Código fiscal de la Federación. IX-P-SS-128

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Revista Núm. 12, Diciembre 2022 19
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CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
IX-P-SS-128
COMPROBANTES FISCALES DIGITALES POR INTER-
NET. EL COMPLEMENTO SOLO DEBE EXPEDIRSE SI LA
CONTRAPRESTACIÓN ES PAGADA EN UNA SOLA EXHI-
BICIÓN DESPUÉS DEL MES EN QUE FUE EXPEDIDO EL
COMPROBANTE. NORMATIVA VIGENTE EN 2019.- De la
interpretación sistemática del artículo 29-A, fracción VII,
incisos a) y b), del Código Fiscal de la Federación con
las reglas 2.7.1.35 y 2.7.1.44 de la Resolución Miscelánea
Fiscal desprendemos los supuestos siguientes: 1) Pagos
en una sola exhibición: 1.1.) Cuando la contraprestación
es pagada totalmente al expedirse el comprobante; 1.2)
Para la prestación de servicios personales cada pago es
una sola exhibición y no una parcialidad y 1.3) Cuando la
contraprestación es pagada en una sola exhibición en el
mes en el cual fue expedido el comprobante y 2) Pagos
en parcialidades: 2.1) Pago en parcialidades en sentido es-
tricto y 2.2) Cuando la contraprestación es pagada en una
sola exhibición después del mes en que fue expedido el
comprobante (pago diferido). Es decir, únicamente debe
expedirse un comprobante de recepción de pagos (com-
plemento) si el pago es diferido, ya que la regla 2.7.1.44
dispone que podrán aplicarse las reglas para los pagos
en una sola exhibición si la contraprestación es extingui-

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