Codigo de Conducta de los Servidores Publicos de Servicios de Agua y Drenaje de Monterrey, I.p.d., Nuevo Leon



[N. DE E. PARA CONSULTAR LOS DECRETOS DE ACTUALIZACIONES AL "DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACIÓN PARA LA REGIÓN FRONTERIZA Y LA FRANJA FRONTERIZA NORTE", SE SUGIERE DESPLEGAR LOS ARCHIVOS ANEXOS (ACROBAT READER) UBICADOS EN LA CRONOLOGÍA DEL PRESENTE ORDENAMIENTO.]

DECRETO POR EL QUE SE ESTABLECE EL IMPUESTO GENERAL DE IMPORTACIÓN PARA LA REGIÓN FRONTERIZA Y LA FRANJA FRONTERIZA NORTE

TEXTO ORIGINAL.

Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación, el miércoles 24 de diciembre de 2008.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 131 de la propia Constitución; 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 4o., fracción I, de la Ley de Comercio Exterior, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 establece dentro de los objetivos nacionales, contar con una economía competitiva que ofrezca bienes y servicios a precios accesibles mediante el aumento de la productividad, la competencia económica, el fortalecimiento del mercado interno y la creación de condiciones favorables para el desarrollo de las empresas, así como alcanzar un crecimiento económico sostenido más acelerado y generar empleos formales;

Que a través de los decretos por los que se establece el esquema arancelario de transición al régimen comercial general del país para el comercio, restaurantes, hoteles y ciertos servicios, ubicados en la franja fronteriza norte del país, así como en la región fronteriza, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 1993, y sus modificaciones, se implementó un esquema arancelario de transición al régimen comercial general del país, que permitió establecer condiciones de largo plazo para el desarrollo de actividades comerciales y de servicios, mediante reglas claras y transparentes que facilitaron las operaciones de comercio exterior en la franja fronteriza norte y la región fronteriza, cuya vigencia concluyó el 31 de diciembre de 2002;

Que para mantener el desarrollo de las actividades comerciales y de servicios en la franja fronteriza norte y la región fronteriza, se estimó necesario revisar el esquema de desgravación arancelario con el objeto de dar continuidad al impulso de la competitividad económica, para lo cual se realizaron diversas consultas con las dependencias de la Administración Pública Federal competentes en la materia y con el sector comercial y de servicios de dichas regiones, por lo que el 31 diciembre de 2002 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la Región Fronteriza y la Franja Fronteriza Norte", con vigencia al 31 de diciembre de 2008;

Que la política de facilitación comercial implantada por el Ejecutivo Federal a mi cargo se basa en los principios de transparencia, certidumbre jurídica, equidad, imparcialidad y uniformidad en la administración del marco normativo vigente, mejora regulatoria y simplificación operativa;

Que la dinámica de los cambios que enfrenta el comercio exterior de nuestro país, particularmente derivado de los eventos recientes de la economía mundial, hacen necesario que el Ejecutivo Federal haga uso de sus atribuciones constitucionales para adoptar de inmediato acciones que permitan afrontar en mejores condiciones dichos cambios;

Que ante tal circunstancia, resulta indispensable adecuar la política arancelaria con el fin de generar condiciones favorables que permitan a las empresas fortalecer su competitividad y reconvertirse para responder a las tendencias del mercado, al tiempo que alienten la inversión y la preservación de la planta productiva y el empleo;

Que para ofrecer una mayor certidumbre a los agentes del comercio y a los servicios fronterizos, se estima necesario continuar con el proceso de convergencia de la franja fronteriza norte y la región fronteriza al esquema general del país;

Que para facilitar la supervisión y operación de las importaciones a la franja fronteriza norte y a la región fronteriza, es conveniente integrar en un solo esquema las fracciones arancelarias a las que se aplicarán los beneficios señalados;

Que la implementación de estas políticas contribuye al proceso de desarrollo institucional de México, lo que permitirá transitar a un marco regulatorio más eficiente que reduzca los costos de transacción y responda mejor a las expectativas de las empresas y de los ciudadanos;

Que para lograr un esquema que beneficie la actividad económica de las mencionadas regiones y a sus habitantes, se establecieron canales de comunicación y consulta directa entre...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR