Código de Ética y Conducta del Municipio de El Marqués, Qro.

Pág. 12202 PERIÓDICO OFICIAL 7 de julio de 2017
GOBIERNO MUNICIPAL
H. AYUNTAMIENTO DE EL MARQUÉS
2015-2018
C. MARIO CALZADA MERCADO, PRESIDENTE MUNICIPAL CONSTITUCIONAL DE EL MARQUÉS, QRO.,
HACE SABER A SUS HABITANTES, QUE CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 115, DE LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 30, FRACCIÓN I, 146, 147, 148, 149,
DE LA LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE QUERÉTARO; 63, DEL REGLAMENTO INTERIOR
DEL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE EL MARQUES; Y
CONSIDERANDO:
1.- Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos los Municipios están dotados de autonomía, poseen personalidad jurídica, patrimonio propio y los
ayuntamientos se encuentran facultados para aprobar las disposiciones administrativas de carácter general que
regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su competencia.
2.- El artículo 115 fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos otorga a los
Ayuntamientos la facultad de aprobar de acuerdo con las leyes en materia municipal que deberán expedir las
legislaturas de los Estados, los bandos de policía y gobierno, los reglamentos, circulares y disposiciones
administrativas de observancia general dentro de sus respectivas jurisdicciones, que organicen la
administración pública municipal, regulen las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos de su
competencia y aseguren la participación ciudadana y vecinal.
3.- Los artículos 2, 30 fracción I, y 146 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, facultan al
Ayuntamiento para organizar la administración pública municipal, contar con autoridades propias, funciones
específicas y libre administración de su hacienda. Ejercer sus atribuciones del ámbito de su competencia de
manera exclusiva, y no existirá autoridad intermedia entre éste y el Gobierno del Estado. Además, dentro de los
límites de su territorio tiene la potestad para normar las materias, procedimientos, funciones y servicios públicos
de su competencia, así como para establecer las autoridades y sus órganos de gobierno de conformidad con el
orden constitucional.
Así mismo, el ayuntamiento de El Marqués, Qro., es competente para aprobar los bandos de policía y gobierno,
reglamentos, circulares y disposiciones administrativas de observancia general dentro de su respectiva
jurisdicción, que organice la administración pública municipal, que regulen las materias, procedimientos,
funciones y servicios públicos de su competencia y que aseguren la participación ciudadana y vecinal.
Además, el Ayuntamiento está facultado para organizar su funcionamiento y estructura, así como regulación
sustantiva y adjetiva de las materias de su competencia, a través de instrumentos normativos que contengan
disposiciones administrativas de observancia general y obligatoria en el municipio.
del Estado de Querétaro, todo servidor público tiene la obligación de salvaguardar la legalidad, honradez,
lealtad, imparcialidad y eficiencia en su actuar, independientemente de las obligaciones específicas que
correspondan al empleo, cargo o comisión, sin perjuicio de sus derechos y deberes laborales.
7 de julio de 2017 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 12203
Además de lo anterior tiene la obligación de mostrar buena conducta en su empleo, cargo o comisión, tratando
con respeto, diligencia, imparcialidad y rectitud a las personas con que tenga relación con motivo de éste.
5.- Así mismo de conformidad al Plan Municipal de Desarrollo El Marqués 2015-2018, los servidores públicos
del Municipio, contarán con un alto desempeño y estarán plenamente comprometidos con la ciudadanía
marquesina.
Trabajarán en equipo con transparencia, honradez, apertura, pluralidad, productividad y desarrollo humano
integral de los trabajadores. Serán capaces de resolver problemas con la participación de la ciudadanía.
Prestarán servicios municipales de manera accesible, cordial y oportuna. Mantendrán una relación constructiva
con los gobiernos federal, estatal y municipal, con la sociedad civil organizada, así como con instituciones y
organizaciones nacionales e internacionales.
Generarán progreso de manera ordenada, con planes y programas que tengan por objeto el desarrollo integral
sustentable del Municipio, creando entornos adecuados para el desarrollo armónico de sus habitantes y
mejorando las condiciones de vida de sus habitantes, salvaguardando siempre el bienestar social.
Además de que ejercerán los valores de Disciplina, Lealtad, Respeto, Orden, Espíritu de Servicio, Unidad,
Austeridad, Equidad, Responsabilidad, Honestidad e Integridad.
6.- Que mediante oficio número CMP/0059/2017, de fecha 13 de marzo de 2017, suscrito por la Lic. Yadira
Azucena Córdova Salinas, Contralora Municipal, remite el Código de Ética y Conducta del Municipio de El
Marqués, Qro., dirigido a la Lic. Linda Luz Luna Rangel, Secretaria Particular, misma que remite similar
PM/SP/0266/2017, de fecha 03 de abril de 2017, a la Secretaría de Ayuntamiento, para su análisis respectivo
ante la Comisión de Gobernación municipal.
7.- Mediante oficio SAY/950/2017-2018, de fecha 03 de Mayo de 2017, se turna el Código de Ética y Conducta
del Municipio de El Marqués, Qro., a la Dirección Jurídica, con la finalidad de que emita su opinión jurídica al
respecto.
8.- Mediante oficio DJU/1692/2015-2018, de fecha 12 de mayo de 2017, el Lic. Carlos Alberto Vega Malagón,
otrora Director Jurídico, emite sus recomendaciones mismas que fueron debidamente consideradas.
9.- Por lo que éste H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., requiere sumar esfuerzos para la implementación de
un Código de Ética y Conducta del Municipio de El Marqués, Qro., que tenga por objeto establecer un conjunto
de principios y obligaciones éticas aplicables a los servidores públicos del Municipio, mismas que serán de
observancia general, enunciativas y no limitativas para los servidores públicos, cualquiera que sea su nivel
jerárquico o especialidad, sin perjuicio de lo establecido en otras normas o disposiciones que regulen el
desempeño de los servidores públicos.
Que por lo anteriormente expuesto, se aprobó por parte del Pleno del H. Ayuntamiento de El Marqués, Qro., en
Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 07 de Junio del 2017, el siguiente:

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