro, los cuales serán acordados por el Secretario de Relaciones Exteriores previa recomendación de la Comisión de Personal;

Que con el objeto de dar certidumbre y seguridad jurídica a los miembros de la Rama Diplomático-Consular del Servicio Exterior Mexicano de los aspectos que se tomarán en cuenta en el Concurso de Ascenso 2004, de conformidad con lo dispuesto por la Ley del Servicio Exterior Mexicano y su Reglamento, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO

UNICO.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 1, 1 BIS fracción XXIV, 26, 27, 37, 37 BIS, 38 y quinto transitorio de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (LSEM), 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49 y 53 del Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano (RLSEM) y por recomendación de la Comisión de Personal, se convoca al Concurso de Ascenso en la Rama Diplomático-Consular del Servicio Exterior Mexicano (SEM) 2004, en los siguientes términos:

Se someterán a Concurso de Ascenso las siguientes plazas:

Ministro 15

Consejero 20

Primer Secretario 22

Segundo Secretario 25

De conformidad con lo establecido en los artículos 37 y 38 de la LSEM, podrán participar en el Concurso de Ascenso los Consejeros, Primeros, Segundos y Terceros Secretarios que tengan una antigüedad de dos años como mínimo en el rango al que pertenezcan. No podrán participar aquellos miembros del Servicio Exterior Mexicano que se encuentren en disponibilidad.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46, fracción II del RLSEM, la Comisión de Personal por recomendación de la Subcomisión de Evaluación, determinará si un funcionario puede o no participar en el Concurso de Ascenso, cuando éste haya sido sancionado por faltas administrativas, desde su último ascenso y hasta la entrada en vigor del presente Acuerdo.

De acuerdo a lo que señala el artículo 37 de la LSEM, el Concurso de Ascenso comprenderá la evaluación del expediente y los exámenes escrito y oral, mismos que se desarrollarán conforme a los términos del presente Acuerdo y al calendario que oportunamente se dará a conocer.

La evaluación del expediente tendrá un valor máximo de 50 puntos, y se realizará en función de las siguientes prioridades: méritos y eficiencias demostrados en el desempeño de sus cargos y comisiones; potencial de desarrollo y capacidad para asumir mayores responsabilidades; y la antigüedad en el rango y en el servicio. Los elementos a considerar de acuerdo a lo establecido en la fracción I del artículo 47 del RLSEM son:

Los informes reglamentarios, hasta 10 puntos;

Adscripciones, hasta 5 puntos;

Presentación de Merecimientos y Trayectoria (PMT), hasta 20 puntos;

Antigüedad absoluta y relativa, hasta 5 puntos por cada una, y

Preparación académica, hasta 5 puntos.

Se requiere un mínimo de 30 puntos en la evaluación de expediente para poder participar en el Concurso de Ascenso, conforme a lo señalado en la fracción II del artículo 46 del RLSEM.

Asimismo, la puntuación por exámenes tendrá un valor máximo de 50 puntos: 25 puntos el examen escrito y 25 el oral. La puntuación mínima aprobatoria será de 30 puntos, de acuerdo a lo establecido en la fracción II del artículo 47 del RLSEM.

  1. EVALUACION DE EXPEDIENTE

    Los expedientes serán evaluados por la Subcomisión de Evaluación. Para tal efecto, a más tardar 15 días naturales después de la entrada en vigor del presente Acuerdo, los concursantes deberán hacer llegar a la Dirección General del Servicio Exterior y de Personal su PMT, a fin de incorporarla a los elementos de evaluación de su expediente.

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del RLSEM, en la puntuación del expediente se integrarán los siguientes rubros, valores y criterios:

    1. Los informes reglamentarios, hasta 10 puntos

      En la evaluación de los expedientes se considerarán los informes semestrales reglamentarios, presentados desde el último Concurso de Ascenso en el que hayan participado y hasta el correspondiente al primer semestre de 2004. Cabe señalar que, la calificación se obtendrá promediando los informes reglamentarios existentes en el expediente.

    2. Adscripciones, hasta 5 puntos

      Se considerarán el nivel de mayor responsabilidad y las tareas desarrolladas desde el último ascenso, conforme a la siguiente tabla:

      TERCEROS SECRETARIOS SEGUNDOS SECRETARIOS

      CARGOS Y FUNCIONES EN LA SRE O EN DELEGACIONES CARGOS Y FUNCIONES EN EL EXTERIOR PUNTOS CARGOS Y FUNCIONES EN LA SRE O EN DELEGACIONES CARGOS Y FUNCIONES EN EL EXTERIOR PUNTOS
      DIRECTOR DE AREA O EQUIVALENTE (REHOMOLOGADO) CONSUL ALTERNO JEFE DE CANCILLERIA ENCARGADO DE NEGOCIOS EN UNA REPRESENTACION DE MEXICO EN EL EXTERIOR POR UN MINIMO DE SEIS MESES 5 DIRECTOR DE AREA O SUPERIOR DE ESTRUCTURA (HOMOLOGADO O REHOMOLOGADO) TITULAR DE CONSULADO DE CARRERA JEFE DE CANCILLERIA CONSUL ALTERNO EN CONSULADO GENERAL TITULAR DE OFICINA CONSULAR DIRECTOR CENTRO CULTURAL
      ...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR