Código Fiscal de la Federación. VIII-P-2aS-765

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SEGUNDA SECCIÓN
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Revista Núm. 3, Marzo 2022 515
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-2aS-765
RECURSO DE REVOCACIÓN.- SU AMPLIACIÓN SOLO
PROCEDE SI EL PARTICULAR NIEGA CONOCER EL
ACTO.- LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DE LA REFOR-
MA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERA-
CIÓN EL 09 DE DICIEMBRE DE 2013.- La Segunda Sala
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver
el amparo directo en revisión 2425/2015, en la ejecutoria
del doce de agosto de dos mil quince, determinó que la
derogación del artículo 129 del Código Fiscal de la Fede-
ración no eliminó la posibilidad de ampliar el recurso de
revocación si el particular maniesta desconocer el acto
recurrido. En este contexto no es el desconocimiento de
las constancias de noticación lo que genera la fase de
ampliación, sino la circunstancia de que el particular haya
planteado desconocer el acto recurrido. Dicho de otra for-
ma, no procede la ampliación en el supuesto de que el
recurrente conozca la resolución impugnada; pero, ma-
nieste que no le fue noticado o que le fue ilegalmente
entregado. Por consiguiente, si el recurrente exhibe las
constancias de noticación, al interponer el recurso de
revocación y maniesta que el acto fue ilegalmente no-
ticado, entonces, no procede dicha ampliación, ya que,
en ese caso, puede cuestionar las constancias desde la in-
terposición del medio de defensa. Lo anterior se corrobora
con lo expuesto por la Segunda Sala de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación al resolver infundada, en la eje-

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