De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXVII Bis del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo; y se adiciona el artículo 28 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de permisos de paternidad

Fecha de publicación04 Abril 2017
Número de Gaceta XX - 4753
SecciónAnexos

De la Comisión de Trabajo y Previsión Social, con proyecto de decreto por el que se reforma la fracción XXVII Bis del artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo; y se adiciona el artículo 28 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B del Artículo 123 Constitucional, en materia de permisos de paternidad

Honorable Asamblea:

A la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión en la LXIII Legislatura, le fueron turnadas por la Mesa Directiva, para su estudio y dictamen diversas iniciativas en materia de paternidad, presentadas por diputadas y diputados integrantes de los grupos parlamentarios representados en esta Cámara de Diputados.

En atención a la identidad en los temas contenidos en las iniciativas objeto del presente dictamen y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39, numerales 1, 2, fracción XLIX y 3; 45, numerales 6 incisos e) y f), y 7 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como en los artículos 80; 81, numeral 2; 82 numeral 1; 84; 85; 157, numeral 1, fracción I y 158, numeral 1, fracción IV y demás aplicables del Reglamento de la Cámara de Diputados, la Comisión de Trabajo y Previsión Social se dedicó al estudio y dictamen de las iniciativas en materia de permisos de paternidad.

En esa tesitura, las y los integrantes de esta Comisión de Trabajo y Previsión Social formulamos y sometemos a consideración del Honorable Pleno de la Cámara de Diputados el presente dictamen, conforme a la siguiente:

METODOLOGÍA

I. En el apartado “ANTECEDENTES” se indica la fecha de presentación ante el Pleno de la Cámara de Diputados de las diversas iniciativas en materia de paternidad y del turno dictado por la Mesa Directiva a la Comisión de Trabajo y Previsión Social para su estudio y dictamen correspondiente.

II. En el apartado denominado “CONTENIDO DE LAS INICIATIVAS” se resumen y se presenta un comparativo por cada una de las iniciativas que se dictaminan, con el propósito de respetar y transparentar en forma individual las propuestas objeto de estudio.

III. En el apartado de “DERECHO COMPARADO” se analizan las normas vigentes en otros países en materia de paternidad, a efecto de contar con mayores elementos de estudio y referencias, destacando experiencias normativas exitosas.

IV. En el apartado de “ANÁLISIS CON PERSPECTIVA DE DERECHOS HUMANOS”, se analizarán los temas objeto de dictamen, desde una perspectiva e interpretación de derechos humanos y criterios de organismos internacionales especializados en la materia, de acuerdo a lo que dispone el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

V. En el apartado de “DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA”, se analizará lo que ha dicho la doctrina especializada, así como los criterios y jurisprudencias emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el tema objeto de estudio.

VI. En el apartado de “CONCLUSIONES DEL FORO: “Conciliación de la vida familiar y laboral: Responsabilidad social y productividad en el trabajo”, celebrado los días 11 y 12 de octubre de 2016, en el que se escucharon las opiniones, planteamientos y propuestas de organizaciones de la sociedad civil, asociaciones gremiales, sindicales, entidades públicas, cámaras empresariales y de todos los grupos parlamentarios representados en la Cámara de Diputados.

VII. En el apartado de “CONSIDERACIONES”, las y los integrantes de esta Comisión dictaminadora expresan los razonamientos y argumentos de análisis y valoración para aprobar, desechar o, en su caso, rediseñar o complementar las modificaciones propuestas en cada una de las iniciativas a fin de sustentar el sentido del presente proyecto de dictamen.

ANTECEDENTES

1. En fecha 29 de abril del año 2016, la C. Diputada María Guadalupe Oyervides Valdez y la C. Diputada Ana Boone Godoy, integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentaron la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.

2. En fecha 29 de abril del presente año, mediante el oficio DGPL63-II-5-1042, expediente 3011, la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados turnó dicha iniciativa a esta Comisión de Trabajo y Previsión Social para su estudio y dictamen correspondiente.

3. Con fecha 22 de julio de 2016, mediante el oficio CTyPS/LXIII/0261/2016, esta dictaminadora solicitó prórroga para emitir el dictamen correspondiente a la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, presentada por la diputada María Guadalupe Oyervides Valdez y la C. Diputada Ana Boone Godoy, integrantes del Grupo Parlamentario del PRI.

4. En fecha 15 de agosto del mismo año, mediante el oficio DGPL63-II-5-1188, expediente 3011, la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados notificó a esta dictaminadora la autorización de la prórroga correspondiente a la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, presentada por la diputada María Guadalupe Oyervides Valdez y la C. Diputada Ana Boone Godoy, integrantes del Grupo Parlamentario del PRI.

5. En fecha 13 de septiembre del año 2016, la C. Diputada Karina Padilla Ávila, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por la que se reforma el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.

6. En fecha 13 de septiembre del presente año, mediante el oficio DGPL63-II-2-1026, expediente 3607, la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados turnó dicha iniciativa a esta Comisión de Trabajo y Previsión Social para su estudio y dictamen correspondiente.

7. En fecha 30 de septiembre del año 2016, la C. Diputada Sasil Dora Luz de León Villard, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó la iniciativa con proyecto de decreto por la que se adiciona el artículo 28 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional.

8. En fecha 30 de septiembre del presente año, mediante el oficio DGPL-63-II-5-1339, expediente 3852, la Mesa Directiva de esta Cámara de Diputados turnó dicha iniciativa a esta Comisión de Trabajo y Previsión Social para su estudio y dictamen correspondiente.

9. En fecha 15 de noviembre de 2016, el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, presentó la iniciativa que adiciona el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo.

10. En fecha 16 de noviembre de 2016, mediante oficio D.G.P.L. 63-II-7-1430, la Mesa Directiva turnó para análisis y dictamen, la iniciativa referida en el numeral inmediato anterior.

CONTENIDO DE LAS INICIATIVAS

En atención a la coincidencia temática de las diversas iniciativas descritas en el apartado de antecedentes del presente dictamen, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 81, numeral 2 del Reglamento de la Cámara de Diputados, quienes integramos la Comisión dictaminadora, acordamos dictaminarlas en forma conjunta y presentar un solo proyecto de decreto a consideración de esta Honorable Asamblea.

No obstante lo anterior, en el presente apartado se resume y elabora un comparativo por cada una de las iniciativas que se dictaminan, con el propósito de respetar y transparentar las propuestas objeto de estudio, en forma individual, reconociendo el mérito y el derecho ejercido por cada diputada o diputado proponente.

1) Iniciativa con proyecto de decreto por el cual se adiciona un párrafo al artículo 132, Fracción XXVII BIS, de la Ley Federal del Trabajo, presentada por las diputadas María Guadalupe Oyervides Valdez y Ana María Boone Godoy, integrantes del Grupo Parlamentario del PRI.

2) Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 132, fracción XXVII BIS de la Ley Federal del Trabajo, presentada por la diputada Karina Padilla Ávila, integrante del Grupo Parlamentario del PAN.

3) Iniciativa con proyecto de decreto por el que adiciona el artículo 28 Bis a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, en materia de licencia de paternidad remunerada, presentada por la diputada Sasil Dora Luz de León Villard, integrante del Grupo Parlamentario del PVEM.

4) Iniciativa que adiciona el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo, suscrita por el Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México.

III. DERECHO COMPARADO

Se analizan las normas vigentes en otros países en materia de paternidad, a efecto de contar con mayores elementos de estudio y referencias, destacando experiencias normativas exitosas.

IV. ANÁLISIS CON PERSPECTIVA DE DERECHOS HUMANOS

Se analizarán los temas objeto de dictamen, desde una perspectiva e interpretación de derechos humanos y criterios de organismos internacionales especializados en la materia, de acuerdo a lo que dispone el artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En este sentido, la Organización Internacional del Trabajo (OIT),34 sobre las licencia de paternidad o licencia parental, ha establecido que existen los siguientes elementos sobresalientes:

Las disposiciones relativas a la licencia de paternidad son cada vez más habituales y reflejan la evolución de la visión de la paternidad. El derecho obligatorio a la licencia de paternidad rige en 78 de los 167 países sobre los que se disponía de información. En la mayoría de ellos (70), la licencia es remunerada; ello pone de manifiesto la tendencia a...

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