Código de Ética de los Servidores Públicos del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo

EstadoQuintana Roo
MunicipioBenito Juárez
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CODIGO DE ETICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DEL
MUNICIPIO DE BENITO JUAREZ, QUINTANA ROO
El Honorable Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, con fundamento en los
artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 133, 145, 146, 160 y
demás relativos de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo; 65, 66
fracción I inciso c) y demás aplicables de la Ley de los Municipios del Estado de Quintana Roo; 47 y
demás aplicables de la ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos; 1º, 2º, 5º fracción I, 6º
fracción I y demás relativos y aplicables del Bando de Gobierno y Policía del Municipio de Benito
Juárez, Quintana Roo; 1º, 2º, 5º, 6º, 26, 27, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 45, 46, 49 y demás relativos y
aplicables del Reglamento del Gobierno Interior del Ayuntamiento del Municipio de Benito Juárez,
Quintana Roo; y, -------------------------------------------------------------------------------------------------------------
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------------------------------------------------------ CONSIDERANDO ----------------------------------------------------
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Que con el propósito de dar cumplimiento a una de las observaciones señaladas por la Auditoria
Superior de la Federación, desde el año 2007, con respecto a generar y determinar acciones que
mejoren las prácticas de gobierno, sobre todo en aquellos servidores públicos responsables de la
operación de los recursos de los fondos federales, se plantea en esta oportunidad la aprobación de
un Código de Ética para los Servidores Públicos del Municipio Juárez, Quintana Roo, mismo que
serviría como un instrumento inductor de las conductas que deben observarse en el desempeño de
la gestión pública; -----------------------------------------------------------------------------------------------------------
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Que asimismo, en reiteradas oportunidades, la comunidad en general ha demandado el cambio de
actitudes de los servidores públicos municipales, a través de su formación y profesionalización, así
como en la promoción de un comportamiento fundamentalmente ético, orientado a desempeñar los
empleos, cargos o comisiones con estricto apego a los principios de legalidad, honradez, lealtad,
imparcialidad y eficiencia que previenen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, y sus Leyes reglamentarias;
Que en ese contexto, la conformación e institucionalización de un Código de Ética, resulta ser un
instrumento ideal para fortalecer el marco jurídico referencial de actuación de los Servidores
Públicos Municipales; ------------------------------------------------------------------------------------------------------
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Que indudablemente, mediante un Código de Ética, se puede coadyuvar en la construcción y
consolidación de una forma de ser orientada fundamentalmente a:
- Servir al ciudadano con eficiencia e integridad;
- Alcanzar los objetivos y metas con profesionalismo, y con el compromiso de cumplir las tareas
que se hayan encomendado, a través de los órganos de gobierno responsables de la
administración y ejercicio de los recursos públicos y de la prestación de los servicios;
- Garantizar la correcta planeación, gestión y ejecución de los recursos federales, estatales o
municipales; y la correspondiente comprobación y difusión de su aplicación a la ciudadanía
beneficiada;
- Garantizar que los servidores públicos asuman el correcto ejercicio de sus funciones, aceptando
las responsabilidades y consecuencias que esto conlleva, en base a un sistema legal vigente; y,
- Otorgar dignidad a los servidores públicos promoviendo en ellos un sentido de pertenencia,
responsabilidad, utilidad y lealtad Institucional.
Que la ética es una exigencia que se hace más significativa mientras mayor es la complejidad de
las necesidades sociales. Si la ética se encuentra inserta en toda actividad de gobierno, no puede
ser considerada como un valor agregado sino como un valor integral en el desempeño de la
Administración Pública, de ahí que un servidor público con ética, se comportará dentro y fuera de
las entidades de la administración pública, demostrando siempre un alto grado de probidad y
civilidad, haciéndose responsable de sus actos, y sin privilegios por el desempeño de su cargo; -----
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Que sin embargo, con el proyecto que hoy se somete a consideración, apenas se da un primer
paso, en cuanto a los alcances reales de un Código de Ética, ya que este puede ser un
instrumento normativo que fundado en las Leyes, los objetivos de la Administración Pública y las

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