Código Fiscal de la Federación. VI-TASR-XXIX-31

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
no obstante que se aluda al hecho de ser una resolución recaída a un recurso favora-
ble al particular, ya que la procedencia respecto de las resoluciones de recurso se
encuentra condicionada a que resuelvan respecto de las materias previstas en las
fracciones apuntadas del artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de
Recurso de Reclamación Núm. 1392/08-08-01-9.- Resuelto por la Sala Regional del
Centro I del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 18 de noviembre
de 2008, por unanimidad de votos.- Magistrado Instructor: Mario de la Huerta Porti-
llo.- Secretaria: Lic. María Concepción Aguilar Aréchiga.
VI-TASR-XXIX-31
REVISIÓN DE GABINETE. FALTA DE FUNDAMENTACIÓN DEL RE-
QUERIMIENTO DE INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN, CUANDO
NO SE CITA EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 48 DEL CÓDIGO
FISCAL DE LA FEDERACIÓN (REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 5 DE ENERO DE 2004).- De conformi-
dad con lo sustentado por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación en la jurisprudencia que lleva la voz: “REVISIÓN DE ESCRITORIO O GA-
TERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FE-
DERACIÓN DE 5 DE ENERO DE 2004, NO FACULTA A LAS AUTORIDADES
FISCALES PARA REQUERIR DOCUMENTACIÓN O INFORMACIÓN RELATI-
VA A LAS CUENTAS BANCARIAS DEL CONTRIBUYENTE.”, el artículo 48 del
Código Fiscal de la Federación no permitía a las autoridades fiscales solicitar direc-
tamente al contribuyente la información relacionada con sus cuentas bancarias, dado
que dicha información no se encuentra contemplada en el diverso 28 como parte de
la definición del concepto de contabilidad que el propio ordenamiento sustenta, y

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