Circular por la que se comunica a las dependencias, Procuraduría General de la República y entidades de la Administración Pública Federal, así como a las entidades federativas, la sentencia definitiva emitida en el juicio 5706/10-07-01-9 emitida por la Primera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Fecha de disposición15 Agosto 2012
Fecha de publicación15 Agosto 2012
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social.- Area de Responsabilidades.- Expedientes PISI-A-JAL-NC-DS-0070/2007 y PISI-A-JAL-NC-DS-0071/2007.- Oficio 00641/30.15/4587/2012.- Exp. Int. 03/11.- Reg. 14106. CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS, PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, LA SENTENCIA DEFINITIVA EMITIDA EN EL JUICIO 5706/10-07-01-9 EMITIDA POR LA PRIMERA SALA REGIONAL DE OCCIDENTE DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA.

Oficiales mayores de las dependencias,

Procuraduría General de la República

y equivalentes de las entidades de la

Administración Pública Federal y de los

gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

La Primera Sala Regional de Occidente del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, dentro del juicio de nulidad número 5706/10-07-01-9, promovido por el C. Héctor del Rincón Salazar, representante legal de la empresa Intercontinental de Medicamentos, S.A. de C.V., en contra de la resolución de fecha 24 de septiembre de 2010, dictada dentro de los expedientes números PISI-A-JAL-NC-DS-0070/2007 y PISI-A-JAL-NC-DS-0071/2007, por esta Area de Responsabilidades del Organo Interno de Control en el Instituto Mexicano del Seguro Social, en la que se le impusieron a la citada empresa la sanciones consistentes en multa por la cantidad de $72,540.00 (setenta y dos mil quinientos cuarenta pesos 00/100 M.N.) e inhabilitación por el término de 3 meses, para que por sí misma o a través de interpósita persona, no pueda presentar propuestas ni celebrar contrato alguno con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como con las entidades federativas cuando utilicen recursos federales conforme a los convenios celebrados con el Ejecutivo Federal sobre las materias de adquisiciones, arrendamientos, servicios, obras públicas y servicios relacionados con las mismas; dictó sentencia el 7 de noviembre de 2011, en los términos siguientes:

I.- La parte actora no probó su acción y, en consecuencia;

II.- Se reconoce la validez de la resolución impugnada, descrita en el resultando primero de esta sentencia.

III.- NOTIFIQUESE...

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