Conapred critica fallo de Corte sobre joven con asperger

MÉXICO, D.F., octubre 17 (EL UNIVERSAL).- El fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en el caso de Ricardo Adair Coronel Robles, el joven con Síndrome de Asperger -un grado menor de autismo-, en el que le concedió el amparo pero no le suspendió el estado de interdicción que restringe sus garantías jurídicas, es insuficiente y en los hechos lo alejó del pleno ejercicio de sus derechos, tal como lo establece la Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) que México está obligada a aplicar.

Así fijó su posición sobre el caso el presidente del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred), Ricardo Bucio Mújica, quien consideró insuficiente la resolución de los ministros de la Primera Sala del Alto Tribunal, ya que calificaron constitucional el juicio de interdicción, "que lejos de favorecerlo entorpecerá el ejercicio de sus derechos".

Criticó que la SCJN "lejos de atender la petición de Ricardo Adair le alejó del pleno ejercicio de sus derechos de acuerdo con lo establecido por la Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), pues solicitaba que la interdicción fuera declarada inconstitucional".

En un comunicado Bucio Mújica también cuestionó que los ministros hayan determinado que un juez familiar deba de establecer qué tipo de actos puede realizar por si sola la persona con discapacidad, y en que otros requerirá de alguien que lo auxilie.

"Es decir, el ejercicio de derechos de una persona con discapacidad se deja en la subjetividad de una autoridad civil y no en los parámetros que marca la legislación internacional, acorde...

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