Comentario al Artículo 28 del Código de Procesamientos Penales de Jalisco

AutorEmiliano Sandoval Delgado
Cargo del AutorJurídica de las Americas

Significado y alcance:

La copia de la cédula o instructivo se agregará al expediente, en tanto que el original se le entregará a la persona citada.

No indica este artículo cuál es la sanción por no firmar de recibo el citado, ni alude a los casos en que éste no sabe firmar.

No obstante, si no es posible recoger la firma del citado, se recogerá la huella...

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