Comisión Federal de Telecomunicaciones - REF:007576

Fecha de disposición21 Noviembre 2012
Fecha de publicación21 Noviembre 2012
SecciónSEPTIMA. Convocatorias para Concursos de Plazas Vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Comisión Federal de Telecomunicaciones Los Comités Técnicos de Selección de la Comisión Federal de Telecomunicaciones, con fundamento en los artículos 21, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34 35, 36, 37, 38, 39, 40 y séptimo transitorios de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007 y el artículo 3 numerales 195, 196, 197, 200 y 201 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el Diario Oficial de la Federación su última reforma el 6 de septiembre de 2012, emiten la siguiente: Convocatoria 35/2012 pública y abierta de los concursos para ocupar las siguientes plazas vacantes del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:

Nombre del puesto Director de Recursos Financieros
Código del puesto 09-D00-1-CFMB001-0000081-E-C-O
Nivel administrativo MB1 Número de Vacantes 1
Sueldo bruto $56,129.22 (cincuenta y seis mil ciento veintinueve pesos 24/100 M.N.) Mensual
Adscripción del puesto Coordinación General de Administración Sede México, D.F.
Tipo de nombramiento Confianza
Funciones principales Coordinar las actividades relacionadas con la preparación e integración del proyecto de presupuesto de egresos de la Comisión, así como gestionar ante la Coordinadora de sector y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público su autorización, garantizando suficiencia de recursos para el logro de los objetivos y metas institucionales. Diseñar y elaborar los sistemas de control presupuestal con el fin de dar seguimiento al ejercicio del gasto de la Comisión, así como dirigir y revisar la elaboración de la cuenta de la Hacienda Pública Federal. Coordinar ante la Coordinadora de sector, el trámite de las afectaciones presupuestarias externas que requiera la operación de la Comisión, asimismo coordinar la solicitud y depósito oportuno de los recursos fiscales autorizados al órgano desconcentrado. Coordinar el registro sistemático, analítico y cronológico de las operaciones contables que se efectúan en la Comisión, de acuerdo al catálogo gubernamental de cuentas contables, establecido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Coordinar la elaboración de los estados financieros, así como los reportes correspondientes al presupuesto ejercido para su oportuna entrega. Coordinar y vigilar la elaboración y envío de los formatos correspondientes al Sistema Integral de Información para cumplir con la norma. Implantar y dirigir los mecanismos de control que permitan que el proceso del pago de remuneraciones, bienes y servicios se desarrolle dentro del control normativo y jurídico establecido para el efecto. Programar y supervisar la ejecución de las actividades derivadas de los pagos a terceros institucionales y supervisar la elaboración de los cheques inherentes a los pagos para cumplir con la normatividad vigente. Coordinar y supervisar el trámite de pago de facturas derivadas de la adquisición de bienes y contratación de servicios requeridos por la Comisión para cumplir con la normatividad.
Perfil Escolaridad Licenciatura o profesional en Administración o Contaduría Grado de avance: Titulado
Experiencia laboral Más de 3 años de experiencia en Administración Pública.
Capacidades gerenciales Liderazgo Visión estratégica
Capacidades técnicas Administración de recursos financieros
Idiomas extranjeros: NO APLICA.
Otros: Herramientas de cómputo (conocimiento)

BASES

Requisitos de participación Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el puesto. Adicionalmente, al amparo del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro(a) de algún culto, y no estar inhabilitado(a) para el servicio público ni encontrarse con algún otro impedimento legal, así como presentar y acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso. Se solicita a las y los participantes que antes de realizar su inscripción a los concursos verifiquen el manual de usuario del Sistema de TrabajaEn y las carreras genéricas y específicas, así como el área general y el área de experiencia requeridas en el perfil del puesto publicados en el portal www.trabajaen.gob.mx Asimismo, de acuerdo al numeral 174 del Acuerdo por el que se emiten las disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera y sus reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2012 el cual establece que: toda persona que ingrese al Sistema para ocupar un puesto en el mismo deberá cubrir los requisitos establecidos en el perfil del puesto y aquellos establecidos en las bases de la convocatoria. Para efectos de acreditar las evaluaciones del desempeño anuales a que se refiere el artículo 47 del Reglamento, se tomarán en cuenta las últimas que haya aplicado el servidor público de carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso aquellas que se hayan practicado como servidores públicos considerados de libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores públicos de carrera titulares. Las evaluaciones a que se refiere el párrafo anterior, se acreditarán en el momento de la revisión documental. En el caso de que el servidor público no cuente con alguna de las evaluaciones por causas imputables a la dependencia, no podrán ser exigibles éstas, por lo que para verificar el desempeño de éste, el CTS solicitará a la dependencia la información necesaria para tales efectos. Las personas que participen en los concursos de ingreso deberán exhibir las constancias originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil del puesto registrado en el Catálogo, en la convocatoria y, en su caso, los previstos en el artículo 21 de la Ley. El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley, se tendrá por acreditado cuando el aspirante sea considerado finalista por el CTS, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador del mismo. En el supuesto de que en el presente proceso, deseen participar servidores públicos de carrera titulares, de acuerdo con el artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, deberán contar con al menos dos evaluaciones del desempeño anuales, a partir de la ocupación de la titularidad del puesto o en otro anterior. Sólo para aquellos servidores públicos de carrera titulares que concursen puestos de diferente rango al que ocupan actualmente. En cuanto a los servidores públicos de carrera de primer nivel de ingreso cabe señalar que con fundamento en el numeral 252 del Acuerdo por el que se emiten las disposiciones en las materias de Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera y sus reformas publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2012 mismo que establece que: para las promociones por concurso de los servidores públicos de carrera de primer nivel de ingreso, la evaluación del desempeño mediante la cual obtuvieron su nombramiento como titular no formará parte de las dos requeridas por el artículo 47 del Reglamento. Cuando el ganador del concurso tenga el carácter de servidor público de carrera titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado del puesto que venía ocupando, toda vez que no puede permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala la fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Documentación requerida Las y los aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original o copia certificada y copia simple, los siguientes documentos, en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al efecto reciban con cuando menos dos días hábiles de anticipación, por vía electrónica: IDENTIFICACION OFICIAL para que se le permita el acceso a la evaluación correspondiente (se recomienda una segunda identificación para agilizar su acceso al edificio). Acta de nacimiento, CURP y/o forma migratoria FM3, según corresponda. Currículum vítae que emite el portal www.trabajaen.gob.mx al momento de su inscripción para el puesto por el cual se concurse. Documento que acredite el nivel de estudio requerido para el puesto por el que se concursa. Para los casos en lo que el requisito académico sea titulado, sólo se aceptarán título o cédula profesional. En los casos en
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