Convocatoria para el concesionamiento de la operación y explotación de la vía corta Tijuana-Tecate, así como para la prestación del servicio público de transporte ferroviario que en ella opera

Fecha de disposición24 Marzo 1999
Fecha de publicación24 Marzo 1999
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

CONVOCATORIA para el concesionamiento de la operación y explotación de la vía corta Tijuana-Tecate, así como para la prestación del servicio público de transporte ferroviario que en ella opera.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

CONVOCATORIA PARA EL CONCESIONAMIENTO DE LA OPERACION Y EXPLOTACION DE LA VIA CORTA TIJUANA-TECATE ASI COMO PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE FERROVIARIO QUE EN ELLA OPERA

Con fundamento en los artículos 28 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 36 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 5, 6, 7, 9 y 11 de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario; primero, sexto, décimo y decimosegundo del Acuerdo que crea la Comisión Intersecretarial de Desincorporación y con base en el numeral 5 de los Lineamientos generales para la apertura a la inversión en el Sistema Ferroviario Mexicano (en adelante los "Lineamientos") y de los acuerdos adoptados por la Comisión Intersecretarial de Desincorporación en sesión del 17 de febrero de 1999, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (en adelante la "Secretaría"), convoca a los interesados en obtener la concesión respecto de la vía general de comunicación ferroviaria denominada:

VIA CORTA TIJUANA-TECATE Conforme a las siguientes:

BASES

  1. Objeto

    Es objeto de esta licitación el otorgamiento de un título de concesión (en adelante el “Título de Concesión”), por 30 años, otorgado al amparo de la Ley Reglamentaria del Servicio Ferroviario y su Reglamento, para operar y explotar la vía general de comunicación ferroviaria Tijuana-Tecate (en adelante la “Vía Corta”) y prestar el servicio público de transporte ferroviario que en ella opera, así como para prestar los servicios auxiliares en los términos y condiciones que se señalen en el Título de Concesión, el cual, en su caso, incluirá derechos de paso obligatorios para tramos determinados.

    La Vía Corta se integra en los términos siguientes:

    La Línea “UB” que corresponde al tramo Tijuana-Tecate en el Estado de Baja California, del kilómetro 0.000 al 71.429, con una longitud de 71.429 kilómetros.

    Cuenta con una estación: Tijuana; y dos patios: Tijuana y Tecate.

    La integración definitiva de la Vía Corta será la que se establezca en el Título de Concesión respectivo.

  2. Requisitos para participar en la licitación

    Los interesados en participar deberán obtener la autorización de la Secretaría, para lo cual deberán: a) acreditar su capacidad jurídica, administrativa, técnica y financiera; b) constituir la garantía de seriedad de las proposiciones, y c) obligarse a guardar confidencialidad sobre la información que les sea proporcionada, en los términos siguientes:

    2.1. Autorización. Para solicitar autorización, los interesados deberán: a) presentar solicitud en el formato que para ese propósito les será proporcionado, y b) llenar un formulario (en lo sucesivo el "Formulario”) en el que se indique, entre otros aspectos, aquellas actividades cuya ejecución pretenda contratar con terceros y al que se deberá adjuntar una manifestación escrita, bajo protesta de decir verdad, de que los interesados actúan a nombre y por cuenta propia, así como los demás documentos que en dicho Formulario se requieran.

    Los interesados que conformen grupos deberán intervenir a través de un representante común con facultades suficientes para obligarlos en la forma y términos que se indican en las presentes bases, en el entendido de que, en caso de resultar ganadores y previamente al otorgamiento del Título de Concesión, deberán ceder los derechos de ganador a una sociedad mercantil mexicana, cuya estructura de capital, administrativa y de operación sea la misma conforme a la cual están autorizados para participar en la licitación, y en cuyo capital social la inversión extranjera no exceda del 49 por ciento, de conformidad con el numeral 4.1. siguiente.

    Los interesados deberán acreditar su capacidad técnica en los términos señalados en el Formulario, sin perjuicio de lo señalado en el numeral 5.8.1.2. siguiente. El interesado, en su caso, deberá acreditar dicha capacidad mediante un convenio de asociación o carta compromiso que, a satisfacción de la Secretaría, asegure que el interesado o las personas con las que pretende contratar otorgarán conjunta o separadamente el apoyo técnico que requiera la Vía Corta.

    En caso de que el interesado se encuentre impedido temporalmente para presentar, en las fechas que en la presente Convocatoria y bases se señalan, las cartas y compromisos a que se alude en el párrafo anterior, se estará a lo dispuesto en el Formulario para este supuesto y en caso de reunir los requisitos que en el mismo se señalan, podrá ser autorizado en el entendido de que, de resultar ganador de la licitación, deberá presentar los convenios correspondientes antes de iniciar la operación de la Vía Corta. Los interesados que se encuentren en este supuesto, adicionalmente deberán contar con un capital contable mínimo de $30'000,000.00 (treinta millones de pesos 00/100 M.N.).

    Los interesados que hubieren sido autorizados para participar en otras licitaciones del proceso de apertura a la inversión en el Sistema Ferroviario Mexicano, sólo deberán presentar la solicitud a que se refiere el inciso a) del primer párrafo de este numeral; la información y documentación adicional que conforme al Formulario se solicite; confirmar por escrito que la información presentada para las otras licitaciones sigue siendo vigente o, en su caso, la actualización de la misma.

    2.1.1. El formato de solicitud de autorización y el Formulario estarán a disposición de los interesados, a partir de la fecha de publicación de la presente Convocatoria, en las oficinas de la Dirección Corporativa de Proyectos Especiales de Ixe Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, Ixe Grupo Financiero, S.A. de C.V., institución que actúa como agente financiero del Gobierno Federal para la desincorporación de la Vía Corta (en adelante el “Agente Financiero”), en el domicilio señalado en el numeral 10.4. siguiente, quien los entregará a los interesados que así lo soliciten por escrito y a más tardar en la fecha que se señala en el numeral 2.1.2. siguiente.

    2.1.2. Los interesados deberán presentar su solicitud de autorización y el Formulario junto con sus anexos en las oficinas del Agente Financiero, a más tardar el 28 de abril de 1999.

    La Secretaría podrá requerir aclaraciones o información adicional relacionada directamente con la contenida en el Formulario y sus anexos, así como sostener entrevistas con los interesados dentro de un plazo que vencerá el 3 de mayo de 1999. El interesado deberá remitir la información a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes a que se le requiera, en caso de que no presente la información o documentación en dicho plazo, se le tendrá por desistido.

    2.1.3. La Secretaría calificará cada una de las solicitudes de autorización a fin de determinar si el interesado acredita su capacidad jurídica, técnica, administrativa y financiera y, previo conocimiento de la Comisión Intersecretarial de Desincorporación, notificará a los interesados la resolución correspondiente a más tardar el 10 de mayo de 1999, mediante escrito firmado por el Secretario Técnico (en adelante el “Secretario Técnico”) del Comité de Reestructuración del Sistema Ferroviario Mexicano (en adelante el “Comité”).

    A más tardar el día 14 de mayo de 1999, los interesados deberán constituir la garantía de seriedad y asumir el compromiso de confidencialidad a que se refieren los numerales 2.2. y 2.3. siguientes, hecho lo cual, la Secretaría entregará al interesado dentro de los tres días hábiles siguientes, la constancia de autorización respectiva, que lo acreditará como Participante.

    No se otorgará la autorización a los interesados cuya solicitud: a) no se presente en términos del numeral 2.1.; b) no incluya la información o documentación solicitada; c) contenga información o documentación falsa o que carezca de validez jurídica; d) no acredite la personalidad jurídica y representación suficiente de quienes firmen cualquier documento en nombre y representación de los interesados; e) no acredite la capacidad técnica, administrativa o financiera; f) se presente extemporáneamente o g) no constituya la garantía de seriedad a que se refiere el numeral 2.2. o no suscriba el convenio de confidencialidad señalado en el numeral 2.3. de estas bases.

    Asimismo, no se otorgará autorización a aquellos interesados que habiendo participado en otra licitación del proceso de apertura a la inversión en el Sistema Ferroviario Mexicano: a) hubieran sido descalificados por contravenir lo dispuesto en el numeral 4.4. o b) que habiendo resultado ganadores no hayan cubierto las contraprestaciones correspondientes en los términos establecidos en sus respectivas bases de licitación.

    Unicamente podrán ser modificados los términos y condiciones previstos en la autorización respectiva o transferirse los derechos que ella confiere, por acuerdo de la propia Secretaría, mismo que deberá solicitarse a más tardar el 7 de junio de 1999, con excepción del supuesto en que un Participante pretenda conformar un grupo con otros Participantes o integrar a un tercero, directa o indirectamente, como miembro del grupo Participante, en cuyo caso la solicitud respectiva deberá presentarse a la Secretaría a más tardar el 4 de junio de 1999.

    2.2. Garantía de seriedad. El monto de la garantía de seriedad será de $5'000,000.00 (cinco millones de pesos 00/100 M.N.), misma que los interesados deberán cubrir en los términos siguientes:

    2.2.1. Para constituir la garantía de seriedad de las proposiciones, los interesados deberán celebrar un contrato de fideicomiso en garantía con Ixe Banco, S.A., Institución de Banca Múltiple, Ixe Grupo Financiero, en el que deberán afectar dinero en efectivo o bien, entregar al Agente Financiero carta de crédito expedida por...

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