Código Fiscal de la Federación. VIII-CASR-1OR-5

Páginas450-455
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
CRITERIO AISLADO 450
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-CASR-1OR-5
DEVOLUCIÓN. INFORMACIÓN NO PROPORCIONADA
POR LOS PROVEEDORES, NO ES RESPONSABILIDAD
DEL CONTRIBUYENTE.- El artículo 22 del Código Fiscal
de la Federación dispone que las autoridades scales de-
volverán las cantidades pagadas indebidamente y las que
procedan conforme a las leyes scales, siendo que el con-
tenido de tal precepto legal se viola, cuando la autoridad
niega la devolución solicitada por el gobernado limitándose
a manifestar en la resolución de mérito, que en relación a
las operaciones realizadas con determinados proveedores,
no contaba con la información y documentación requerida
a dichos terceros, por lo que se encontraba imposibilitada
para vericar la procedencia de la devolución y vericar la
veracidad de las operaciones relativas, siendo que al so-
licitar información a terceros la autoridad está obligada a
seguir el procedimiento de devolución previsto en los nu-
merales 22 y 22-D del Código Fiscal de la Federación, y de
no hacerlo se le deja en estado de indefensión al gobernado
al no poder tener acceso a una devolución que pudiera ser
procedente, únicamente porque la autoridad no contó con la
información que requirió a unos terceros, siendo que tal in-
formación corre bajo la responsabilidad de la autoridad scal
y no del contribuyente, y si en el caso la autoridad considera
que no cuenta con dicha información debe esperar a que la
misma sea proporcionada por los terceros o en su caso pro-
ceder de conformidad con los artículos antes precisados, y
no limitarse a negar la devolución solicitada.

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