Codigo de Conducta para las y los Servidores Publicos de la Consejeria Juridica del Poder Ejecutivo del Estado de Colima

CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE COLIMATEXTO ORIGINAL.Código publicado en el Suplemento Número 3 del Periódico Oficial del Estado de Colima, el sábado 2 de diciembre de 2023.ACUERDOPOR EL QUE SE EXPIDE EL CÓDIGO DE CONDUCTA PARA LAS Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE COLIMA.FENA ELIZABETH CRUZ ÁVALOS, Directora General de Control y Gestión Jurídica de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Colima, actuando de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17, numeral 1, fracción XIV, con relación al artículo 37 numerales 1, 2 y 3 del Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Colima; con fundamento en los artículos 1, 2 y 10 fracción II del Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Colima; artículos 1, 4 fracción IV y 40 de Lineamientos Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Administración Pública Estatal, en relación con lo que dispone la Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal; yCONSIDERANDOPRIMERO. Que, con fecha 25 de junio del año 2022, se publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", el Acuerdo por el que se expide el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Colima, a efecto de establecer la directriz institucional a través del establecimiento de principios, valores, reglas de integridad y conductas éticas que deberán de observar las personas servidoras públicas que integran la Administración Pública Estatal a efecto de que puedan conducir su actuar con un sentido ético y responsable. Por lo cual, dicho código de ética viene a constituir un mecanismo de prevención de faltas administrativas y hechos de corrupción, pues motiva a que en las personas servidoras públicas "impere una conducta digna que responda a las necesidades de la sociedad y que oriente su desempeño" (1).(1). Artículo 16, primer párrafo, de la Ley General de Responsabilidades.SEGUNDO. Que, con fecha 31 de diciembre de 2022, se publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", el Acuerdo por el que se expiden los Lineamientos Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Administración Pública Estatal, a fin de establecer la integración, organización y funcionamiento de los Comités de Ética y Prevención de Conflictos de Interés en las dependencias de la Administración Pública Estatal con la finalidad de generar una mayor ética y conciencia moral en el ejercicio del cargo público.TERCERO. Que, con fecha 02 de septiembre de 2023, se publicó en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", la Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, con la finalidad de orientar a las Dependencias de la Administración Pública Estatal en la elaboración y actualización de los Códigos de Conducta, estableciendo el contenido y criterios mínimos para lograr dicho fin.En esta tesitura, de conformidad con lo establecido por los artículos 1, 2 y 10 fracción II del Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Colima, artículos 1, 4 fracción IV y 40 de los Lineamientos Generales para la Integración y Funcionamiento de los Comités de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Administración Pública Estatal en relación con lo que dispone la Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, instrumentos todos, donde se instituye la obligación de las dependencias de la Administración Pública Estatal, a través de sus Comités de Ética, de elaborar o actualizar sus Códigos de Conducta.CUARTO. Que, con fecha 31 de octubre de 2023, se llevó a cabo la Sesión Ordinaria Número 3 del Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado, en la cual se presentó y aprobó por unanimidad por parte de las personas integrantes del mencionado Comité, el Proyecto de Código de Conducta de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado en los términos que se presenta en este Acuerdo.QUINTO. Que, mediante oficio SDE/DS/1263/2023, la persona Titular de Desarrollo Económico y Autoridad de Mejora Regulatoria del Gobierno del Estado de Colima se resuelve como procedente la solicitud de Exención del Análisis de Impacto Regulatorio ex ante emitiendo dictamen final con carácter de procedente respecto del Código de Conducta de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado, por no implicar costo de cumplimiento para los particulares de conformidad con los criterios establecidos en el artículo 75 de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Colima y sus Municipios.SEXTO. Que, el Plan Estatal de Desarrollo 2021-2027, atiende en el programa sectorial el Eje 5 Gobierno Honesto y Transparente, en el que se inserta la generación de un nuevo modelo de gobierno donde la honestidad, la transparencia, la rendición de cuentas y la austeridad sean clave para el combate a la corrupción, estableciendo mecanismos de control que prevengan posibles actos de corrupción y donde la ética y la integridad sean la guía en el actuar de las personas servidoras públicas. En atención a ello, el presente Código de Conducta contribuye al cumplimiento de los objetivos del Programa Sectorial mencionado, así como al propósito de prevenir las faltas administrativas y los hechos de corrupción.SÉPTIMO. Que, una vez concluidos los procedimientos establecidos en la Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, el Comité de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado; ha puesto a mi consideración el Código de Conducta de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente:ACUERDOÚNICO. Se expide el Código de Conducta para las y los Servidores Públicos de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Colima.CONTENIDOPRESENTACIÓNCARTA INVITACIÓNCAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES1. OBJETIVO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA2. MISIÓN Y VISIÓN DE LA CONSEJERÍA JURÍDICA DEL PODER EJECUTIVO3. ÁMBITO DE APLICACIÓN Y OBLIGATORIEDAD, PRINCIPIOS, VALORES Y REGLAS DE INTEGRIDAD4. MARCO CONCEPTUAL5. CARTA COMPROMISOCAPÍTULO II. DE LOS RIESGOS ÉTICOSCAPÍTULO III. CONDUCTAS DE LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS1. APLICACIÓN DE LA NORMATIVIDAD EN EL EJERCICIO DEL CARGO PÚBLICO2. RESPETO A LOS DERECHOS HUMANOS Y COMPORTAMIENTO DIGNO3. ADMINISTRACIÓN CORRECTA DE LOS RECURSOS HUMANOS, MATERIALES, INFORMÁTICOS Y FINANCIEROS QUE ESTÉN BAJO MI RESPONSABILIDAD4. TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA5. CERO TOLERANCIA A LAS CONDUCTAS DE ACOSO SEXUAL, HOSTIGAMIENTO SEXUAL, ASÍ COMO A TODA FORMA DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES O CUALQUIER OTRO ACTO QUE ATENTE CONTRA LA DIGNIDAD E INTEGRIDAD DE LAS PERSONAS6. PREVENCIÓN DE LA ACTUACIÓN BAJO CONFLICTO DE INTERÉS Y DE LA CORRUPCIÓN EN EL EJERCICIO DEL CARGO PÚBLICO7. CONDUCIRSE CON RECTITUD, SIN UTILIZAR SU EMPLEO, CARGO O COMISIÓN PARA OBTENER O PRETENDER OBTENER ALGÚN BENEFICIO, PROVECHO O VENTAJA PERSONAL O A FAVOR DE TERCERAS PERONAS (SIC)8. SATISFACER EL INTERÉS SUPERIOR DE LAS NECESIDADES COLECTIVAS POR ENCIMA DE INTERESES PARTICULARES, PERSONALES O AJENOS AL INTERÉS GENERAL Y BIENESTAR DE LA POBLACIÓNCAPÍTULO IV. DE LA INTEGRACIÓN DEL CÓMITE DE ÉTICA DE LA CJPECAPÍTULO V. MECANISMO DE DENUNCIAS POR INCUMPLIMIENTO AL CÓDIGO DE CONDUCTACAPÍTULO VI. INSTANCIA DE ASESORÍA, CONSULTA E INTERPRETACIÓNPRESENTACIÓNDe conformidad con el Acuerdo por el que se expide el Código de Ética de la Administración Pública del Estado de Colima, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima" el día 25 de junio de 2022, las personas servidoras públicas regirán su actuar conforme a los principios, los valores y las reglas de integridad para el ejercicio de la función gubernamental que el personal de la Administración Pública del Estado debe observar en el ejercicio de su cargo.Aunado a lo anterior, la Guía para la Elaboración y Actualización del Código de Conducta en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Estatal, publicada en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", el día 02 de septiembre de 2023, establece en su transitorio tercero que, dentro de los 90 días naturales de la entrada en vigor de dicho instrumento, las dependencias y entidades, a través de sus Comités de Ética, deberán elaborar o actualizar sus Códigos de Conducta.En esa tesitura, el presente Código de Conducta esboza la directriz institucional de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado, mediante...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR