Comercio Exterior. VII-P-2aS-965

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PRECEDENTES DE SALA SUPERIOR - SEGUNDA SECCIÓN
REITERACIÓN QUE SE PUBLICA:
VII-P-2aS-964
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 2048/14-02-01-
9/1732/15-S2-09-03.- Resuelto por la Segunda Sección de
la Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, en sesión de 10 de diciembre de 2015, por
unanimidad de 5 votos a favor.- Magistrado Ponente: Julián
Alfonso Olivas Ugalde.- Secretario: Lic. Roberto Carlos Ayala
Martínez.
(Tesis aprobada en sesión de 10 de diciembre de 2015)
COMERCIO EXTERIOR
VII-P-2aS-965
CERTIFICADO DE ORIGEN. SUPUESTO EN EL QUE NO
ES NECESARIA SU TRADUCCIÓN.- El artículo 17 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tutela
el derecho humano de justicia pronta y expedita, que impo-
ne como obligación a los órganos impartidores de justicia
respetar tal prerrogativa a n de no prolongar los juicios con
dilaciones procesales innecesarias. Bajo esta premisa tene-
mos que, si en el juicio contencioso administrativo federal, la
actora, con el objeto de acreditar el origen de las mercancías
importadas, exhibe el certi cado de origen en idioma extran-
jero y, este no es objetado por la autoridad en cuanto a su

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