Código Municipla Reglamentario de Fresnillo Zacatecas

Fecha de publicación11 Septiembre 2004
EstadoZacatecas
MunicipioFresnillo
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iES
GOBIERNO
OEb,~.JI~STAHO
D·E.
ZfA(CA
1'
ECAS
ERIODICO
OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, SON OBLIGATORIAS LAS LEYES
Y DEMÁS DISPOSICIONES DEL GOBIERNO POR
EL
SOLO HECHO
DE
PUBLICARSE
EN
ESTE PERIÓDICO.
TOMO CXXVI Núm.
75
Za~ateca~,
Zac., sábado 17
de
septiemb-re del
201Q
SUMARIO
ACTA.-
DE
INTEGRACIÓN E INSTALACIÓN
DEL COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL
TRIBUNAL
DE
LO
CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DEL ESTADO Y
MUNICIPIOS
DE
ZACATECAS, Zacatecas,
Zac,
201605816 75.. ..4895
REFORMAS.- y ADICIONES AL CODIGO
MUNICIPAL REGLAMENTARIO DE
FRESNILLO, Fresnillo, Zac. 201605814
75 .... . .4891
REFORMAS.- Y ADICIONES
AL
CODIGO
MUNICIPAL REGLAMENTARIO DE
FRESNILLO, Fresnillo, Zac. 201605833
75 .... . .4898
EDICTO, Ad-Perpetuam, promueve MIGUEL
AVELAR AGUAYO, Juzgado de Nochistlan De
Mejia, Zac. 201605781 75,
76,
77.. . . .4841
EDICTO, Ad-Perpetuam, promueve ROBERTO
MORENO VAZQUEZ, Juzgado de Zacatecas,
Zac. 201605782
75, 76,
77.. .
..........
.4841
EDICTO, Ad-Perpetuam, promovido por RUBEN
MARTINEZ DELGADILLO, Juzgado de Pinos,
Zac. 201605797
75,
76,
77.. ..4842
EDICTO, Ad-Perpetuam, promovido por
GILBERTO OROZCO CASTAÑON, Juzgado de
Jerez, Zac 201605798
75,
76,
77
......... .4842
EDICTO, Ad-Perpetuam, promovido por
FRANCISCO GUTIERREZ CASTORENA,
Juzgado
de
Zacatecas, Zac 201605807
75,
76,
77... 4843
periodicoof1c;ialzacatecas qob mx
FRACCIONAMIENTO, Administrativo, a bienes
de
MARIO VALDEZ
DE
LA FUENTE, municipio
de Zacatecas, Zac. 201605775
75
........
.4843
FRACCIONAMIENTO, Administrativo, a bienes
de MARIA ZAMARRIPA CASTAÑEDA, municipio
de Zacatecas, Zac. 201605788
75,
78.. ...4844
FRACCIONAMIENTO,
promovido por ALFONSO
municipio de Fresnillo,
75.. ... .
..
'•
Adm inistrátivo,
MENDEZ MUÑOZ,
Zac. 201605795
... 4844
FRACCIONAMIENTO, Administrativo, a bienes
de
FELIPE GUARDADO GUARDADO, municipio
de Zacatecas, Zac. 201605810
75,
78
... ,
..
, .... ,
.........
,
........
.4845
FRACCIONAMIENTO, Administrativo, a bienes
de
MA.
fELICITAS
DUEÑAS OROZCO,
municipio de Zacatecas, Zac, 201605811
75,
78.. ... . ' . .
.. ..
.....
.4845
FRACCIONAMIENTO, Administrativo, a bienes
de MANUEL SEGURA CALDERA, municipio de
Zacatecas, Zac. 201605812
75,
78
.........
.4846
FRACCIONAMIENTO, Aviso, RITA ZUÑIGA
ARROYO desistiendose de
un
predio ubicado
en,
municipio de Rio Grande, Zac. 201605776
75.. . .... J.,.4846
FRACCIONAMIENTO, Aviso, TERESA MEDINA
MARTINEZ desistiendose de
un
predio-ubicado
en,
munic1pio de Fresnillo, Zac. ·
20_16Q5793
75.. . ...... 4847
Precio de venta
al
Público.$8.00
/\
(
PERIODICO OFICIAL
No.
75
4891
EXPOSICIÓN
DE
MOTIVOS:
En
mi
calidad de Regidora del H Ayuntamiento de Fresnillo: y Presidenta de la Comisión de Equidad
entre los Géneros
ref1ero
que la presente
in1ciat1va
responde a
la
Propuesta enviada por
la
Secretaria de
la
Mujer del Estado de Zacatecas:
la
cual fue presentada por
el
instituto de la Mujer Fresnillense ante
la
Comisión de Equidad entre los Géneros: así como las adiciones que incluí, mediante
la
cual, se plantea
realizar una Armonización al Código Municipal Reglamentario que permita coadyuvar en
el
reconocimiento, respeto, exigibil1dad y justiciabil1dad de los derechos humanos de las mujeres.
Las modificaciones que se realizarán a través de
la
presente, constituyen una contribución a Nuestro
Código Municipal Reglamentario
en
materia de Igualdad de Género, pues propone cambios de fondo
al
modificar o adicionar los artículos en mención, considerando
el
Marco Jurídico Internacional, Nacional y
Local.
Para ello,
la
presente iniciativa contiene
la
reforma que se autorizó solo en algunas palabras y/o frases:
además de hacer algunas modificaciones y adiciones a las fracciones de los Artículos que a continuación
se detallan.
1)
LIBRO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES: CAPITULO
11.
DERECHOS Y
OBLIGACIONES DE
LA
POBLACIÓN. Art.
18
incisos e y e {Modificación):
2)
LIBRO SEGUNDO. DEL GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL. TÍTULO CUARTO. DE
LAS COMISIONES. CAPÍTULO ÚNICO INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS
COMISIONES. Artículo
78
inciso e {Adición); Artículo
81
Bis, incisos
a,
b,
e,
d.
e,
f y g
{Adicionado);
3)
4)
5)
6)
7)
8)
LIBRO TERCERO. DE LAS DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL. TÍTULO PRIMERO.
GENERALIDADES. CAPÍTULO
l.
DISPOSICIONES GENERALES. Artículo 146 {Adicionado);
LIBRO SÉPTIMO DE LAS POLÍTICAS DE ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER MUNICIPAL.
TÍTULO PRIMERO DE LAS GENERALIDADES. CAPÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 277 {Modificación);
LIBRO SÉPTIMO DE LAS
POlÍTICAS
DE ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER MUNICIPAL.
TÍTULO PRIMERO DE LAS GENERALIDADES. CAPÍTULO
11
DEL
DESARROLLO
ECONÓMICO.
ARTÍCULO 282 Fracciones 1 y
11
{Modificación);
LIBRO SÉPTIMO DE LAS POLÍTICAS DE ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER MUNICIPAL.
TÍTULO PRIMERO DE LAS GENERALIDADES. CAPÍTULO IV DE LA PLANEACIÓN
MUNICIPAL
ARTÍCULO
291
{adición al Párrafo);
LIBRO DÉCIMO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES. TÍTULO SEGUNDO DE
LA
SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN CIUDADANA. CAPÍTULO
l.
DE LA SEGURIDAD
PÚBLICA MUNICIPAL Y PROTECCIÓN CIUDADANA. ARTÍCULO 547 Fracción VIII {Adición
al
Párrafo) y fracciones XVI y XVII {Omitir
la
Fracción XVII, pues
es
exactamente igual a
la
XVI);
LIBRO DÉCIMO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES. TÍTULO CUARTO. DE LAS
FALTAS, INFRACCIONES Y SANCIONES. CAPÍTULO VIl. DE LAS FALTAS
CONTRA
LA
INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS Y LA SEGURIDAD DE SU PATRIMONIO. ARTÍCULO
561
Fracción VIII {Adición);
9)
LIBRO DÉCIMO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES. TÍTULO CUARTO. DE LAS
FALTAS, INFRACCIONES Y SANCIONES. CAPÍTULO Vil. DE LAS FALTAS CONTRA LA
INTEGRIDAD
MORAL
DEL INDIVIDUO. ARTÍCULO
562
Fracción IV y V (Modificación); y
10) LIBRO DÉCIMO SEGUNDO. DE LOS ANUNCIOS E IMAGEN URBANA. TÍTULO PRIMERO. DE
LAS GENERALIDADES. CAPÍTULO
l.
DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 633 Inciso d
{Adición).
LIBRO PRIMERO. DISPOSICIONES GENERALES.
TÍTULO TERCERO DE LA POBLACIÓN MUNICIPAL.
CAPITULO
11.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA POBLACIÓN.
Artículo 18°.-
4892 PERIODICO OFICIAL
No.
75
l.
Derechos
a)
b)
e)
Recibir atención oportuna: respetuosa y sin discriminación
de
género
de
parte de las
autoridades
rn
unicipales.
d)
e)
Recibir
sin
discriminación de género todos los derechos que consagran
la
Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, los Instrumentos Internacionales firmados y ratificados por
el
Estado Mexicano y
la
Constitución del Estado Libre y Soberano
de
Zacatecas, y a
manifestarse públicamente para tratar asuntos relacionados con la gestión
de
las autoridades
del Municipio, debiendo
en
todo caso, de abstenerse de ocasionar perjuicio a terceros o
de
afectar
la
convivencia social;
LIBRO SEGUNDO. DEL GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.
TÍTULO CUARTO.
DE
LAS COMISIONES.
CAPÍTULO ÚNICO. INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DE
LAS COMISIONES.
Artículo 78.-
a)
b)
e)
Vigilar que
el
Presupuesto de Egresos Municipal cuente con enfoque de género, e incorpore
la
asignación
de
recursos para
el
cumplimiento de
la
política municipal
en
materia de igualdad
entre mujeres y hombres.
d)
e)
f)
g)
h)
i)
j) .
LIBRO SEGUNDO. DEL GOBIERNO Y ADMINISTRACION MUNICIPAL.
TÍTULO CUARTO.
DE
LAS COMISIONES.
CAPÍTULO ÚNICO. INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
DE
LAS COMISIONES.
Artículo
81
BIS.- A
la
Comisión de Equidad de Género le corresponde:
a)
Vigilar
el
cumplimiento de
la
política municipal en materia de igualdad de oportunidades entre
mujeres y hombres.
b)
Coparticipar con
el
Ejecutivo del Estado, en la consolidación de los Programas
en
materia de
igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
e)
Proponer programas que promuevan la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres
en
el
Municipio;
d)
Fomentar
la
participación social, política y ciudadana dirigida a lograr
la
igualdad
de
oportunidades entre mujeres y hombres, tanto
en
las áreas urbanas corno en las zonas rurales
del Municipio;
e)
Generar acciones para capacitar, con perspectiva de género,
al
personal
de
la
Administración
Pública Municipal y
en
especial a las personas que asistan a las víctimas de violencia;
f)
Promover Programas para eliminar
la
violencia contra las mujeres y hombres en
el
Municipio,
y
g)
Las demás que señale
la
Ley para la Igualdad entre mujeres y hombres en
el
Estado
de
Zacatecas,
La
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para
el
Estado de
Zacatecas,
el
Código Municipal Reglamentario y demás leyes aplicables
en
la
rnatena.
LIBRO TERCERO.
DE
LAS DEPENDENCIAS DEL GOBIERNO MUNICIPAL.
TÍTULO PRIMERO. GENERALIDADES.
CAPÍTULO
l.
DISPOSICIONES GENERALES.
Artículo 146.-
DEPENDENCIAS: ...
PERIODICO OFICIAL
No.
75
4893
UNIDADES
DE
COORDINACIÓN Y APOYO TÉCNICO
Para garantizar
la
participación de mujeres y hombres
en
altos cargos pLiblicos; corresponderá
un
50%
de
estos cargos a mujeres, y
el
50% restante para los hombres, considerando
la
totalidad
de
las
dependencias Administrativas y Unidades
de
Coordinación y apoyo Técnico que integren
la
Administración Pública Municipal, procurando garantizar
en
las propuestas que realice
el
Ejecutivo;
los
mejores perfiles, capacidades, valores y experiencia
de
quienes ocuparán dichos cargos.
LIBRO SÉPTIMO
DE
LAS
POLÍTICAS
DE
ADMINISTRATIVAS
DE
CARÁCTER MUNICIPAL.
TÍTULO PRIMERO
DE
LAS
GENERALIDADES.
CAPÍTULO 1 DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO
277.~
Con
el
objeto de promover e implementar
las
campañas y programas de salud pública,
el
Ayuntamiento formulará planes
de
trabajo, que cubran las necesidades con perspectiva
de
género
de
cada una
de
las
comunidades de este Municipio
en
relación con
los
siguientes temas ...
LIBRO SÉPTIMO
DE
LAS POLÍTICAS
DE
ADMINISTRATIVAS
DE
CARÁCTER MUNICIPAL.
TÍTULO PRIMERO
DE
LAS
GENERALIDADES.
CAPÍTULO
11
DEL DESARROLLO ECONÓMICO
ARTÍCULO
282.~
1 Diseñar
con
perspectiva
de
género políticas y programas de fomento a los sectores productivos
del Municipio. impulsando
su
modernización tecnológica y
con
estricto apego a
la
normatividad
ambiental;
11.
Crear las condiciones que fomenten
la
conservación y apertura de fuentes
de
empleo y de
capacitación
de
mano
de
obra
en
condiciones
de
igualdad
de
género,
en
coordinación con
el
servicio estatal de empleo. para que las empresas que
se
asienten
en
el
territorio municipal,
empleen preferentemente a los Fresnillenses;
LIBRO SÉPTIMO
DE
LAS POLÍTICAS
DE
ADMINISTRATIVAS
DE
CARÁCTER MUNICIPAL.
TÍTULO PRIMERO
DE
LAS GENERALIDADES.
CAPÍTULO IV
DE
LA
PLANEACIÓN MUNICIPAL.
ARTÍCULO 291
~El
Ayuntamiento elaborará su Plan
de
Desarrollo Municipal y los programas de trabajo
necesarios para
su
ejecución,
en
forma democrática y participativa,
de
conformidad con
lo
estipulado por
la
Ley Orgánica del Municipio.
Los programas y acciones que contenga
el
Plan
de
Desarrollo Municipal estarán en concordancia
con
los objetivos del Plan Estatal
de
Desarrollo. Entre los objetivos del Plan de Desarrollo Municipal se
promoverá
la
igualdad
de
las
mujeres y los hombres
al
interior del Municipio a fin de que ejerzan con
plenitud sus derechos por igual, así como
la
eliminación de
la
discriminación por motivos
de
género.
LIBRO DÉCIMO
DE
LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES.
TÍTULO SEGUNDO
DE
LA
SEGURIDAD PÚBLICA Y PROTECCIÓN CIUDADANA.
CAPÍTULO
l.
DE
LA
SEGURIDAD PÚBLICA MUNICIPAL Y PROTECCIÓN CIUDADANA.
ARTÍCULO
547.~
Los elementos de seguridad pública y protección ciudadana, independientemente de
las obligaciones que les impongan otros ordenamientos y
su
Reglamento interno,
en
forma enunciativa
más no limitativa, deberán:
l.
11.
111.
IV.
V
VI.
Vil.
VIII. Prestar
el
auxilio,
en
la
medida de
lo
posible, a quienes estén amenazados de
un
peligro
inminente
en
contra de
su
integridad física o
de
privación ilegal
de
la
libertad; y en su caso,
solicitar los servicios médicos
de
urgencia cuando dichas personas
se
encuentren lesionadas
o
en
estado
de
gravedad, así como dar aviso a sus familiares o conocidos
en
tal
circunstancia,
además
de
prevenir y atender, con base
en
las perspectivas
de
derechos humanos, género
y
no
discriminación, los casos de violencia contra las mujeres y hombres, así corno alentar
su
denuncia y proteger a quienes hayan sido víctimas
de
este delito;
=========:;:;·:~[:'fi;~~~~~~;·1~~~t~~~~~~~~~:~ifl~'======~~~~:::
4894
IX.
X.
XI.
XII.
XIII.
XIV.
PERIODICO OFICIAL No.
75
XV ... y
XVI. Cuidar
el
exacto cumplimiento de su Reglamento interno, cumplir con las obligaciones
consignadas en
el
presente Código Municipal Reglamentario, procurando todo lo necesario
para mantener
el
orden y la disciplina ante la ciudadanía.
LIBRO DÉCIMO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MUNICIPALES.
TÍTULO CUARTO. DE LAS FALTAS, INFRACCIONES Y SANCIONES.
CAPÍTULO VIl. DE LAS FALTAS
CONTRA
LA INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS Y LA
SEGURIDAD
DE SU PATRIMONIO.
AR 1 ÍCULO 5ti1.- Son faltas contra la integndad de las personas en su seguridad, tranquilidad, y
propiedades particulares, y se sancionarán con multa de tres a diez días de salario mínimo general
vigente en
el
Estado o arresto hasta por treinta y seis horas, las siguientes:
l.
11.
111.
IV.
V.
VI.
VIl.
VIII.
IX. Acosar con fines lascivos a una mujer, y
Maltratar o ensuciar los vehículos automotores o cualquier otro bien mueble
de
propiedad
privada.
LIBRO DÉCIMO DE LOS SERVICIOS
PÚBLICOS
MUNICIPALES.
TÍTULO CUARTO. DE LAS FALTAS, INFRACCIONES Y SANCIONES.
CAPÍTULO VIl. DE LAS FALTAS
CONTRA
LA INTEGRIDAD MORAL DEL INDIVIDUO.
ARTÍCULO 562.-
1.
11.
111.
IV.
V.
VI.
Faltar al respeto o consideración que se debe, a personas adultas mayores, mujeres, niños o
personas con discapacidad;
Maltratar a los hijos o pupilos en lugar público, y/o cometer actos de violencia contra
ascendientes, cónyuge o concubina, sin menoscabo de las sanciones establecidas en el
Código Penal del Estado para estos delitos.
LIBRO DÉCIMO SEGUNDO. DE LOS
ANUNCIOS
E IMAGEN URBANA.
TÍTULO PRIMERO. DE LAS GENERALIDADES.
CAPÍTULO
l.
DISPOSICIONES GENERALES.
ARTÍCULO 633.-
a)
b)
e)
d)
e)
f)
Garantizar que el contenido de los anuncios publicitarios esté libre de estereotipos que fomenten
discriminación o violencia;
,y
PCRIODICO
OFICIAL
No
75
En la Ciudad de Zacatecas, Capital del Estado del mismo nombre,
siendo las diez horas con treinta minutos del día dieciséis de Julio de
dos mil dieciséis, reunidos los
C.
C. Pedro de León Sánchez, Juan
Esquive\ !barra. Manuela Moreira Cardona, Carolina Yazmín Cárdenas
Juárez, en su carácter de Magistrado Presidente, Secretario de
Acuerdos, Coordinadora Administrativa y Secretaría Auxiliar,
respectivamente, todos del Tribunal de lo Contencioso Administrativo
del Estado y Municipios de Zacatecas, en las Instalaciones del
Tribunal cito en CaHejón
de
Luis Moya número 111, Zona Centro de la
Ciudad
de
Zacatecas, Zacatecas, con la finalidad
de
que quede
conformado y
se
tome la protesta de los integrantes del Comité de
Transparencia
de
este Tribunal, en términos de lo dispuesto por los
artículos
43
y
44
de
la Ley General
de
Transparencia y Acceso a
la
Información Pública, así como los artículos
27
y 28
de
la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado
de
Zacatecas.
Previo al análisis de las disposiciones legales citadas, y en virtud del
propósito
que
se
persigue con su creación, los asistentes acuerdan
que el comité
de
referencia
quede
integrado
de
la siguiente manera:
> Licenciado Juan Esquive! lbarra: Presidente
!>
C.
P.
Manuela Moreira Cardona: Secretaria
Y.
Licenciada Carolina Yazmín Cárdenas Juárez: Vocal
4895
4896 PERIODICO OFICIAL No. 75
Acto
seguido
el
Licenciado
Pedro
de
León
Sánchez,
en
su
carácter
de
Magistrado
Presidente
del
Tribunal
de
lo
Contencioso
Administrativo
del
Estado
y
Municipios
de
Zacatecas,
procede
a
tomar
la
protesta
correspondiente,
en
los
siguientes
términos;
"Protestan
cumplir
y
hacer
cumplir
la
Ley
General
de Transparencia y
Acceso
a la Información
Pública y la
Ley
de Transparencia y
Acceso
a la
Información
Pública
del
Estado
de
Zacatecas. y las
disposiciones
que
emanen
de
las
mismas,";
los
integrantes
del
Comité
de
Transparencia
contestan:
"Si
protesto"; a lo
que
el
Magistrado
señala:
"Si
así
no lo hicieren
que
el
Tribunal,
los
usuarios
y la
sociedad
en
general
se
los demanden''.
Con
lo
que
se
da
por
cerrada
la
presente
Acta
a
las
once
horas
de!
día
dieciséis
de
Julio
de
dos
mil
dieciséis,
misma
que
firman
los
que
en
ella
intervinieron
y
quisieron
hacerlo.
EXPÍDASE
LOS
CORRESPON?:IE
:rE
PUBLIQUESE
LA
PRESENTE
EN
ÓRGANO
DEL
GOBIERNO
DEL
E
TADO
D
"SUFRAGIO
EFECTIV
.
NOMBRAMIENTOS
Y
PERIÓDICO
OFICIAL,
ZACATECAS
EELECCIÓN"
PERIODICO OFICIAl No
75
LIC.
JUAN
ESQUIVEL
IBARRA
c.::··-1ii:il2':~:·
PRESIDENTE
DELJ~tlMÍ"r'é-i)E
TRANSPARENCIA
Y
SECRETARIO
DE
ACUERDOS
DEL
TRIBUNAL
1
C.P.
MANU~L
,
MORE
IRA
CARDONA
SECRETARIA
AUXILIAR
DEL
COMITÉ
DE
TRANSPARENCIA
Y
COORDINADORA
ADMINISTRATIVA
DEL
TRIBUNAL
-
···-
-
¿:-.-----
~
'
..
..---e
/
~ ~-
~
LIC.
CAROLINA
YAZMÍN
CA'ROENAS
JUÁREZ
VOCAL
DEL
COMITÉ
DE
TRANSPARENCIA
Y
SECRETARIA
AUXILIAR
DEL
TRIBUNAL.
4897
4898 PERIOOICO OFICIAL No. 75
EXPOSICIÓN
DE
MOTIVOS:
ANTE
LA
PREOCUPACIÓN
PLANTEADA
DE
LOS
PADRES
DE
FAMILIA
POR
EL
PESO
DE
LAS
MOCI!ILAS
DE
SUS
HIJOS.
Y
EN
COORDINACIÓN
CON
LA
QUE
SUSCRIBE
LIC.
JUANA
MARÍA
HERNÁNDEZ
PÉREZ
PRESIDENTA
DE
LA
COMISIÓN
DE
SALUD
Y
ASISTENCIA
SOCIAL
DEL
AYUNTAMIENTO
DE
FRESNILLO
ZACATECAS
SE
LLEGÓ
A
LA
CONCLUSIÓN
DE
TOMAR
LAS
ACCIONES
NECESARIAS,
POR
LO
QUE
HABIENDO
AGOTADO
REUNIONES
PREVIAS,
EN
FECHA
07
DE
OCTUBRE
DE
2015,
SE
LLEVO
A
CABO
EL
FORO
DENOMINADO
"MOCHILAS
CON
SOBREPESO"
ORGANIZADO
POR
DICHA
COMISIÓN
Y
ASISTIDO
POR
LA
SEDUZAC
EN
LAS
INSTALACIONES
DEL
EX
TEMPLO
DE
LA
CONCEPCIÓN,
CONTANDO
EN
SU
CONVOCATORIA
CON
LA
PARTICIPACIÓN
Y
REPRESENTACIÓN
DE
AUTORIDADES
EDUCATIVAS,
EN
ELÁM!3ITO
FEDERAL
Y
ESTATAL,
ASOCIACIONES
DE
PADRES
DE
FAMILIA,
ESTUDIANTES,
MÉDICOS,
ORGANIZACIONES
CIVILES
Y
AUTORIDADES
MUNICIPALES,
DONDE
SE
HICIERON
PRESENTES
PROPUESTAS
DE
ACCIONES
TENDIENTES A
GARANTIZAR
LA
SALUD
DE
LA
INFANCIA
EN
EL
MUNICIPIO,
Y
DEL
CUAL
DAN
ORIGEN
A
LA
PRESENTE
INICIATIVA
DE
ADICIÓN
Y
MODIFICACIÓN
AL
CÓDIGO
MUNICIPAL
REGLAMENTARIO
CON
FUNDAMENTO
EN:
1.-
QUE
EL
MUNICIPIO
DE
FRESNILLO
ESTADO
DE
ZACATECAS,
ES
UNA
ENTIDAD
DE
CARÁCTER
PÚBLICO,
DOTADA
DE
PERSONALIDAD
JURÍDICA
Y
PATRIMONIO
PROPIOS,
AUTÓNOMA
EN
SU
RÉGIMEN
INTERIOR.
CON
LIBERTAD
PARA
ADMINISTRAR
SU
HACIENDA
Y (O
GESTIÓN
MUNICIPAL
CONFORME
LO
ESTABLECIDO
POR
EL
ARTÍCULO
115
DE
LA
CONSTITUCIÓN
POLÍTICA
DE
LOS
ESTADOS
UNIDOS
MEXICANOS,
117 y 118
DE
LA
CONSTITUCIÓN
POLÍTICA
DEL
ESTADO
LIBRE
Y
S0!3ERANO
DE
ZACATECAS.
Il.-
QUE
DE
ACUERDO
A
LOS
ARTÍCULOS
23, 24 Y
26
DEL
CÓDIGO
MUNICIPAL
REGLAMENTARIO
DE
FRESNILLO,
SU
ÓRGANO
DE
GOBIERNO
ESTÁ
CONSTITUIDO
POR
UN
CUERPO
COLEGIADO
DENOMINADO
H.
AYUNTAMIENTO
CONSTITUCIONAL
DEL
MUNICIPIO
DE
FRESNILLO,
ZACATECAS.
PERIODICO
OFICIAL.
No
75
m-
QUE
DE
CONFORMIDAD
CON
LOS
ARTÍCULOS 2 Y 27
DEL
CÓDIGO
MUNICIPAL
HEGLA!'v!ENTARIO
DE
FHESNILLO,
SON
ORDENANMIENTOS
DE
INTERÉS
PÚBLICO
Y
DE
OBSERVANCIA OBLIGATORIA
PARA
TODOS
LOS
CIUDADANOS
RESIDENTES
EN
FRESNILLO Y
LOS
QUE
SE
ENCUENTHEN DENTRO
DEL
TERRITORIO MUNICIPAL
EN
FORMA TRANSITORIA
ASÍ
MISMO,
EL
llEC:IIO
QUE
TIENE
COMO
FIN
EL
PROCURAR
EL
PROGRESO Y
EL
BIENESTAR
DE
SUS
HAG!TANTES,
ASÍ
COMO
PARTICIPAR
DE
MANERA INDIVIDUAL
Y/0
EN
COORDINACIÓN
PARA
ORGANIZAR E IMPLEMENTAR
PROGRAMAS
DE
SALUD,
EDUCACÍON
ENTRE OTROS.
IV.-
QUE
ES
FACULTAD
DE
LA
C.
JUANA
MARÍA
IIERNÁNDEZ PÉREZ
EN
SU
CALIDAD
DE
REGIDORA
DEL
H.
AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL
DE
FRESNILLO,
ZACATECAS,
PRESENTAR
LA
SIGUIENTE PROPUESTA
DE
MODIFICACIÓN Y
ADICIÓN
AL
CÓDIGO
MUNICIPAL REGLAMENTARIO,
CON
FUNDAMENTO
EN
EL
ARTÍCULO
26,
27, 66, Y
140
DEL
MISMO
ORDENAMIENTO,
EN
CONCORDANCIA
COMO
PRESIDENTA
DE
LA
COMISIÓN
DE
SALlJD Y ASISTENCIA SOCIAL
DE
CONFORMIDAD
CON
LO
DISPUESTO POR
LAS
DISPOSICIONES NORMATIVAS MUNICIPALES VIGENTES
PARA
GARANTIZAR Y PREVENIR
LA
SALUD
A
LOS
NIÑOS
DEL
NIVEL
BÁSICO
EDUCATIVO,
ES
DECIR, PREESCOLAR, PRIMARIA Y SECUNDARIA
EN
EL
MUNICIPIO
DE
FRESNILLO
ZACATECAS.
V.-
QUE
DE
ACUERDO
AL
ARTÍCULO 3
DE
LA
LEY
GENERAL
DE
LOS
DERECHOS
DE
NIÑAS,
NIÑOS Y ADOLESCENTES, PUBLICADA
EN
EL
DIARIO
OFICIAL
DE
LA
FEDERACIÓN
EL
04
DE
DICIEMBRE
DE
2014;
LA
FEDERACIÓN,
LAS
ENTIDADES
FEDERATIVAS,
LOS
MUNICIPIOS Y
LAS
DEMARCACIONES TERRITORIALES
DEL
DISTRITO FEDERAL,
EN
EL
ÁMBITO
DE
SUS
RESPECTIVAS COMPETENCIAS,
CONCURRIRÁN
EN
EL
CUMPLIMIENTO DEL OBJETO
DE
ESTA
LEY,
PARA
EL
DISEÑO,
EJECUCIÓN, SEGUIMIENTO Y
EVALUACIÓN
DE
POLÍTICAS
PÚBLICAS
EN
MATERIA
DE
EJERCICIO, RESPETO, PROTECCIÓN Y PROMOCIÓN
DE
LOS
DERECHOS
DE
NIÑAS,
NIÑOS Y ADOLESCENTES, ASÍ
COMO
PARA
GARANTIZAR
SU
MÁXIMO
BIENESTAR
POSIBLE PRIVILEGIANDO
SU
INTERÉS SUPERIOR A
TRAVÉS
DE
MEDIDAS
ESTRUCTURALES,
LEGALES,
ADMINISTRATIVAS Y PRESUPUESTALES
CONTRI!3UYENDO A
LA
FORMACIÓN FÍSICA, PSICOLÓGICA,
ECONÓMICA,
SOCIAL,
CULTURAL, AMBIENTAL Y
CÍVICA
DE
NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.
VI.-
ASI
MISMO ATENTIENDO A
LA
CONVENCIÓN SOBRE
LOS
DERECHOS
DEL
NIÑO,
ADOPTADA
EL
20
DE
NOVIEMBRE
DE
1989
Y RATIFICADA
POR
MÉXICO
EL
21
DE
OCTUBRE
DE
1990,
PUBLICADA
EN
EL
DIARIO OFICIAL
DE
LA
FEDERACIÓN
EL
25
DE
ENERO
DE
1991;
LA
LEY
DE
LOS
DERECHOS
DE
NIÑAS,
NIÑOS Y ADOLESCENTES
DEL
ESTADO
DE
ZACATECAS
VIGENTE A PARTlR
DEL
29
DE
SEPTIEMBRE
DEL
2015.
2
de
6
4899
4900 PERIODICO OFICIAL No. 75
VIL-
DE
IGUAL
FORMA
EN
FECHA
13
DE
OCTUBRE
DE
2015,
EL
PRESIDENTE
MUNIC:!PAL
DE
FRESNILLO
ZACATECAS
LIC.
G!LBERTO
EDUARDO
DÉVORA
IIERNÁNDEZ
FIRl\·IÓ
LA
CARTA
COMPROMISO
QUE
ADHIERE
AL
MUNICIPIO
EN
LA
INCIATIVA
10 POR
LA
INFANCIA
CREADO
POR
EL
FONDO
INTERNACIONAL
DE
EMERGENCIA
DE
LAS
NACIONES
UNIDAS
PARA
LA
INFANCIA
CONOCIDA
COMO
UNICEF POR
SUS
SIGLAS
EN
INGLES;
POR
LO
ANTERIOR
SE
PRESENTAN
LAS
SIGUIENTES:
> 8;
REFORMAS Y ADICIONES
AL
CÓDIGO MUNICIPAL
REGLAMENTERIO DE FRESNILLO
ZACA
TECAS
EN
LOS ARTÍCULOS:
>
18
FRACC.
Il (de obligaciones)
inciso"]']
y
> 561
DE
LO
CUAL
A
LA
FECHA
SEÑALAN
LO
SIGUIENTE:
ARTÍCULO
B:
Son fines
del
municipio,
proporcionar
en
forma
enunciativa
y no
limitativa
los
siguientes:
l.
La
tranquilidad
y
seguridad
a
las
personas,
incluyendo
sus
bienes
dentro
de
su
territorio;
Il.
Garantizar
la
moral
y el
orden
públicos,
teniendo
como
funciones
especiales
la
de
vigilancia,
defensa
social,
prevención
de
los
delitos
e
infracciones
y faltas
al
presente
Bando
y
Reglamentos
vigentes
aplicables;
lll.
Prestar
y
resguardar
los
servicios
públicos
municipales,
a fin
de
satisfacer
las
necesidades
individuales
y colectivas
de
la
población;
IV.
Fomentar
los
valores
cívicos,
culturales
y
deportivos
para
acrecentar
la
identidad
municipal
entre
sus
habitantes,
así
como
rescatar
y
conservar
nuestro
patrimonio
histórico;
V.
Impulsar
la
preservación
de
la ecología y la
conservación
del
medio
ambiente;
VI.
Promover
en
forma
ordenada
el
crecimiento
y
desarrollo
urbano,
a fin
de
garantizar
la
prestación
de
los
servicios
municipales;
VII.
Alentar
y
organizar
la
participación
ciudadana
para
cumplir
con
planes
y
programas
municipales,
a
través
de
la
consulta
pública
y la
promoción
de
la
autogestión;
VIII.
Impulsar
la
integración
familiar, a
través
del
Sistema
Municipal
de
Desarrollo
Integral
de
la familia, en
el
ámbito
de
su
competencia;
IX.
Fomentar
la
salud
e
higiene
públicas;
3d~
6
Pr::RIODICO OFICIAL
No
75
X.
FomentJ.r
I:J
inversión
pública
y pr·ívada
con
la
creación
de
la
pcqueila
y la
mediana
indLrstria,
impulsando
con
ello
la
generación
de
nuevos
empleos;
XI.
Proveer
los
medíos
p;na
la
aplicación
de
la
justicia
en
el n1ar·co
de
su
competcncra;
XII.
Todos
los
demás
que
selíalen
las
leyes
y
Reglamentos
Federales,
Estatales
y
Municipales;
Se
propone
adicionar
el
párrafo
décimo
tercero
(XIII)
en
favor
de
considerar
como
prioridad
del
municipio
las
garantías
y
derechos
infantiles
quedando
de
la
siguiente
manera:
ARTÍCULO
8:
Son fines
del
municipio,
propor·cionar
en
forma
enunciativa
y no
limitativa
los
siguientes:
l.
1!.
lli.
IV.
V.
VI.
VII.
VIII.
IX.
X.
XI.
XII.
XIII.
Garantizar
la
protección,
promoción
y
ejecución
de
los
derechos
de
los
niños,
niñas
y
adolescentes
en
el
municipio,
en
correlación
con
las
legislaciones
federales
y
estatales
vigentes.
ARTÍCULO
18:
Sin
perjuicio
de
lo
dispuesto
por
otros
ordenamientos
legales,
quienes
integran
la
población
del
municipio
de
Fresnillo,
tienen
los
siguientes
derechos
y
obligaciones:
11.-
Obligaciones:
a)
b)
e)
d)
e)
f)
g)
h) 4
de
6
4901
4902 PERIODICO OFICIAL
No.
75
i)
j)
Enviar
a
sus
hijos
o a q Ldenes
se
encuet1lren
bajo
su
patria
pote~tac\
o
tutela,
a
los
centros
de
ensei1anza
incorporados
a la
Secretaria
de
Educación
Pública
para
que
reciban
la
insu·ucción
pre-escolar,
primaria
y
secundaria;
así
como
proporciona
des
atenciones
de
salud;
y
k)
Se
propone
modificar
y
adicionar
el
inciso
j)
del
párrafo
segundo
correspondiente
a
las
obligaciones
para
quedar
de
la
siguiente
manera:
1!.-
Obligaciones:
a)
b)
e)
el)
e)
f)
g)
h)
i)
j)
Enviar
a
sus
hijos
o a
quienes
se
encuentren
bajo
su
patt·ia
potestad
o
tutela,
a
los
centros
de
ensei1anza
incorporados
a
la
Secretaria
de
Educación
Pública
para
que
reciban
la
instrucción
pre-escolar,
primaria
y
secundaria;
así
como
proporcionarles
atenciones
siempre
priorizando
su
salud
en
lo
físico,
psicológico,
emocional,
social
y
demás
acordes
a
su
menoría
de
edad;
y
k)
ARTÍCULO
561:
Son
faltas
contra
la
integridad
de
las
personas
en
su
seguridad,
tranquilidad
y
propiedades
particulares
y
se
sancionarán
con
multa
de
tres
a
diez
días
de
salario
mínimo
general
vigente
en
el
estado
o
arresto
hasta
por
treinta
y
seis
horas,
las
siguientes:
l.
Provocar
a
un
perro
o
cualquier
otro
animal
para
que
ataque
a
otra
persona;
11.
Causar
molestias
por
cualquier
medio,
que
impida
el
legítimo
uso
o
disfrute
de
un
inmueble;
III.
Dejar
el
encargado
de
la
guarda
o
custodia
de
un
enfermo
mental
que
este
ambule
libremente
en
lugar
público;
5
de
6
PERIODICO
OFICIAL
No 75
IV
Arrojar·
contra
una
persona
líquidos,
polvos
u
otras
sustancias
que
puedan
mojarb,
ensrtciada,
mancharla
o
causarle
malestar;
V.
TudJar
la
tranquilidad
de
las
personas
con
gritos,
música
o
ntidos,
aun
cuando
éstos
los
pr·ovoquen
animales
domésticos,
de
13
pertenencia
o
bajo
el
cuidado
de
quién
debiendo
impedirlo
no
lo l1aga;
VI. Hacer·
bromas
indecorosas
o
mortificaciones,
o
en
cualquier
ott·a
forma,
moleste
3
und
persona
mediante
el
uso
del
teléfono;
VIL
Dir·igir·se a
una
persona
con
frases
o
ademanes
groseros
que
afecten
su
pudor,
asediarlo
o
impedirle
su
libertad
de
acción
en
cualquier·
forma;
V[[!.
Maltratar·
o
ensuciar
los
vehículos
automotor·es
o
cualquier
otro
bien
mueble
de
propiedad
¡xivada.
Se
propone
agregar
la
palabra
salud
al
contenido
del
artículo
561,
así
como
adicionar
la
fracción
IX
para
quedar
de
la
siguiente
manera:
ARTÍCULO
561:
Son faltas
contra
la
integridad
de
las
personas
en
su
salud.
seguridad,
tranquilidad
y
propiedades
particulares
y
se
sancionarán
con
multa
de
tres
a
diez
días
de
salario
mínimo
general
vigente
en
el
estado
o
arresto
hasta
por
treinta
y
seis
horas,
las
sigui
en
tes:
l.
1!.
Ill.
IV.
V.
VI.
VIL
VIII.
IX.
Permitir
que
los
menores
de
edad
carguen
sus
mochilas
con
exceso
de
peso
entendiéndose
éste
como
tal,
cuando
el
contenido
del
material
que
exista
al
interior
de
la
mochila
sea
mayor
al
diez
por
ciento
del
peso
corporal
del
menor.
ATENTAMENTE
"SUFRAGIO EFECTIVO,
NO
REELECCIÓN"
FRESNILLO, ZACATECAS; A
22
DE
AGOSTO
DE
2016
LIC.
JUANA
MARÍA
HERNÁNDEZ PÉREZ
REGIDORA 6
de
6
4903

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