Comentario al Artículo 69 del Código de Procesamientos Penales de Jalisco

AutorEmiliano Sandoval Delgado
Cargo del AutorJurídica de las Americas

Cuando no tenga que dictarse resolución alguna anterior a la sentencia, se hará saber por auto especial el cambio de personal.

Significado y alcance:

La razón por la que existe la obligación de indicar quién es el nuevo Juez después de citadas las partes para oír sentencias, obedece a la...

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