Código Fiscal de la Federación. VIII-CASR-GO-11

Páginas342-343
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
CRITERIO AISLADO 342
SALA REGIONAL DEL GOLFO
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-CASR-GO-11
ÚLTIMA ACTA PARCIAL. REQUISITO DE CIRCUNSTAN-
CIACIÓN CUANDO EXISTE OFICIO DE HECHOS U OMI-
SIONES PREVIO.- Conforme a lo establecido en el artículo
42, fracción III, antepenúltimo párrafo, del Código Fiscal de
la Federación, vigente a partir de 2016, cuando las autorida-
des scales ejerzan las atribuciones previstas en dicha frac-
ción, y detecten hechos u omisiones que puedan entrañar
un incumplimiento en el pago de contribuciones, deberán
informar de ello al contribuyente, a su representante legal,
y en el caso de las personas morales a sus órganos de
dirección por conducto de aquel, en un plazo de al menos
10 días hábiles previos al levantamiento de la última acta
parcial. En ese contexto, la última acta parcial cumple con el
requisito de circunstanciación si en ella se hace constar tan-
to la entrega como la transcripción del ocio emitido en el
domicilio de la autoridad exactora, que contiene los hechos
u omisiones a que se reere el antepenúltimo párrafo, del
artículo 42 del ordenamiento mencionado, porque se consi-
dera que el interesado queda debidamente enterado sobre
las circunstancias que implicaron el incumplimiento de sus
obligaciones scales, ya que el ocio respectivo forma parte
del procedimiento de visita domiciliaria, y cumple su objeti-
vo al dar a conocer en presencia del interesado las decien-
cias observadas durante el procedimiento de scalización.

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