Código Fiscal de la Federación. IX-P-2aS-203

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SEGUNDA SECCIÓN
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134Tribunal Federal de Justicia Administrativa
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
IX-P-2aS-203
REGLA 2.12.3 DE LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL
PARA 2017. NO PREVÉ QUE PARA VERIFICAR LA INTE-
GRIDAD DE LAS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS
DEBA ATENDERSE AL CONTENIDO DE LA FRACCIÓN V,
DEL ARTÍCULO 17-G DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERA-
CIÓN.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos
17-D, 17-I y 38 del Código Fiscal de la Federación, en el
caso de las resoluciones administrativas que consten
en documentos impresos, el funcionario competente po-
drá expresar su voluntad para emitirlas plasmando en el
documento impreso un sello expresado en caracteres,
generado mediante el uso de su rma electrónica avanzada
que deberá estar amparada por un certicado vigente a la
fecha de la resolución. En relación con lo anterior, la Regla
2.12.3 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2017, esta-
blece dos opciones para que los contribuyentes puedan
comprobar la integridad y autoría de los actos adminis-
trativos que consten en documentos impresos o digitales
rmados con la e.rma o sello digital de los funcionarios
competentes. Ahora bien, la fracción V, del artículo 17-G
del citado Código Fiscal de la Federación señala que los
certicados que emita el Servicio de Administración Tri-
butaria para ser considerados válidos deberán contener
la vigencia del certicado, especicando el día de inicio
de su vigencia y la fecha de su terminación; sin embar-
go, para los efectos de los citados artículos 17-I y 38 del

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