Acuerdo General 51/2004 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones de los Juzgados de Distrito A y B de Procesos Penales Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en Cintalapa de Figueroa; al reinicio de funciones del Juzgado de Procesos Penales Federales en la propia materia y jurisdicción; a...

Fecha de Resolución27 de Agosto de 2004

ACUERDO General 51/2004 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de funciones de los Juzgados de Distrito A y B de Procesos Penales Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en Cintalapa de Figueroa; al reinicio de funciones del Juzgado de Procesos Penales Federales en la propia materia y jurisdicción; a la nueva denominación del actual Juzgado de Distrito en la materia y residencia indicados; a la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial, domicilio y fecha de inicio de funcionamiento del Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en Cintalapa de Figueroa; así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos de dichos Juzgados de Distrito.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 51/2004, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA CONCLUSION DE FUNCIONES DE LOS JUZGADOS DE DISTRITO A Y B DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL ESTADO DE CHIAPAS, CON RESIDENCIA EN CINTALAPA DE FIGUEROA; AL REINICIO DE FUNCIONES DEL JUZGADO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN LA PROPIA MATERIA Y JURISDICCION; A LA NUEVA DENOMINACION DEL ACTUAL JUZGADO DE DISTRITO EN LA MATERIA Y RESIDENCIA INDICADOS; A LA DENOMINACION, RESIDENCIA, COMPETENCIA, JURISDICCION TERRITORIAL, DOMICILIO Y FECHA DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO DEL JUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL ESTADO DE CHIAPAS, CON RESIDENCIA EN CINTALAPA DE FIGUEROA; ASI COMO A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE ASUNTOS DE DICHOS JUZGADOS DE DISTRITO.

CONSIDERANDO

PRIMERO

Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO

En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Tribunal Electoral, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO

El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

CUARTO

El artículo 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 81, fracciones VI y XXIV; y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número y límites territoriales de los juzgados de Distrito, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana, así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución, esta última, que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, en términos del artículo 65, fracción III, del Acuerdo General 48/1998, del Pleno del propio Consejo;

QUINTO

Mediante Acuerdo General 45/2004, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal determinó la creación del Juzgado de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en Cintalapa de F., así como su transformación temporal en juzgado de Distrito A y juzgado de Distrito B , los cuales iniciaron funciones el dos de agosto de dos mil cuatro, con la residencia, competencia y jurisdicción territorial referidas en dicho Acuerdo General.

SEXTO

En virtud de que la especialización de los órganos jurisdiccionales de procesos penales federales, es una materia que requiere de una cercanía constante del juez en el proceso y su intervención directa en las diversas etapas que lo conforman.

Asimismo, porque para cumplir con el principio regulado por el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial; principio que se cumple no sólo con un número suficiente de órganos jurisdiccionales, sino además, con que se encuentren ubicados en lugares accesibles, lo que sucede en el caso de los órganos jurisdiccionales federales radicados en Cintalapa de F., Chiapas.

También, porque de los resultados estadísticos recientes del Vigésimo Circuito, que comprende al Estado de Chiapas, se advierte un crecimiento constante del número de causas penales que ingresan al mismo.

Se estima procedente la transformación definitiva en juzgados de número de los juzgados de Distrito A y B de Procesos Penales Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en Cintalapa de F..

En consecuencia, con fundamento en los artículos constitucionales y legales invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

PRIMERO

Se determina la conclusión de funciones del Juzgado de Distrito A de Procesos Penales Federales en el Estado de Chiapas y del Juzgado de Distrito B en esa misma materia y Estado, ambos con sede en Cintalapa de F., a partir de las veinticuatro horas del veintinueve de agosto de dos mil cuatro.

El treinta de agosto de dos mil cuatro reinicia funciones el Juzgado de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Chiapas, con residencia en Cintalapa de F., con su nueva denominación de...

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