De la Comisión de Cambio Climático, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático

Fecha de publicación18 Febrero 2014
Número de Gaceta XVII - 3964
SecciónAnexos

De la Comisión de Cambio Climático, con proyecto de decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Cambio Climático

Dictamen que presenta la Comisión de Cambio Climático de la Cámara de Diputados perteneciente a la LXII Legislatura respecto de iniciativas que reforma y adicionan, la Ley General de Cambio Climático, con fundamento en el artículo 45, numeral 6, inciso f) de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en el artículo 80 del Reglamento de la Cámara de Diputados, y al tenor de los siguientes

Antecedentes

1. Que en fecha 18 de octubre de 2013 se presentó la iniciativa que reforma el artículo 3o. de la Ley General de Cambio Climático, a cargo de la diputada Yesenia Nolasco Ramírez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática.

Que en esa misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite: túrnese a la Comisión de Cambio Climático para dictamen.

2. Que en fecha 29 de octubre de 2013 se presentó la iniciativa que reforma el artículo 107 de la Ley General de Cambio Climático, a cargo del diputado Ramón Antonio Sampayo Ortiz y del diputado Sergio Augusto Chan Lugo, del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional.

Que en esa misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite: túrnese a la Comisión de Cambio Climático para dictamen.

3. Que en fecha 26 de noviembre de 2013 se presentó la iniciativa por la que se reforma el artículo 26 de la Ley General de Cambio Climático, a cargo del diputado Rodrigo Chávez Contreras, del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano.

Que en esa misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva dictó el siguiente trámite: túrnese a la Comisión de Cambio Climático, para dictamen.

Contenido de las iniciativas

I. La iniciativa planteada por la diputada Yesenia Nolasco tiene como objetivo ampliar el término que define mitigación e incluir dentro del mismo los problemas ambientales devengados por el hombre, es decir el impacto de la intervención antropogénica en el medio ambiente.

Asimismo, resalta la importancia de implementar acciones de mitigación, con el objetivo de producir beneficios sociales, económicos y ambientales, a través de la sinergia de políticas basadas en la sustitución de energías fósiles por fuentes alternas de energías.

Reitera que es propicio ampliar la concepción del término vulnerabilidad, con el fin de hacerla equitativa al Glosario de la Ley General de Cambio Climático.

II. La iniciativa presentada conjuntamente por los diputados Ramón Sampayo Ortiz y Sergio Chan Lugo, tiene por interés reforzar la rendición de cuentas de las actividades que llevan a cabo las dependencias y entidades de la administración pública, y más cuando se tratan de recursos que están enfocados a acciones específicas como lo es el combate al cambio climático, en donde lo que se requiere es poder tener un control sobre gasto-beneficio y costo eficacia en ese tipo de acciones emprendidas.

En el interés de dar cumplimiento al sistema de rendición de cuentas establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y a lo establecido por la Ley Federal de Presupuesto y Cuenta Pública y en un avance al compromiso 82 del Pacto por México en Materia de Rendición de Cuentas.

III. La iniciativa presentada por el diputado Rodrigo Chávez tiene como fin establecer la obligatoriedad de que las políticas públicas en materia de cambio climático tengan un sentido de transversalidad y direccionalidad, esto con el objetivo de que desde su diseño se tome en cuenta e incluya este objetivo y no sólo en el momento de aplicación de las políticas, que es en donde en ocasiones se llega a complicar la implementación.

Asimismo, hace referencia a lo mencionado por Ortiz Espejel y Vázquez Aguirre, en el documento Gestión pública transversal ante el cambio climático y conceptos en materia de defección y atribución, en el cual establecen, que las políticas públicas se han dirigido más a cómo incorporar en el sentido de sumar, antes que encauzar a las políticas de los otros sectores por criterios de respuesta a problemas de alta complejidad.

Consideraciones de la comisión

Los integrantes de esta comisión dictaminadora, posterior al estudio y análisis correspondiente de las iniciativas antes mencionadas, emitimos las siguientes consideraciones:

I. La Iniciativa de reformas planteada por la diputada Yesenia Nolasco, la consideramos acertada, toda vez que al modificar las fracciones XXIII y XXXIV, del artículo 3 de la ley que nos ocupa, estaremos por un lado estableciendo que las acciones e intervenciones de mitigación de los gases de efecto invernadero, derivan entre otras por la intervención humana, es decir, que tienen un carácter antropogénico.

El término antropogénico se refiere a los efectos, procesos o materiales que son el resultado de actividades humanas a diferencia de los que tienen causas naturales sin influencia humana.

“Las principales academias de ciencias del mundo, incluyendo la Academia Mexicana de Ciencias, han suscrito en diferentes ocasiones declaraciones conjuntas en las que reafirman la ineludible realidad del cambio climático de origen antropógeno y exhortan a los gobiernos a impulsar acciones decididas de mitigación y de adaptación”1

Normalmente, este concepto se usa para describir contaminaciones ambientales en forma de desechos químicos o biológicos como consecuencia de las actividades económicas, tales como la producción de dióxido de carbono por consumo de combustibles fósiles.

Las fuentes antropogénicas incluyen la industria, agricultura, minería, transporte, construcción, urbanización y deforestación.

Debemos tomar en cuenta que gran parte de los elementos que causan una alteración en los gases de efecto invernadero, y que traen como resultado el cambio climático, son consecuencia de las actividades o acciones antropogénicas, y con la aprobación a la modificación de la fracción XXIII, estaremos especificando que también...

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