Acuerdo por el que se modifica la fecha de conclusión de veda para la captura de camarón en aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, establecida en el artículo primero fracción II del diverso publicado el 28 de abril de 2004

Fecha de disposición14 Octubre 2004
Fecha de publicación14 Octubre 2004
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

ACUERDO por el que se modifica la fecha de conclusión de veda para la captura de camarón en aguas marinas de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe, establecida en el artículo primero fracción II del diverso publicado el 28 de abril de 2004.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA LA FECHA DE CONCLUSION DE VEDA PARA LA CAPTURA DE CAMARON EN AGUAS MARINAS DE JURISDICCION FEDERAL DEL GOLFO DE MEXICO Y MAR CARIBE, ESTABLECIDA EN EL ARTICULO PRIMERO FRACCION II DEL DIVERSO PUBLICADO EL 28 DE ABRIL DE 2004.

JAVIER BERNARDO USABIAGA ARROYO, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, con fundamento en los artículos 35 fracciones XXI y XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o. y 3o. fracción VI de la Ley de Pesca; 14, 14 bis, 14 bis 2, 24, 25 y 26 de su Reglamento y la Norma Oficial Mexicana NOM-OO9-PESC-1993, Que establece el procedimiento para determinar las épocas y zonas de veda para la captura de las diferentes especies de la flora y fauna acuáticas, en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 1994, y

CONSIDERANDO

Que el 28 de abril de 2004, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el establecimiento de épocas y zonas de veda para la captura de las especies de camarón en aguas marinas y de los sistemas lagunarios estuarinos de jurisdicción federal del Golfo de México y Mar Caribe.

Que en el artículo primero fracción II de dicho instrumento, se estableció un periodo de veda para todas las especies de camarón existentes en aguas marinas de jurisdicción federal desde la desembocadura del Río Coatzacoalcos, Veracruz, hasta una línea imaginaria con rumbo al Norte, trazada sobre el meridiano de los 87°00'00” de longitud Oeste, que se prolonga hasta el límite de la Zona Económica de los Estados Unidos Mexicanos, excepto la zona costera de los estados de Campeche y Tabasco, para la pesquería de camarón siete barbas del 1 de mayo al 31 de octubre de 2004.

Que el Instituto Nacional de la Pesca realizó dos cruceros de investigación pesquera en la Sonda de Campeche durante julio y agosto del presente año, con el propósito de obtener información sobre las poblaciones de las especies de camarón en esta...

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