Se publican los Lineamientos Específicos del Programa de Coinversión Social 2005, los cuales son parte integrante de la Modificación a los Lineamientos Específicos del Programa de Coinversión Social 2005, publicada el 14 de diciembre de 2005, conforme a su artículo segundo transitorio

EmisorSecretaría de Desarrollo Social

SE publican los Lineamientos Específicos del Programa de Coinversión Social 2005, los cuales son parte integrante de la Modificación a los Lineamientos Específicos del Programa de Coinversión Social 2005, publicada el 14 de diciembre de 2005, conforme a su artículo segundo transitorio.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Desarrollo Social.

MODIFICACION A LOS LINEAMIENTOS ESPECIFICOS DEL PROGRAMA DE COINVERSION SOCIAL 2005

  1. Presentación

    Los presentes Lineamientos tienen por objeto precisar los aspectos normativos y operativos del Programa en sus distintas vertientes, para asegurar que los proyectos apoyados beneficien, directa o indirectamente, a la población en situación de pobreza, vulnerabilidad, marginación, desigualdad de género o exclusión social.

    Para los efectos de los presentes Lineamientos se entenderá por:

    a. Actores Sociales: Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), Instituciones de Educación Superior, Centros de Investigación, Gobiernos Municipales.
    b. AREP: Agentes Responsables de la Ejecución de los Proyectos (denominación que aplica a los actores sociales cuyos proyectos resultan elegibles y que suscriban el instrumento jurídico correspondiente).
    c. Delegación(es): Delegación(es) de la Sedesol en la(s) Entidad(es) Federativa(s).
    d. Indesol: El Instituto Nacional de Desarrollo Social.
    e. Instancia Ejecutora: Instancia responsable de la coordinación y operación del Programa de Coinversión Social, que según lo determine la convocatoria, será el Indesol a nivel central y en los estados las delegaciones de la Sedesol que correspondan.
    f. Lineamientos: Los presentes Lineamientos.
    g. Programa: El Programa de Coinversión Social.
    h. Registro: El Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.
    i. Reglas de Operación: Las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social 2005.
    j. Sedesol: La Secretaría de Desarrollo Social.
    k. Sistema electrónico del Programa: Sistema de Gestión de Proyectos del Programa de Coinversión Social.
    l. Instrumento jurídico: Convenios de concertación, de colaboración y acuerdos de coordinación que se celebren con los distintos AREP.
  2. Marco de referencia

    La política de desarrollo social y humano definida en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006 y en la Estrategia Contigo tiene entre sus objetivos rectores los de mejorar los niveles de educación y bienestar social; acrecentar la equidad y la igualdad de oportunidades; impulsar la educación para el desarrollo de las capacidades de iniciativa individual y colectiva; fortalecer la cohesión y el capital sociales; disminuir y revertir las desigualdades sociales, y mejorar las condiciones de vida de la población en situación de pobreza, vulnerabilidad, marginación, desigualdad de género o exclusión social.

    La estrategia de corresponsabilidad de la política de desarrollo social, es entendida en el marco del Programa, como la participación de los actores sociales mediante la aportación de sus conocimientos, experiencia y actividades de promoción social, y la coinversión de sus recursos humanos, materiales y financieros en complemento a los recursos aportados por el Gobierno Federal a través del Indesol para la ejecución de los proyectos convenidos.

    Los actores sociales que cumplan con el numeral 3.5.1 de las Reglas de Operación podrán participar en el Programa presentando proyectos en los términos de las diversas convocatorias, las cuales especificarán las vertientes que aplican, entendidas éstas como los distintos tipos de proyectos con los que se busca contribuir al cumplimiento de los objetivos básicos de la política de desarrollo social y humano. De conformidad con las Reglas de Operación, las vertientes son: Desarrollo Humano y Social; Fortalecimiento y Profesionalización Institucional, e Investigación para el Desarrollo Social.

    Como lo establecen las Reglas de Operación en el numeral 4.2, los actores sociales que reciban recursos del Programa son responsables de la ejecución de los proyectos que presenten, por lo que, una vez que se suscriba el instrumento jurídico correspondiente, se les denominará como Agentes Responsables de la Ejecución de los Proyectos, AREP.

    En los casos en que el Programa aporte recursos financieros para un proyecto, los actores sociales encargados de desarrollarlo se comprometen a aportar recursos humanos, materiales y financieros. Esta aportación es entendida como coinversión.

  3. Etapas operación del Programa

    El desarrollo del Programa comprende las siguientes etapas operativas:

    3.1 Emisión y Difusión de Convocatorias

    El Indesol o, en su caso, las delegaciones, podrán emitir diversas convocatorias, por sí o en coordinación con una o más dependencias, entidades u organismos, nacionales o internacionales, públicos o privados, en concordancia con las prioridades del Programa Nacional de Desarrollo Social 2001-2006, Superación de la Pobreza: una Tarea Contigo, y de acuerdo con la suficiencia presupuestaria. Los actores sociales podrán participar en el Programa a través de las convocatorias públicas emitidas en las que se precisará:

    1. Vertiente(s) que aplica(n)

    2. Objetivo, temática(s) y cobertura

    3. Actores sociales que pueden participar

    4. Requisitos de participación y documentación relacionada a éstos, establecidos en el formato oficial para la presentación de proyectos

    5. Características de los proyectos

    6. Monto máximo de aportación del Programa a la Convocatoria

    7. Monto máximo a otorgar por Proyecto

    8. Tipo y porcentaje de coinversión

    9. Esquema de dictaminación

    10. Lugares y plazos de recepción de proyectos

    11. Instancia Ejecutora de la convocatoria

    12. Contenido de la propuesta de evaluación de las acciones

    13. Rango de beneficiarios

    14. Plazos de respuesta

    15. Alguno o algunos de los siguientes criterios:

      1. Demostrar experiencia en el tema del proyecto en razón del objetivo de la propia convocatoria.

      2. Radicar o contar con un equipo de trabajo en la entidad donde se propone realizar el proyecto.

      3. Aceptar participar en un proceso de articulación con las instituciones convocantes y actores sociales apoyados por la convocatoria de que se trate, durante el plazo de ejecución del proyecto.

      4. Articularse o coordinarse con otro(s) programa(s) gubernamental(es) dirigido(s) al desarrollo de oportunidades, al desarrollo comunitario y/o al desarrollo de capital social o humano.

      Las Reglas de Operación del Programa, los presentes Lineamientos, las convocatorias, así como el formato oficial para la presentación de proyectos estarán disponibles en la página electrónica del Indesol: www.indesol.gob.mx. Adicionalmente, las convocatorias podrán hacerse públicas por otros medios.

      3.2 Presentación y recepción de proyectos

      3.2.1 Recepción de proyectos

      Los proyectos se recibirán únicamente en los lugares y los plazos indicados en la convocatoria. Los proyectos se presentarán en forma impresa y electrónica en el formato oficial anexo a los presentes Lineamientos. Adicionalmente, el actor social deberá presentar la documentación señalada en la convocatoria respectiva.

      La Ficha de Recepción indicará al actor social si ha completado la documentación necesaria o requiere entregar alguna documentación faltante y la fecha límite para esa entrega. En todos los casos en que la ficha incluya la leyenda “provisional”, se entenderá que falta al menos un documento de los señalados en la convocatoria.

      Es responsabilidad exclusiva del actor social asegurarse que la versión impresa y electrónica del proyecto sea la misma; que la documentación entregada cumpla con los requisitos que se indican en la convocatoria, así como obtener su copia de Ficha de Recepción y número de folio, para lo cual será indispensable entregar la versión electrónica del formato de presentación del proyecto. Dicho formato en sus versiones impresa y electrónica, no podrá sustituirse después de la recepción del mismo.

      El Indesol o la Delegación mantendrán el original de la Ficha de Recepción y, a manera de acuse de recibo, le entregará una copia al actor social.

      En caso de que algún actor social no pueda presentar personalmente el proyecto, podrá enviarlo a través de un servicio de mensajería. Los proyectos se recibirán con la condición de que la fecha de envío esté comprendida dentro del plazo indicado en la convocatoria, de lo contrario serán descartados. En ese caso, será responsabilidad del actor social comunicarse con la Instancia Ejecutora, para obtener su Ficha de Recepción.

      La Instancia Ejecutora notificará a los actores sociales, mediante la Ficha de Recepción, sobre la falta evidente de un documento o de la información solicitada para que en un plazo de cinco días hábiles subsanen la falta. Lo anterior con el objeto de facilitar que la documentación cumpla con la normatividad aplicable.

      Agotado el plazo marcado en la Ficha de Recepción, si no se ha entregado la documentación completa, el proyecto será clasificado como “Incompleto” y no podrá seguir participando. Cuando la documentación esté completa, pasará a la etapa de validación.

      3.2.2 Asignación de folio del proyecto

      Por cada proyecto recibido, el Indesol o, en su caso, las delegaciones elaborarán una Ficha de Recepción (en original y copia) con número de folio, en la que se acredite la recepción del proyecto. Con este número de folio, el actor social podrá solicitar información relativa a su proyecto.

      El folio tendrá 17 caracteres y su estructura tendrá seis componentes separados por guiones:

    16. Los dos primeros caracteres identifican el Programa en el que participa el proyecto.

    17. Los dos siguientes dígitos identifican la entidad federativa en la que se ubica la Delegación o el Indesol conforme a la clasificación del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática.

    18. Una letra que señala la vertiente en la que participa el proyecto de acuerdo a la siguiente clasificación: D = Desarrollo Humano y Social; F = Fortalecimiento y...

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