Código Fiscal de la Federación. IX-P-2aS-88

Páginas282-285
SEGUNDA SECCIÓN
Precedente
282Tribunal Federal de Justicia Administrativa
SEGUNDA SECCIÓN
CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
IX-P-2aS-88
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.- LAS
ADMINISTRACIONES LOCALES DE AUDITORÍA FISCAL
SOLO CAMBIARON DE NOMBRE AL DE ADMINISTRA-
CIONES DESCONCENTRADAS.- En virtud de la entrada
en vigor del Reglamento Interior del Servicio de Admi-
nistración Tributaria, publicado en el Diario Ocial de la Fe-
deración, el veinticuatro de agosto de dos mil quince,
vigente a partir del veintidós de noviembre siguiente, se
advierte claramente que no hubo cambio o sustitución
de las Administraciones Locales por las Administraciones
Desconcentradas, sino solo de nombre o denominación.
Por tal motivo, la autoridad no debe fundamentar su com-
petencia en el Artículo Tercero Transitorio de ese Regla-
mento; máxime que la fundamentación de la competencia
debe examinarse a partir de las porciones normativas ci-
tadas y no en función de cuáles debieron invocarse. En
adición, si “una disposición transitoria es aquella dirigida
a una cuestión especíca que coadyuvara a la ecacia de
la norma materia de la reforma y que, por tanto implica
un supuesto precisamente provisional que no necesaria-
mente debe prolongarse en el tiempo”, entonces, no es
necesario que se cite el Artículo Tercero Transitorio para
entender el cambio de denominación, ya que desde su
publicación cumplió con el objeto para el cual fue emiti-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR