Código Fiscal de la Federación. VIII-P-2aS-22

Páginas305-307
PRECEDENTE 305
REVISTA NÚM. 6, ENERO 2017
de 4 votos a favor y 1 voto en contra.- Magistrado Ponente:
Víctor Martín Orduña Muñoz.- Secretaria: Lic. Maribel Cer-
vantes Lara.
(Tesis aprobada en sesión de 17 de mayo de 2016)
R.T.F.J.A. Octava Época. Año I. No. 2. Septiembre 2016. p. 574
REITERACIÓN QUE SE PUBLICA:
VIII-P-2aS-21
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 18794/15-17-14-
9/825/16-S2-08-04.- Resuelto por la Segunda Sección de la
Sala Superior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa,
en sesión de 4 de octubre de 2016, por unanimidad de 4 votos
a favor.- Magistrado Ponente: Víctor Martín Orduña Muñoz.-
Secretario: Lic. Juan Manuel Ángel Sánchez.
(Tesis aprobada en sesión de 4 de octubre de 2016)
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VIII-P-2aS-22
VISITA DOMICILIARIA. IDENTIFICACIÓN DE LOS VISITA-
DORES AL INICIO DE LA MISMA.- El artículo 44, fracción
III, del Código Fiscal de la Federación, establece que al ini-
ciarse la visita en el domicilio scal los visitadores se deben
identicar ante la persona con quien se entienda la diligencia,
sin embargo, debe aceptarse la realización de ciertos actos
preparatorios previos a esa identicación, como lo es el reque-
rimiento de la presencia del destinatario de la orden, pues es
ante él que se deben identicar y no ante cualquier persona.

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