Código Fiscal de la Federación. VII-CASE-ECE-3

Páginas408-409
Revista del tRibunal FedeRal de Justicia administRativa
criterio aislado 408
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
VII-CASE-ECE-3
LIBERACIÓN DE MERCANCÍAS DE COMERCIO EXTE-
RIOR. EL OFICIO QUE LA NIEGA CONSTITUYE UNA
RESOLUCIÓN DEFINITIVA, IMPUGNABLE MEDIANTE
EL RECURSO DE REVOCACIÓN.- El artículo 117, frac-
ción I, inciso c), del Código Fiscal de la Federación dis-
pone que el recurso de revocación procede en contra de
resoluciones denitivas dictadas por autoridades adua-
neras. En ese contexto, la denitividad de las resolucio-
nes aduaneras ha de entenderse como producto nal de
la manifestación de la autoridad administrativa, es decir,
como última resolución dictada para poner n a un proce-
dimiento o como una manifestación que por su naturaleza
no requiere de procedimientos que le antecedan para po-
der reejar la decisión nal de las autoridades aduaneras.
Así las cosas, el acto administrativo emitido por la Aduana
que niega la liberación de mercancías de comercio exte-
rior no es una simple respuesta a una solicitud de la parte
interesada, sino una resolución de carácter denitivo por
generar agravios a la esfera jurídica de la solicitante, pues
a través de la misma se materializa la voluntad nal de
la autoridad de negar la petición correspondiente, la cual,
además, pone n a la instancia administrativa promovida
con la intención de recuperar la mercancía retenida.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 352/15-ECE-01-5.-
Resuelto por la Tercera Sala Especializada en Materia de
Comercio Exterior del Tribunal Federal de Justicia Adminis-

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