Codigo de Conducta de la Universidad Tecnologica de la Laguna Durango

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA LAGUNA DURANGO

TEXTO ORIGINAL.

Código publicado en el Periódico Oficial del Estado de Durango, el martes 29 de septiembre de 2020.

ACUERDO POR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA LAGUNA DURANGO

DR. ALFREDO VILLALOBOS JÁUREGUI, RECTOR DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA LAGUNA DURANGO, con fundamento en el artículo 17 del Decreto de Creación de La Universidad Tecnológica de La Laguna Durango, publicado en el en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango el 17 de diciembre de 2009 y el artículo 16 del Reglamento Interior de La Universidad Tecnológica de La Laguna Durango; así como, artículo 25 del Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango y el numeral tercero, segundo párrafo inciso "b" del Acuerdo por el que se expiden "Los lineamientos Generales para propiciar la integridad de los servidores públicos y para implementar acciones permanentes que favorezcan su comportamiento ético, a través de los comités de ética y de prevención de conflictos de interés" publicados en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 55 el 09 de julio de 2017, tengo a bien expedir el siguiente:

CÓDIGO DE CONDUCTA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA LAGUNA DURANGO INTRODUCCIÓN (SIC)

Tomando en consideración El Acuerdo por el que se expide el Código de Ética para los Servidores Públicos del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango No. 81, el 10 de Octubre de 2019, es preciso mencionar que el presente Código de Conducta es un referente en la Administración Pública Estatal, por lo que se pretende proporcionar orientación, de cómo cumplir con las obligaciones y compromisos siempre enfocados al bienestar de la sociedad duranguense.

Además, el presente Código fue propuesto y contiene pautas de conducta específicas de acuerdo a las facultades de la Universidad en diversas materias como lo son: planeación y administración de recursos humanos, ética, integridad, transparencia, acceso a la información, rendición de cuentas y combate a la corrupción, así como simplificación administrativa

Capítulo I
Disposiciones Generales

a. Objetivo, misión y visión.

Objetivo:

Establecer parámetros de actuación ante determinadas situaciones, aplicando los principios, valores y reglas de integridad que rigen nuestro actuar cotidiano, garantizando en todo momento el principio de Legalidad que impera en la Administración Pública Estatal y el respeto a los derechos humanos de la sociedad.

Misión:

Consolidar un gobierno que promueve la ética, honestidad, legalidad, eficacia, transparencia y rendición de cuentas.

Visión:

Que se perciba a la Universidad Tecnológica de La Laguna Durango, como una dependencia confiable, innovadora y que genera servicios de calidad.

b. Glosario

Además de las definiciones previstas en el Código de Ética de las personas servidoras públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango, para efectos de este Código de Conducta se entenderá por:

Código de Ética: El Código de Ética de las Personas Servidoras Públicas del Poder Ejecutivo del Estado de Durango.

Código de Conducta: El Código de Conducta de la Universidad Tecnológica de La Laguna Durango.

Comité: El Comité de Ética y Prevención de Conflictos de Intereses de la Universidad Tecnológica de La Laguna Durango.

Integrante o personal de la Universidad: Las servidoras y los servidores públicos que forman parte de la Universidad Tecnológica de La Laguna Durango, incluyendo a las y los titulares de los Órganos Internos de Control en las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal, así como a los titulares de las áreas que los integren.

Universidad: Universidad Tecnológica de La Laguna Durango.

c. Ámbito de aplicación y obligatoriedad.

Lo establecido en este Código es de observancia general para todas las personas que ocupen un empleo, cargo o comisión dentro de la Universidad.

Por lo tanto, cualquier persona que labore en la Universidad y que conozca de posibles faltas al Código de Ética y/o Conducta, podrá presentar denuncia ante el Comité.

d. Carta Compromiso.

Todo el personal que labore o preste servicios en esta Universidad, suscribirá una carta compromiso en la que manifieste que conoce el contenido del presente Código de Conducta, que se compromete a cumplirlo y respetarlo, y de la cual hará entrega al Comité de Ética.

Capítulo II

Principios, valores y reglas de integridad

En la Universidad, todo el personal que labore o preste sus servicios profesionales, observará:

- Los principios de competencia por mérito, disciplina, economía, eficacia, eficiencia, equidad, honradez, imparcialidad, integridad, lealtad, legalidad, objetividad, profesionalismo, rendición de cuentas y transparencia.

- Los valores de cooperación, entorno cultural y ecológico, equidad de género, igualdad y no discriminación, interés público, liderazgo, respeto, y respeto a los derechos humanos.

- Las reglas de integridad de actuación pública, administración de bienes muebles e inmuebles, control interno, comportamiento digno, cooperación con la integridad, desempeño permanente con integridad, información pública, programas gubernamentales, recursos humanos, trámites y servicios.

Los cuales son enunciados y definidos en el Código de Ética, así como en los Lineamientos para la emisión del Código de Ética a que se refiere el artículo 16 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Capítulo III

Conductas especificas a observar por el personal de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR