Colaborador Invitado / Leonel Luna: Cerrar la 'puerta giratoria'

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Los datos son contundentes. Entre diciembre de 2014 y febrero de 2019, la población penitenciaria en la Ciudad de México se redujo: 13 mil 550 personas quedaron en libertad. Además, cientos más no ingresaron porque las ausencias y fallas en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio los dejaron cruzar la "puerta giratoria".

Mientras los gobiernos se esfuerzan por generar cuerpos policiacos y de investigación capaces de combatir y disminuir la delincuencia, el Sistema Penal Mexicano no ha cerrado el círculo para proteger a los ciudadanos, principio elemental del Estado.

La realidad es más contundente. Hace unos días, en la Ciudad de México, después de 12 horas de haber sido detenido en la Alcaldía de Venustiano Carranza, un presunto delincuente debió de ser trasladado al Reclusorio Oriente. No fue así y por ello, lo tuvieron que liberar; en marzo, en Cuernavaca, Morelos, 42 delincuentes fueron liberados por el juez sin algún motivo especial y sin terminar el proceso penal.

Como sabemos, al inicio del Segundo Período de Sesiones del Primer Año de Ejercicio de la LVXIV Legislatura, las agendas legislativas de los principales partidos advirtieron la necesidad de una reforma al Artículo 19 Constitucional para incrementar el número de los delitos considerados para la prisión preventiva oficiosa.

Este es un tema esencial, el de la procuración de justicia, que no debe detenerse. El 12 de abril de este año, fue decretada la reforma Constitucional que modificó el Artículo 19, incrementando el número de delitos que ameritan la prisión preventiva oficiosa o "automática".

El párrafo reformado quedó así: "...El juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, en los casos de abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con violencia utilizando armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea...".

Destaca la función que tiene el juez para ordenar la prisión preventiva...

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