Colaborador Invitado / César E. Hernández Ochoa: Contra la transición

AutorColaborador Invitado

El principal resultado de la iniciativa preferente de reformas a la Ley de la Industria Eléctrica sería frenar la transición energética. Esta nulifica los mecanismos más efectivos que el país ha desarrollado para impulsar la adopción de energías limpias en México. La iniciativa elimina la obligatoriedad de las subastas de energía limpia (a. 53), adultera los certificados verdes (a. 126, II), aniquila el régimen de libre competencia que ha permitido la entrada de generadores limpios (a. 4) y pone en segundo término la inyección de electricidad limpia al sistema (a. 4, VI). Establece además un régimen de excepción para los proyectos de generación de CFE (a. 3, XII y XII Bis), empresa cuyo nuevo Plan de Negocios solo propone adicionar generación fósil de aquí a 2024. Su lenguaje es técnico, como el de la Ley Eléctrica que busca reformar, pero frenar la transición hacia energías limpias es su significado práctico real.

El "pecado" de las energías limpias de nueva generación es ser muy baratas. Por eso la entrada de competidores privados, el despacho de mérito económico, el mercado eléctrico y las subastas acabaron siendo las aliadas más efectivas de la transición energética. Y por eso la iniciativa abraza una idea obsoleta sobre el futuro y la competitividad de CFE y las combate. Pero el pecado de la iniciativa es que sus disposiciones contravienen abiertamente la Constitución y a los tratados internacionales.

Nuestra Constitución tutela el derecho a un medio ambiente sano (a. 4), las libertades de comercio e industria (a. 5), la sustentabilidad (a. 25) y la competencia económica sin establecer ninguna exclusividad para el Estado en generación eléctrica no nuclear (a. 28). Esta iniciativa los violenta. Además, ni siquiera hay que esperar la interpretación: en la sentencia de la controversia 89/2020 la Suprema Corte acaba de declarar la inconstitucionalidad de disposiciones de SENER muy similares a lo que ahora se plantea.

La ley propuesta también entra en conflicto con tratados internacionales. El TMEC incorpora la reforma energética (a. 32.11), garantiza las inversiones en el sector frente a medidas expropiatorias y con arbitrajes inversionista-Estado (cap. 14), y da a los gobiernos un mecanismo eficiente para reclamaciones Estado-Estado (cap. 31). Asimismo, obliga a los Estados a garantizar altos niveles de protección ambiental (cap. 24), a no discriminar en favor de sus empresas públicas y contra particulares (a. 22.4), y exige que los...

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